El patrocinio desgrava igual que la filantrop¨ªa
Pese a que suelen confundirse, hay una diferenciaci¨®n muy clara entre el mecenazgo y el patrocinio. Se considera mecenazgo a aquellas aportaciones de dinero, bienes o servicios que realiza una empresa o un particular de forma altruista. El patrocinio es una acci¨®n de comunicaci¨®n mediante la cual una empresa asocia su imagen de marca o sus productos a un fin, sea ¨¦ste cultural, cient¨ªfico o social. "La nueva ley, en cierta manera, equipara el patrocinio y el mecenazgo", se?ala el abogado Raimon Berg¨®s, para quien la satisfacci¨®n entre las fundaciones a la hora de valorar la nueva ley no impide que se mire con cierta preocupaci¨®n el hecho de que ¨¦sta favorezca por igual las donaciones que puedan realizar empresas a entidades filantr¨®picas y las actividades que realicen directamente las mismas empresas siempre que sean "de inter¨¦s general".
La ley establece una larga lista de fines de inter¨¦s general, entre otros, los de defensa de los derechos humanos, de las v¨ªctimas del terrorismo y actos violentos, los de asistencia social, c¨ªvicos, educativos, culturales, cient¨ªficos, deportivos, sanitarios, laborales, de cooperaci¨®n para el desarrollo, de defensa del medio ambiente, de investigaci¨®n cient¨ªfica o de defensa de los principios democr¨¢ticos. Los gastos que realicen las empresas para estos fines pueden ser deducibles, sin ning¨²n tipo de l¨ªmite, como gastos de la base imponible, es decir, desgravan igualmente el 35% del impuesto de sociedades.
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Tambi¨¦n se consideran deducibles las donaciones efectuadas por empresas para realizar actividades en el marco de un convenio de colaboraci¨®n en el que la entidad patrocinada se compromete a difundir la participaci¨®n del patrocinador. Es decir, que una empresa dona una determinada cantidad a una entidad a cambio de que ¨¦sta haga constar de alguna manera el patrocinio de la empresa. Esta especie de publicidad encubierta, muy utilizada por las empresas y que suele confundirse con el mecenazgo, no es estrictamente un contrato publicitario. ?ste no se contempla en la ley aunque s¨ª est¨¢ previsto que las entidades patrocinadas queden exentas de declarar el ingreso que hayan obtenido mediante el patrocinio publicitario, cosa que no pasaba con la anterior ley.
"En la pr¨¢ctica, el patrocinio con fines de marketing y el mecenazgo filantr¨®pico tienen la misma deducci¨®n, lo que no deja de ser un tanto contradictorio", a?ade Berg¨®s, para quien, sin embargo, la ley favorece que las peque?as y medianas empresas (pyme) realicen donaciones a fundaciones ya que la desgravaci¨®n que obtienen es mayor en un 5% de la que tendr¨ªan si realizan ellas mismas la actividad. Esto se explica porque las pyme tienen una cuota fiscal del 30% en el impuesto de sociedades frente al 35% de las grandes empresas.
Babelia
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