Juicio contra el presidente del Xerez por una supuesta estafa en Huelva
Gil Silgado, acusado de vender un solar que no era de su propiedad
La Fiscal¨ªa de Huelva ha solicitado una condena de tres a?os de c¨¢rcel para el presidente del Xerez, Jos¨¦ Mar¨ªa Gil Silgado, por una supuesta estafa en la venta de un solar en Bollullos del Condado (Huelva). Seg¨²n la acusaci¨®n p¨²blica Gil Silgado vendi¨®, a trav¨¦s de la sociedad Renta 95, SA, un solar que pertenec¨ªa a dos entidades bancarias por casi 95.000 euros y un coche de lujo.
Seg¨²n la acusaci¨®n, los hechos se remontan al 26 de octubre de 1999, cuando el presidente del Xerez, a trav¨¦s de la sociedad inmobiliaria Renta 95 firm¨® un contrato privado de compraventa de un solar de 1.295 metros cuadrados, ubicado en la calle Las Mercedes de Bollullos del Condado. El precio acordado para la venta fue de 94.659,4 euros m¨¢s un veh¨ªculo Mercedes 280, de los cuales el comprador abon¨® un total de 58.598,6 euros y se acord¨® la entrega de la finca a la firma de la escritura p¨²blica de compraventa, para la que se fij¨® como fecha l¨ªmite el 10 de enero del 2000.
Dice el fiscal que a pesar del acuerdo el presidente del Xerez no compareci¨® a la firma de la escritura e incluso ocult¨® al comprador que la finca estaba inscrita en el Registro de la Propiedad a favor de dos entidades bancarias, de forma que Gil Silgado "no pod¨ªa venderla por no ser de su propiedad", generando el consiguiente perjuicio econ¨®mico para el comprador, que perdi¨® el dinero entregado sin haber adquirido el solar en cuesti¨®n. El Ministerio P¨²blico imputa al presidente club gaditano un delito de estafa, por el que solicita una condena de tres a?os de c¨¢rcel y que indemnice al comprador con 58.598,6 euros, cantidad que entreg¨® para la adquisici¨®n del solar. La Fiscal¨ªa, en su escrito de conclusiones provisionales, ha pedido al juzgado de Instrucci¨®n de La Palma que ha investigado el caso que dicte auto de apertura de juicio oral contra el presidente del Xerez.
Jos¨¦ Mar¨ªa Gil Silgado ya fue condenado en abril de 1999 a cuatro meses de arresto mayor y a pagar una indemnizaci¨®n de 21.035 euros en relaci¨®n con la venta en 1995 de un local comercial. La sentencia explicaba que la entidad que representaba el acusado "nunca fue propietaria del inmueble", al igual que en el caso anterior, por lo que el juez observ¨® en la conducta del acusado los elementos que configuraban el delito de estafa, "pues mediante enga?o suficiente y adecuado vendi¨® un inmueble que no le pertenec¨ªa con la intenci¨®n de lucrarse indebidamente con la operaci¨®n".
El acusado hab¨ªa alegado que desconoc¨ªa que el inmueble pertenec¨ªa a un tercero, argumento que rechaz¨® la sentencia al estimar que la compra-venta del local comercial realizada en primera instancia se "perfeccion¨®" al "haber entrado el comprador en posesi¨®n de la cosa".
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