El Supremo condena a Arganda por inhibirse en la reparaci¨®n de un edificio
El Ayuntamiento debe abonar a los vecinos el coste de las obras
El Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Arganda del Rey a pagar a unos vecinos de la calle de Juan XXIII los 71.141 euros que gastaron en reparar los da?os en la estructura de su edificio, causados por una bodega en mal estado. Vecinos y Ayuntamiento reclamaron en 1989 que la propietaria de la bodega arreglara los desperfectos, pero ¨¦sta no hizo caso. Los vecinos exigieron entonces al Consistorio que acometiera las obras por ejecuci¨®n sustitutoria, pero ¨¦ste tampoco lo hizo.
El Supremo obliga al Ayuntamiento a pagar tambi¨¦n los intereses de los 71.141 euros, acumulados desde 1991. 'Siempre supimos que ten¨ªamos raz¨®n y, al final, los jueces nos la han dado', afirma una de las vecinas afectadas. En total, los propietarios de las cinco viviendas que hay en el edificio han estado 13 a?os enfrentados en los tribunales con el Ayuntamiento, que en este periodo ha estado en manos de todos los partidos pol¨ªticos: IU hasta 1995, PP entre ese a?o y 1999 y el PSOE e IU desde las ¨²ltimas elecciones municipales. En la actualidad, el alcalde es el socialista Pedro D¨ªez Olaz¨¢bal.
Este caso se remonta a principios de 1989. Los vecinos del edificio, construido hace unos 30 a?os, empezaron a preocuparse por las grietas que aparec¨ªan en los cimientos del bloque, sito en el n¨²mero 18 de la calle de Juan XXIII. Las grietas estaban causadas por una bodega en mal estado de conservaci¨®n que hay debajo del edificio.
El 14 de junio de 1989, los vecinos reclamaron la presencia de un notario para que levantara acta de las grietas en las paredes y en algunos pilares que sufr¨ªa. El notario tambi¨¦n accedi¨® a la bodega, donde comprob¨® el mal estado de su b¨®veda, sobre la que se sustenta el edificio.
Dos semanas despu¨¦s, el Ayuntamiento orden¨® a la propietaria de la bodega que acometiera las obras de mantenimiento necesarias. Pero ¨¦sta no hizo caso, el edificio sigui¨® deterior¨¢ndose y, un a?o despu¨¦s, aparecieron m¨¢s grietas. En la segunda mitad de 1990, se lleg¨® a hundir incluso un trozo de la acera que hay enfrente del edificio.
Cansados de esperar
Los vecinos decidieron no esperar m¨¢s. Cre¨ªan que el Ayuntamiento estaba obligado a hacer las obras por ejecuci¨®n sustitutoria si no las realizaba la propietaria de la bodega. Por ello, contrataron a una empresa para que hiciera las obras, con la intenci¨®n de reclamar despu¨¦s su coste al municipio. La ejecuci¨®n sustitutoria es una f¨®rmula jur¨ªdica que obliga a un Ayuntamiento a emprender obras de manteniemiento cuando no las hace el propietario que deber¨ªa hacerlas y, a la vez, el deterioro de la construci¨®n supone un riesgo para las personas. El Ayuntamiento deber¨¢ exigir posteriormente el coste de la obra al particular.
Rellenar la bodega de arena y reparar la b¨®veda cost¨® a los vecinos 67.261 euros y arreglar la acera otros 3.880 euros. Las obras fueron llevadas a cabo en enero y febrero de 1991 y, una vez terminadas y pagadas, los vecinos mandaron la factura al Ayuntamiento de Arganda para que les devolviera el dinero.
Pero la comisi¨®n de gobierno del Ayuntamiento de Arganda acord¨® el 30 de agosto de 1991 no hacerse cargo del coste de las obras. El Consistorio segu¨ªa insistiendo que deb¨ªa ser la propietaria de la bodega la que abonara la factura.
Los vecinos decidieron llevar el caso a los tribunales y, el 8 de noviembre de 1991, presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia. Pero este tribunal rechaz¨® el recurso, al considerar que hab¨ªa sido presentado fuera de plazo. Los vecinos elevaron la demanda al Tribunal Supremo, que ahora les ha dado la raz¨®n.
El tribunal considera que 'el Ayuntamiento tiene el deber de requerir al propietario para que ejecute las obras' cuando ¨¦stas ponen en riesgo la estructura de un edificio. 'En caso de que el particular no cumpla su obligaci¨®n, el Ayuntamiento llevar¨¢ a cabo las obras' y luego 'exigir¨¢ su pago al propietario', seg¨²n la sentencia. 'En el caso enjuiciado, el Ayuntamiento no cumpli¨® estos deberes, pese a haber transcurrido m¨¢s de un a?o del requerimiento a la propietaria para que emprendiera las obras', concluye el fallo. Por ello, el Supremo considera que el Ayuntamiento 'es responsable de los da?os causados' y le condena a pagar el coste de las obras.
Trece a?os de pleito
El fallo del Tribunal Supremo pone fin a un largo litigio de 13 a?os. La sentencia, en la que ha actuado como ponente el magistrado Jes¨²s Ernesto Peces Morate, corrige otra dictada en mayo de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia. El Supremo ha estimado ahora el recurso presentado por la comunidad de propietarios de la calle de Juan XXIII de Arganda del Rey -contra-riamente a lo que hizo el Tribunal Superior, que lo rechaz¨® porque fue cursado fuera de plazo- al entender que los vecinos incurrieron en ese error por una comunicaci¨®n del Ayuntamiento en la que ¨¦ste usaba 'una cl¨¢usula ambigua generadora de confusi¨®n'. Peces apela a otra sentencia del Supremo para sostener que no se puede rechazar el recurso presentado por los vecinos 'por un defecto formal que hubiera podido ser subsanado de hab¨¦rseles requerido oportunamente'. Y argumenta que la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial se?ala que 's¨®lo pueden desestimarse las pretensiones por motivos formales cuando el defecto fuese insubsanable'.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Sobre la firma
Archivado En
- Tribunal Supremo
- Rehabilitaci¨®n vivienda
- Atenci¨®n ciudadano
- Arganda del Rey
- Ayuntamientos
- Tr¨¢mites administraci¨®n
- Provincia Madrid
- Conservaci¨®n vivienda
- Administraci¨®n local
- Tribunales
- Vivienda
- Poder judicial
- Comunidad de Madrid
- Administraci¨®n Estado
- Espa?a
- Administraci¨®n p¨²blica
- Proceso judicial
- Urbanismo
- Justicia