Un decreto unificar¨¢ criterios sobre listas de espera, pero no fijar¨¢ plazos m¨¢ximos
Las comunidades deber¨¢n informar de la situaci¨®n cada seis meses a un servicio centralizado
El Ministerio de Sanidad present¨® ayer a las comunidades aut¨®nomas un proyecto de real decreto con el que se unifican los criterios para la elaboraci¨®n de las listas de espera de las consultas al especialista, las pruebas diagn¨®sticas y la intervenci¨®n quir¨²rgica, as¨ª como las prioridades en la gesti¨®n de dichas listas. El decreto no fija plazos m¨¢ximos de atenci¨®n, pero s¨ª insta a las autonom¨ªas a que los establezcan. Las comunidades, adem¨¢s, deber¨¢n facilitar semestralmente la situaci¨®n de sus listas, el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada a?o, a un servicio centralizado de informaci¨®n.
El borrador de real decreto que debati¨® ayer el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, formado por la ministra Ana Pastor y los consejeros auton¨®micos, ser¨¢ previsiblemente aprobado el pr¨®ximo viernes en el Consejo de Ministros. S¨®lo quedan excluidas de la norma las consultas, pruebas e intervenciones quir¨²rgicas "de car¨¢cter urgente" y los trasplantes de ¨®rganos. Los principales aspectos del decreto son los siguientes:
- Tiempos m¨¢ximos. El decreto no incluye un tiempo m¨¢ximo de espera, aunque s¨ª prev¨¦ que "las Administraciones p¨²blicas garantizar¨¢n tiempos m¨¢ximos de demora". El decreto se centra en establecer los criterios para reunir de manera clara y comparable la informaci¨®n sobre las demoras en las distintas autonom¨ªas. Para ello parte de la definici¨®n de los criterios de c¨®mputo, y establece indicadores de medida "b¨¢sicos, m¨ªnimos y comunes" para un sistema de informaci¨®n que permita comparar la espera en distintas comunidades o servicios hospitalarios.
- Datos comunes. El documento recoge en tres anexos los datos que deben figurar de cada proceso. Fija el concepto de prueba diagn¨®stica o terap¨¦utica (toda prueba o exploraci¨®n complementaria a la consulta del especialista realizada en una sala especial y que requiere de una cita espec¨ªfica) y el de fecha de entrada en el registro. Tambi¨¦n establece los tipos de cita ("a fecha fija" o "a primera cita disponible").
- Tipo de espera. Tambi¨¦n se distingue y define la espera estructural (atribuible a la organizaci¨®n del sistema y los recursos disponibles) o espera no estructural, cuando es el propio paciente el que decide retrasar una consulta o intervenci¨®n por motivos personales o laborales o cuando es el propio m¨¦dico el que fija una fecha de consulta posterior a la primera disponible.
- Prioridad de atenci¨®n. Asimismo, el decreto establecer¨¢ criterios de prioridad de los pacientes, para que el orden de atenci¨®n no lo fije ¨²nicamente la antig¨¹edad, como denunci¨® el Defensor del Pueblo. Para ello se prev¨¦ que los expertos del Consejo Interterritorial y de las sociedades cient¨ªficas elaboren gu¨ªas cl¨ªnicas para los procesos quir¨²rgicos m¨¢s frecuentes. Estas gu¨ªas "actuar¨¢n de referencia en el Sistema nacional de Salud".
- Informaci¨®n individualizada. Al paciente se le reconoce el derecho a recibir informaci¨®n individualizada. Es decir, no s¨®lo se le notificar¨¢ la demora media de la consulta u operaci¨®n, sino que se le dir¨¢ cu¨¢nto tendr¨¢ que esperar ¨¦l en concreto. Adem¨¢s, para evitar situaciones como la de los retrasos por "agendas cerradas" (el enfermo no entra en la lista porque el especialista no tiene abierta la agenda de los pr¨®ximos meses), los criterios con los que se medir¨¢ la espera ser¨¢n comunes.
Para el PSOE el texto es la respuesta -"precipitada", seg¨²n la secretaria de Asuntos Sociales, Consuelo Rum¨ª- al informe que el Defensor del Pueblo present¨® al Congreso el mes pasado, en el que criticaba la desinformaci¨®n sobre las listas, y el tiempo excesivo que deb¨ªan esperar los ciudadanos. El Consejero de Sanidad de Castilla-La Mancha, el socialista Fernando Lamata, critic¨® la falta de dinero. "No vemos qu¨¦ recursos adicionales va a poner el Gobierno de Espa?a para reducir las listas", declar¨®.
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