El TSJ se?ala un vac¨ªo legal en los permisos a los crematorios
Sanidad dio licencia para un tanatorio y la retir¨® despu¨¦s porque inclu¨ªa un horno
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) advierte del vac¨ªo legal que existe en la normativa de la Comunidad Valenciana sobre los hornos crematorios. El recurso presentado por una compa?¨ªa de seguros contra un permiso que primero otorg¨® y despu¨¦s deneg¨® la Consejer¨ªa de Sanidad da pie al tribunal para se?alar que la normativa no proh¨ªbe la instalaci¨®n de un crematorio, s¨®lo fija los controles que deben practicarse.
La compa?¨ªa de seguros San Luis Beltr¨¢n, SA present¨® a Sanidad el 27 de noviembre de 1997 el proyecto y la memoria para la instalaci¨®n en el pol¨ªgono C, zona industrial de Alfafar, de un tanatorio en cuyas instalaciones se ubicaba un horno crematorio. El proyecto obtuvo todos los informes favorables conforme a la licencia municipal. Entre dichos informes se encontraba el de la Consejer¨ªa de Sanidad, concretamente del director territorial. Fue en diciembre de 1997 cuando remiti¨® los planos definitivos del tanatorio y del crematorio. Y, en marzo de 1999, la compa?¨ªa de seguros solicit¨®, al amparo de una norma del Ayuntamiento de Alfafar, la autorizaci¨®n de actividad. Tras varios tr¨¢nsitos de documentaci¨®n, certificaci¨®n del ayuntamiento incluida, Sanidad deshizo lo hecho y neg¨® la autorizaci¨®n por la existencia de crematorio.
La cuesti¨®n de fondo resulta ser si es equiparable o no tanatorio a crematorio, si debe o no darse por entendido que un tanatorio incluye por defecto un tanatorio. La sala, que ya fall¨® en favor de la Administraci¨®n valenciana en otro caso aunque precisa que no comparte el criterio, reconoce que "hay un vac¨ªo auton¨®mico que le lleva a aplicar la legislaci¨®n estatal, en la que se asimila crematorio a cementerio y no a tanatorio". Dado que Sanidad se acogi¨® a una norma vigente, aunque el tribunal considera que es del todo imprecisa, la compa?¨ªa pierde el recurso que present¨®.
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