Condenados a irse de casa
Una juez de Ibiza expulsa seis meses de su piso a un matrimonio por da?ar la convivencia vecinal
Un matrimonio de jubilados, propietarios de un piso en un edificio de viviendas de la ciudad de Ibiza, ha sido condenado por una juez a abandonar su domicilio durante seis meses, al entender que "desde hace m¨¢s de un a?o y de forma continuada ha venido entorpeciendo y afectando muy gravemente la convivencia y las relaciones vecinales".
La decisi¨®n judicial, que ha sido recurrida, responde a un procedimiento civil emprendido por la comunidad de propietarios que habitan el bloque desde hace tres a?os, ateni¨¦ndose a la ley de propiedad horizontal, reformada en 1999. El letrado de la comunidad, Ram¨®n Baradat, reclam¨® la p¨¦rdida temporal de uso de la casa por un a?o debido a las actividades molestas de sus dos moradores hacia el resto de convecinos de la calle Agapito Llobet. El inmueble lo forman 12 viviendas.
La comunidad, en seis reuniones y una vez mediante comunicaci¨®n notarial, hab¨ªa emplazado a la pareja conflictiva para que cambiaran su comportamiento social. La m¨²sica muy fuerte a deshora, carteles ofensivos y frecuentes agresiones verbales, seg¨²n el auto, que afectan a los derechos y calidad de vida de los convecinos. La propietaria del piso superior incluso vendi¨® su casa al no poder soportar el barullo nocturno.
La juez Ana Bermejo, del juzgado n¨²mero 3 de Ibiza, indica en su sentencia que los condenados profieren "insultos y amenazas a los vecinos de la escalera y gritos e insultos dirigidos a los viandantes desde la terraza exterior del edificio". Tambi¨¦n recalca que las alusiones ofensivas "no s¨®lo las vierten en el edificio, sino tambi¨¦n en la calle".
Respecto a las molestias atribuidas a los expulsados temporalmente, la juez a?ade que "no se trata de acciones aisladas, sino que constituyen pr¨¢cticas habituales que entorpecen la vida pac¨ªfica en el edificio". La forma de conducirse de los demandados "es a todas luces molesta y atenta, sin lugar a dudas, contra la convivencia pac¨ªfica y normal", afirma la sentencia.
La protecci¨®n comunitaria se extiende a "los da?os que puedan afectar no s¨®lo a los bienes, sino tambi¨¦n a la salud, calidad de vida y medio ambiente". "En suma", prosigue la sentencia judicial, "las relaciones de vecindad obedecen a un af¨¢n de igualdad y reciprocidad, tal y como se deduce en el art¨ªculo s¨¦ptimo de la Ley de Protecci¨®n al Honor".
El matrimonio condenado acudi¨® a la vista oral y neg¨® los hechos, que fueron tildados por su defensa de "gen¨¦ricos". El letrado de la pareja consider¨® que la pretensi¨®n de que abandonaran su domicilio "carece de amparo legal como tal acci¨®n en nuestro ordenamiento jur¨ªdico".
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