Un juez minimiza que un hombre amenace con un hacha a su esposa
El acusado recibe una multa de 60 euros porque actu¨® por 'amor'
Un juez de Barcelona ha dictado una sentencia en la que impone una multa de 60 euros a un hombre que fue a buscar a su esposa al domicilio de una amiga y la amenaz¨® con matarla mientras bland¨ªa un hacha. La sentencia considera que esta actitud merece 'el m¨ªnimo reproche venial', ya que el hombre actu¨® 'por desavenencias de ¨ªndole amorosa' y 'como consecuencia de la ira u otro motivo reprobable'.
El origen de los hechos se remonta al 29 de febrero de 2000, cuando el acusado, Francisco Javier P¨¦rez Vallejo, discuti¨® con su esposa, que se neg¨® a perdonarlo. El hombre le respondi¨® con un manotazo en la cara que no le dej¨® lesi¨®n, explica la sentencia. La esposa se fue a vivir a casa de una amiga, en la localidad barcelonesa de Igualada. El marido acudi¨® all¨ª la ma?ana del 4 de marzo y tras abrir la puerta de su veh¨ªculo exhibi¨® un hacha hacia la ventana del piso donde se encontraba la mujer 'en actitud amenazante', informa la agencia Efe. Posteriormente, entr¨® en la casa con una ca?a con la que hab¨ªa dado golpes en la puerta y acab¨® reducido despu¨¦s de un forcejeo por un agente de la Guardia Urbana que observ¨® al hombre con el hacha.
Por estos hechos, el titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 3 de Barcelona, Francesc Abellanet, impone al acusado una multa de 90 euros por el manotazo, tipificado como una falta de malos tratos de obra, y otra multa de 60 euros por una falta de amenazas por la exhibici¨®n del hacha. Durante el juicio la fiscal¨ªa consider¨® que los hechos deb¨ªan ser considerados como varias faltas y reclam¨® penas de multa.
El juez dice textualmente en la sentencia: 'Merece el m¨ªnimo reproche venial la persona que por desavenencias de ¨ªndole amorosa se presenta en la casa donde se encuentra refugiada la persona con la que hab¨ªa mantenido una relaci¨®n sentimental y como consecuencia de la ira u otro motivo reprobable amenaza a su compa?era con un hacha dici¨¦ndole que la matar¨ªa'. Mar¨ªa Jos¨¦ Varela, abogada de numerosas mujeres maltratadas, asegur¨® ayer que esta consideraci¨®n del juez 'entra en profunda contradicci¨®n con la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de violencia contra las mujeres, as¨ª como con un pronunciamiento claro que hace unos meses realiz¨® el Consejo General del Poder Judicial'.
Principio acusatorio
La abogada record¨® que en el proceso penal rige el principio acusatorio y que un juez no puede condenar por delito unos hechos considerados falta por la ¨²nica acusaci¨®n personada en el caso, que era la fiscal¨ªa. 'Lo preocupante es que algunos jueces consideren que la violencia contra las mujeres ha de seguir teniendo escaso reproche penal y no sean conscientes del riesgo que entra?an estas conductas', a?adi¨® Varela.
El juez absuelve al acusado de un delito de amenazas supuestamente cometido el d¨ªa que le propin¨® un manotazo a la esposa, por considerar que no existe prueba y no valorar el testimonio de la mujer. Sin embargo, s¨ª condena por las amenazas proferidas el d¨ªa que exhibi¨® el hacha al tener en cuenta las declaraciones de la amiga de la mujer, 'que aparecen n¨ªtidas, lineales y rigurosas', y del polic¨ªa que le detuvo.
Mar¨ªa Jos¨¦ Varela afirm¨® que 'el problema de fondo' es que las amenazas con armas se consideran una falta en el C¨®digo Penal, en contra del criterio que sostienen los colectivos de mujeres y la asociaci¨®n progresista Jueces para la Democracia, que han reclamado su modificaci¨®n en diversas ocasiones.
Del mismo modo, el juez levanta al hombre la medida cautelar de alejamiento del domicilio familiar que hab¨ªa acordado durante la causa, 'dado que, seg¨²n manifiesta la propia esposa del acusado, ambos han reanudado la convivencia sin problema alguno'.
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