Un juez anula el despido de Efe de un periodista por su actuaci¨®n reivindicativa
El juez de lo Social ?scar Mart¨ªnez Asteinza ha anulado el despido del periodista Jos¨¦ Alonso Seco por la agencia estatal Efe, a la que condena a la "inmediata readmisi¨®n del mismo" con un salario mensual de 2.100 euros (350.000 pesetas). El juez razona que la apariencia de que el despido estuvo "motivado por su actividad reivindicativa" no ha sido desvirtuada por Efe, a la que correspond¨ªa la carga de la prueba por estar en juego el derecho fundamental a no ser discriminado.
El origen de esta sentencia -que Efe ha recurrido, adem¨¢s de pedir aclaraciones de la misma- fue la demanda interpuesta por Alonso en mayo de 2002 ante el Juzgado de lo Social n¨²mero 6 de Bilbao. Alonso acredit¨® su condici¨®n de corresponsal de Efe en Barakaldo desde 1995 mediante certificaci¨®n del entonces delegado general de Efe en Euskadi, Ernesto Mart¨ªnez Gonz¨¢lez, quien afirmaba que Alonso desempe?aba sus funciones "con gran profesionalidad y eficacia".
Seg¨²n declara tambi¨¦n probado el fallo, desde abril de 2002 Alonso pidi¨® explicaciones a sus superiores en Bilbao, I?aki Duque, y en Madrid, Pedro Farr¨¦ Gea, "por el recorte en el n¨²mero de noticias" suyas "transmitidas por la agencia", as¨ª como "por el cese de encargos".
En otro momento no determinado de ese mismo a?o, Alonso comunic¨® a varios responsables de Efe que durante sus siete a?os de trabajo para la agencia, a la que suministr¨® m¨¢s de 12.000 noticias, no se le hab¨ªa ofrecido ning¨²n contrato escrito; que se encontraba "en situaci¨®n completamente irregular, sin un solo d¨ªa cotizado a la Seguridad Social y con un salario que habitualmente ronda las 80.000 pesetas".
Defensa de intereses
La carta de Alonso describ¨ªa la situaci¨®n de incomunicaci¨®n entre los corresponsales y respecto a la empresa para cubrir vacantes y la falta de medios para el trabajo period¨ªstico. En febrero de 2002, Alonso organiz¨® un sistema para que los corresponsales de Efe defendieran sus intereses.
La sentencia declara nulo de pleno derecho el despido, por vulnerar el derecho fundamental a la no discriminaci¨®n. Ante la "apariencia" de que el despido "habr¨ªa estado motivado por su actividad reivindicativa" y de que corresponde a Efe la carga de la prueba para "desvirtuar dicha apariencia", el juez razona que la agencia no s¨®lo no ha probado nada en ese sentido, "sino que ella misma ha reconocido reiteradamente la condici¨®n de buen profesional" del periodista, por lo que ordena su "inmediata readmisi¨®n".
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