La 'privatizaci¨®n' del Alarde esquiva la sentencia del Supremo contra la discriminaci¨®n
La sentencia del Tribunal Supremo que reconoce el derecho de las mujeres a desfilar como soldados en el Alarde de Hondarribia (Guip¨²zcoa) en igualdad de condiciones que los hombres no va a poder aplicarse porque la resoluci¨®n del alto tribunal hace referencia a una situaci¨®n de hace seis a?os y no tiene en cuenta que la organizaci¨®n de esta conflictiva fiesta ha pasado desde entonces del Ayuntamiento a ciudadanos particulares.
El Supremo desestima el recursos presentado en 1998 por el Ayuntamiento contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV), que admiti¨® una reclamaci¨®n de los defensores del Alarde mixto en contra de una decisi¨®n de la corporaci¨®n de Hondarribia (gobernado por mayor¨ªa absoluta por el PNV) en contra de la participaci¨®n de las mujeres en la fiesta.
El fallo del Supremo sostiene que la prohibici¨®n a las mujeres constituye una discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo y confirma que el poder p¨²blico ha de promover la igualdad. Sin embargo, en la actualidad, el Alarde est¨¢ privatizado y lo organiza un grupo de particulares sin vinculaci¨®n con el Ayuntamiento. Una sentencia reciente del TSJPV ya desestim¨® un recurso de los partidarios del Alarde mixto, que consideraban que el festejo de 2001 conculc¨® el derecho de igualdad.
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