Los nuevos espa?oles
Los consulados de Espa?a en el extranjero y los registros civiles se han convertido desde hace 10 d¨ªas en la puerta por la que volver¨¢n a ser espa?oles quienes deb¨ªan haberlo sido siempre. El pasado 9 de enero entr¨® en vigor la ley que ha reformado el C¨®digo Civil para permitir que recuperen la nacionalidad espa?ola quienes la perdieron y puedan adquirirla otros muchos que no tuvieron siquiera esa opci¨®n.
La Oficina de Informaci¨®n Diplom¨¢tica, que depende del Ministerio de Asuntos Exteriores, calcula que 1.025.000 personas son potenciales candidatas a acogerse a esta ley y estima que, de ellas, 850.000 viven en Latinoam¨¦rica, mientras que el resto estar¨ªa en Europa, especialmente en Francia. Por eso, en la ¨²ltima semana, muchas oficinas consulares de pa¨ªses de habla hispana han recibido la avalancha de aspirantes a que se les devuelva su derecho al pasaporte espa?ol.
Hasta 1975, las mujeres perd¨ªan su nacionalidad al casarse con un extranjero, incluso si viv¨ªan en Espa?a, lo que imped¨ªa que se la transmitieran a sus hijos
El tercer gran cambio tiene que ver con los nietos de espa?oles. Se pretende favorecer a los descendientes de quienes se vieron obligados al exilio tras la Guerra Civil
Quienes residen en Espa?a tienen que hacer el tr¨¢mite en el registro civil de la localidad donde est¨¢ su domicilio. "Aqu¨ª no hay muchas colas, s¨®lo para informarse, pero puede que lo notemos en un plazo medio", explica Fernando Oliv¨¢n, del Aula de Inmigraci¨®n del Colegio de Abogados de Madrid. "Y eso porque la tramitaci¨®n en Espa?a requiere de una recopilaci¨®n de documentos que no se consiguen en menos de un mes, como, por ejemplo, el certificado de residencia".
De momento hay calma en los registros espa?oles. Un ejemplo: en el de Madrid, en teor¨ªa uno de los que deber¨ªan recibir m¨¢s peticiones, en la primera semana de vigencia de la ley tan s¨®lo se han recibido 10, seg¨²n explicaron los funcionarios.
Una gran parte de quienes podr¨¢n reclamar ahora la nacionalidad son hijos de espa?olas que emigraron en los a?os cuarenta y cincuenta. Hasta 1975, las mujeres perd¨ªan su nacionalidad al casarse con un extranjero, incluso si viv¨ªan en Espa?a, lo que imped¨ªa que se la transmitieran a sus hijos. Y aunque esta discriminaci¨®n se subsan¨® con otra reforma del C¨®digo Civil en 1982, a los hijos de espa?olas nacidos antes de esa fecha no se les reconoci¨® el derecho de recuperar la nacionalidad de sus madres.
Ahora se les ofrece esa posibilidad. Y tambi¨¦n al resto de hijos de espa?oles de origen. "Aunque sus padres perdieran luego la nacionalidad", explica la abogada ?ngela Godoy, de Transnational Consulting, una empresa especializada en la gesti¨®n de asuntos de extranjer¨ªa.
"La gran diferencia que aporta esta ley es que antes hab¨ªa que acreditar que el padre o la madre eran espa?oles en el momento del nacimiento del hijo. Eso era dif¨ªcil en muchos casos", dice. Sobre todo si la investigaci¨®n hab¨ªa que hacerla desde el extranjero. Ahora basta con probar que lo fueron de origen, lo que se resuelve con una partida de nacimiento. Y, adem¨¢s, no se establece un l¨ªmite de edad ni de tiempo para hacerlo.
Pero esto introduce desigualdades porque da prioridad a quienes son espa?oles por haber nacido en el territorio, frente a los que lo son por derecho de sangre, seg¨²n diferentes asociaciones, como Morados, establecida en M¨¦xico y que re¨²ne a descendientes de exiliados de la Guerra Civil, que est¨¢ recogiendo firmas para plantear ante el Defensor del Pueblo la inconstitucionalidad de la ley.
En Transnational Consulting se han planteado llevar a los tribunales la reforma, en el momento en el que se deniegue la nacionalidad a un candidato por esta causa. Pero esto no ocurrir¨¢ antes de un a?o, el plazo m¨¢ximo que la nueva ley introduce para la resoluci¨®n de una petici¨®n de nacionalidad.
"Entendemos que se produce una discriminaci¨®n por raz¨®n de nacimiento, que est¨¢ prohibida por la Constituci¨®n, y por tanto es una ley que nace inconstitucional", explica Godoy. Y aporta un ejemplo: el de un matrimonio espa?ol con una hija, que decidiera por cualquier causa establecerse en otro pa¨ªs, donde tiene otra hija. Las dos son espa?olas. Pero si por alg¨²n motivo ambas perdieran la nacionalidad, s¨®lo los hijos de la primera, con la ley vigente, podr¨ªan optar a ser espa?oles. "En este caso se les atribuye un mejor derecho por raz¨®n de nacimiento", contin¨²a. Y eso, en su opini¨®n, no es de recibo.
La reforma del C¨®digo Civil tambi¨¦n facilita que vuelvan a ser espa?oles quienes perdieron en alg¨²n momento su derecho por adquirir otra nacionalidad al residir en el extranjero. Les bastar¨¢ con declarar que quieren conservarla, en el consulado m¨¢s cercano a su domicilio, antes de que se cumplan tres a?os, salvo que se adquiera la nacionalidad de un pa¨ªs latinoamericano, de Guinea Ecuatorial, Portugal, Andorra o Filipinas.
Los nietos de la Guerra Civil
El tercer gran cambio tiene que ver con los nietos de espa?oles. En teor¨ªa, este punto se ha introducido para favorecer a los descendientes de quienes se vieron obligados al exilio tras la Guerra Civil, porque permite solicitar la nacionalidad a quien tuviera al menos un abuelo espa?ol de origen, aunque sus padres no hayan llegado a ser espa?oles.
"En mi opini¨®n, en este punto no hay tanto cambio como se ha dicho", expone Oliv¨¢n. "En las modificaciones de la ley que se quisieron introducir en el Senado es donde realmente hab¨ªa una importante reforma en favor de los nietos de espa?oles. Pero la ley, como est¨¢ ahora, es de m¨ªnimos".
Todo porque se mantiene el requisito de tener residencia legal en Espa?a, aunque reduce el plazo de dos a?os a uno. Y esto, en la pr¨¢ctica, introduce diferencias en el reconocimiento de lo que se supone que es un derecho, incluso dentro de una misma familia.
Como en la de Miguel Amado, un arquitecto argentino de 31 a?os. "Todos mis abuelos son espa?oles. Bueno, tengo una abuela que era argentina, pero sus padres s¨ª que lo eran", explica. Como hace dos a?os que tiene la residencia legal en Espa?a, su intenci¨®n es reclamar la nacionalidad, que no adquiri¨® en su d¨ªa cuando pod¨ªa hacerlo, antes de cumplir los 21 a?os. "En ese momento, ni lo pens¨¦", cuenta.
Pero el problema se les plantea a sus dos hermanos, que no viven en Espa?a. Uno de ellos reside en Miami. "Si hubiera posibilidades de que se la dieran, mi hermano pedir¨ªa la nacionalidad, pero no se vendr¨ªa. Lo que ocurre es que ser¨ªa m¨¢s f¨¢cil que le dieran la greencard [la tarjeta de residencia en Estados Unidos]", cuenta Amado.
Su hermana, en cambio, que vive en Argentina, est¨¢ interesada en solicitarla para instalarse en Espa?a. "Est¨¢ buscando trabajo. Pero son un mont¨®n de tr¨¢mites, y eso que, con much¨ªsimas comillas, ella lo tiene m¨¢s f¨¢cil, porque mi padre recuper¨® la nacionalidad hace unos dos a?os y a los hijos de espa?oles se les reconoce la misma situaci¨®n que a un espa?ol en paro".
En su opini¨®n, el requisito de la residencia es una traba legal para impedir que se instalen en Espa?a los que podr¨ªan ser nuevos nacionales. Porque la pr¨¢ctica habitual a la hora de conseguir una oferta de trabajo es que los tr¨¢mites lleven entre ocho meses y un a?o. "Si no se agiliza la burocracia en los consulados, es impracticable", indica Diego Jim¨¦nez, de Transnational Consulting.
Otra de las trabas que se est¨¢n encontrando quienes cursan las peticiones es que la ley obliga a hacer la solicitud en el lugar de residencia. "A veces no coincide el domicilio con el lugar f¨ªsico donde vive la persona. Y eso dificulta la tramitaci¨®n", relata Jim¨¦nez. Uno de sus clientes, cuyo domicilio est¨¢ en Venezuela, disfruta de un visado de estudios en Estados Unidos, pero no puede tramitar su solicitud en el consulado espa?ol de este pa¨ªs, sino que deber¨¢ desplazarse. "A eso hay que sumar la situaci¨®n de crisis de Venezuela, para ver que no es f¨¢cil solucionarlo. Deber¨ªa bastar con un certificado de empadronamiento", contin¨²a Jim¨¦nez.
El ejemplo italiano
En el caso de los argentinos, uno de los pa¨ªses donde se estima que hay m¨¢s potenciales candidatos a recuperar la nacionalidad espa?ola, se da la paradoja de que se impide con el requisito de la residencia legal que se instalen en Espa?a descendientes de espa?oles, cuando s¨ª lo est¨¢n haciendo muchos argentinos que han logrado que se les reconozca la nacionalidad italiana. En ese pa¨ªs no existen tantas trabas para recuperar el pasaporte, y como ciudadanos europeos, eso les facilita el poder vivir en Espa?a. "En Italia basta acreditar que se es descendiente de alg¨²n nacional, en cualquier grado, para que se les otorgue la nacionalidad", explica Godoy. "M¨¢s del 50% de los argentinos que se vienen consiguen la residencia espa?ola por tener la doble nacionalidad italoargentina", cuenta tambi¨¦n Miguel Amado.
El m¨¢s de un mill¨®n de espa?oles que podr¨¢ acogerse a la nueva legislaci¨®n todav¨ªa tendr¨¢ que esperar al menos un a?o para poder optar a establecerse tambi¨¦n en Espa?a, si es que quieren hacerlo.
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