No es una asignatura m¨¢s
Con frecuencia se dice que la presencia de la asignatura de Religi¨®n en las escuelas no es m¨¢s que una consecuencia del derecho que tienen los padres de educar a sus hijos en las creencias que deseen. Pero de este principio no se deriva la introducci¨®n de la asignatura de Religi¨®n en el curr¨ªculo docente, como no se deriva del derecho a la libertad de expresi¨®n que todo ciudadano que lo desee tenga asegurada una columna en un peri¨®dico o un espacio en la radio o en la televisi¨®n. Impedir u obstaculizar la formaci¨®n religiosa o el culto en una determinada religi¨®n, como limitar la libertad de expresi¨®n, es otra cosa, por desgracia bien conocida en Estados no democr¨¢ticos. Y con el est¨ªmulo o la complacencia, adem¨¢s, de la religi¨®n oficial en los casos de reg¨ªmenes confesionales. EE UU es un ejemplo de radical separaci¨®n entre escuela p¨²blica y formaci¨®n religiosa, y no creo que nadie ponga en cuesti¨®n que se trata de un Estado que respeta las creencias religiosas y la libertad de expresi¨®n de sus ciudadanos.
Otro argumento frecuente es el papel central que las religiones han jugado en la historia pol¨ªtica, social y art¨ªstica, y que siguen jugando en muchos conflictos de hoy. Examinar este papel es lo que deber¨ªa inspirar la nueva asignatura de Cultura, Religi¨®n y Sociedad, pero no como una alternativa a la religi¨®n, sino para todos los alumnos, sean cuales sean sus creencias. Pocas cosas ser¨ªan hoy m¨¢s formativas que una visi¨®n objetiva y racional del fen¨®meno religioso, pero a veces olvidamos que lo que se est¨¢ discutiendo es otra cosa: una asignatura confesional, Doctrina y Moral Cat¨®lica, y que s¨®lo para justificar ¨¦sta se aluda a aqu¨¦lla. Cuando en un Estado confesional se incluye la catequesis como asignatura obligatoria, la Iglesia no suele reclamar una historia de las religiones ni cualquier otra visi¨®n cr¨ªtica y objetiva del fen¨®meno religioso. Pero cuando esta situaci¨®n ya no es sostenible, al organizarse la sociedad sobre principios de neutralidad religiosa, la Iglesia hace lo posible por conservar los privilegios propios de la confesionalidad. En el caso de Espa?a, ha conseguido preservar una asignatura cuyos contenidos y profesores est¨¢n bajo su control, aunque no puede ser ya obligatoria para todos. Y ante la eventualidad de que no asistir a esta clase sea considerado como algo ventajoso o atractivo, se exige castigar a quienes no la elijan oblig¨¢ndoles a cursar otra. Y si la religi¨®n es evaluable y su calificaci¨®n cuenta, lo mismo debe ocurrir con la asignatura alternativa; no porque considere la Iglesia que es de gran importancia pedag¨®gica, sino para hacerla tan dif¨ªcil como la asignatura confesional. Sin duda merece la pena debatir sobre la conveniencia de que todos los alumnos estudien el hecho religioso, pero no es ¨¦sa la preocupaci¨®n de los obispos, sino la de dificultar la elecci¨®n de quienes no quieran asistir a la clase de religi¨®n.
Por lo dem¨¢s, dif¨ªcilmente podr¨ªa ser esta asignatura como las otras. En ¨¦stas, los contenidos que se consideran b¨¢sicos est¨¢n fijados por las autoridades educativas, previa discusi¨®n en los ¨®rganos competentes. Y los profesores son seleccionados por procedimientos que garantizan la publicidad y el contraste de m¨¦ritos entre los concurrentes, disponiendo de libertad para enfocar sus ense?anzas como crean oportuno. Nada de esto ocurre en la asignatura de Religi¨®n, cuyos contenidos escapan al control ministerial y cuyos profesores son designados por los obispos, aunque pagados con cargo al erario p¨²blico. A?adan los atropellos cometidos contra profesores que han sido expulsados por conductas perfectamente aceptables en democracia e irrelevantes en su desempe?o profesional; algo impensable para el resto de los docentes.
Tambi¨¦n se reivindica el hecho de que religi¨®n y democracia no son incompatibles. Desde luego, no lo son, como tampoco son incompatibles religi¨®n y dictadura, lo que demuestra que la educaci¨®n religiosa y la educaci¨®n en valores democr¨¢ticos y de ¨¦tica civil no son intercambiables. Puede discutirse gen¨¦ricamente sobre la relaci¨®n entre religi¨®n y democracia, pero el hecho es que los reg¨ªmenes m¨¢s democr¨¢ticos son aquellos en los que hay una clara separaci¨®n entre Iglesia y Estado, mientras que son incontables los ejemplos de Estados confesionales dictatoriales. Algo de esto sabemos en nuestro pa¨ªs.
La ¨²nica soluci¨®n razonable es, por tanto, que la formaci¨®n confesional est¨¦ fuera del curr¨ªculo y del horario escolar y a cargo de profesores escogidos y pagados por las autoridades eclesi¨¢sticas. Y si este tipo de ense?anza se imparte en centros p¨²blicos, entonces habr¨ªa que asegurarse de que sus contenidos no son incompatibles con los principios democr¨¢ticos que informan nuestra organizaci¨®n social.
Finalmente, hay en este asunto una vertiente suplementaria, ajena al debate pedag¨®gico, que son los acuerdos de Espa?a con la Santa Sede. Y es que, llegados a cierto punto en la discusi¨®n, ¨¦sta se zanja aduciendo a la existencia de un tratado internacional de obligado cumplimiento por encima de cualquier argumento educativo. Aunque parezca mentira, una parte de lo que nuestros ni?os y j¨®venes deben aprender se ha pactado con otro Estado, dejando contenidos y profesores a su arbitrio o al de quienes act¨²an como sus delegados. Algo por completo impensable en otras parcelas de la educaci¨®n, lo que demuestra que no nos encontramos ante un debate libre sobre opciones pedag¨®gicas. Ser¨ªa, en consecuencia, imprescindible modificar el Concordato para evitar situaciones como la presente.
Cayetano L¨®pez es catedr¨¢tico de F¨ªsica de la UAM.
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