El Supremo reclama m¨¢s garant¨ªas en las escuchas telef¨®nicas
Espa?a acaba de ser condenada en Europa
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha llamado la atenci¨®n de los poderes ejecutivo y legislativo sobre la "necesidad (...) de una regulaci¨®n espec¨ªfica y detallada de las escuchas telef¨®nicas que, garantizando los derechos constitucionales y, sobre todo, la intimidad y el derecho de defensa, nos d¨¦ unas pautas legales a las que debe ajustarse esta diligencia". El Tribunal Europeo de Derechos Humanos acaba de condenar a Espa?a por un caso de escuchas.
La petici¨®n al Gobierno y al Parlamento se produce en una sentencia del 22 de enero pasado, notificada pocos d¨ªas despu¨¦s de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenara a Espa?a precisamente por violaci¨®n del derecho a que se respete la vida privada, a causa de la insuficiente regulaci¨®n de las escuchas telef¨®nicas y en respuesta a una demanda de Jos¨¦ Ram¨®n Prado Bugallo, Sito Mi?anco, que sufre condena por narcotr¨¢fico.
La sentencia del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, desestima los recursos interpuestos por tres condenados por narcotr¨¢fico que alegaron violaci¨®n de sus garant¨ªas procesales, pero aprovecha la ocasi¨®n para poner de manifiesto que "las escasas disposiciones del art¨ªculo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal [en su reforma de 1988] son notoriamente insuficientes".
Para ayudar al legislador, el Tribunal Supremo invoca el derecho comparado y detalla las garant¨ªas establecidas en los C¨®digos de Procedimiento que se encuentran vigentes en los sistemas judiciales italiano, franc¨¦s y alem¨¢n.
En contraste con los sistemas citados, a?ade el fallo del alto tribunal , en la regulaci¨®n espa?ola "los controles no son todo lo minuciosos que ser¨ªa exigible, ante una medida", la intervenci¨®n de un tel¨¦fono, "que supone la injerencia grave en un derecho fundamental de la persona, como es el derecho a la intimidad, y a su corolario del secreto de las comunicaciones".
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