El TSJC autoriza en contra de la Generalitat la construcci¨®n de una valla en la B-30
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha autorizado la construcci¨®n de una valla protectora para los peatones en la Ronda de Dalt a su paso por Esplugues de Llobregat (Baix Llobregat) que el Ayuntamiento hab¨ªa solicitado a la Generalitat. La Direcci¨®n General de Carreteras hab¨ªa denegado el permiso alegando que la valla pod¨ªa 'crear peligro a los viandantes debido a la proximidad de bancales y al tronco de la autopista B-30'.
En el fallo, el TSJC determina que, 'seg¨²n el estudio pericial, las obras del vallado de protecci¨®n, paralelo al acceso rodado de veh¨ªculos', impiden justamente que los que transitan por ese paso 'invadan la v¨ªa de acceso'. La sentencia de la Secci¨®n Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC concluye, por tanto, que la instalaci¨®n de las vallas 'no s¨®lo no supone un peligro para los viandantes sino una protecci¨®n especial para los mismos'.
El Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat pidi¨® en junio de 1996 a la Direcci¨®n General de Carreteras de la Generalitat una autorizaci¨®n para hacer obras con el objetivo de cerrar y proteger el acceso a la Ronda de Dalt desde la calle de Laurea de la poblaci¨®n. El proyecto hab¨ªa sido aprobado por el consistorio con un presupuesto de m¨¢s de 12.000 euros.
La Direcci¨®n General de Carreteras de Barcelona deneg¨® la solicitud en virtud de la Ley de Carreteras de Catalu?a. El Ayuntamiento recurri¨® contra la decisi¨®n ante el TSJC por entender que la Generalitat hab¨ªa actuado 'con arbitrariedad'.
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