Una sentencia obliga a pasar dos pruebas de alcoholemia
La Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia en la que establece que los conductores sospechosos de ir bebidos est¨¢n obligados a pasar dos pruebas de alcoholemia soplando en un aparato, y no una. El tribunal dice que si esa segunda prueba no fuese obligatoria, la ley no ser¨ªa eficaz puesto que muchas pruebas de alcoholemia se practican con etil¨®metros evidenciales, cuya fiabilidad puede ponerse en duda, y muchos casos podr¨ªan quedar impunes en los tribunales. Con estos argumentos, la Secci¨®n S¨¦ptima ha ratificado la condena de seis meses de prisi¨®n, multa de 1.080 euros y privaci¨®n del carnet de conducir durante dos a?os impuestas a un conductor, Jordi S. R., por un delito de desobediencia y otro contra la seguridad del tr¨¢fico.
El conductor fue condenado por un juzgado de lo penal, pero su abogado recurri¨® ante la Audiencia poniendo en duda la constitucionalidad de la obligaci¨®n de someterse a la prueba de alcoholemia (negarse a ello se considera desobediencia, seg¨²n el art¨ªculo 380 del C¨®digo Penal). El acusado fue sorprendido por dos agentes de la Guardia Urbana de Barcelona cuando conduc¨ªa una motocicleta por el centro de Barcelona tras haber ingerido bebidas alcoh¨®licas. Seg¨²n la sentencia, el condenado conduc¨ªa en zigzag y su acompa?ante extend¨ªa los brazos simulando el vuelo de un avi¨®n.
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