Los licenciados en Derecho deber¨¢n hacer una prueba o pasant¨ªa para ejercer como abogados
El PP ha presentado una proposici¨®n de ley para modificar el acceso a esta profesi¨®n
Los licenciados en Derecho tendr¨¢n que superar bien una prueba de aptitud o bien una pasant¨ªa para poder ejercer como abogados o como procuradores, seg¨²n se?ala una proposici¨®n de ley presentada la pasada semana por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. La prueba "tendr¨¢ car¨¢cter ¨²nico para todo el territorio nacional" , seg¨²n se?ala la proposici¨®n de ley, y la pasant¨ªa consistir¨¢ en una serie de cursos organizados entre los colegios de abogados o procuradores y los centros docentes universitarios o de posgrado. La medida afectar¨¢ a los estudiantes que se licencien cinco a?os despu¨¦s de que se apruebe esta ley, lo que suceder¨¢ presumiblemente el pr¨®ximo oto?o.
El Gobierno intent¨® ya incluir la reforma del acceso a la abogac¨ªa y a la profesi¨®n de procurador en el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, firmado en 2001, pero no fue aceptada por la oposici¨®n. El Grupo Parlamentario Popular la ha rescatado y presentado como proposici¨®n de ley en el Congreso de los Diputados el 28 de mayo. La C¨¢mara baja la acept¨® el pasado martes y el Gobierno dispone ahora de dos meses h¨¢biles (julio y agosto no lo son) para presentar un informe junto con la proposici¨®n de ley al Pleno del Congreso.
En la actualidad, para ejercer como abogado o procurador s¨®lo es necesario tener el t¨ªtulo de Licenciado en Derecho y estar apuntado al colegio profesional correspondiente. El texto del PP establece que, a partir de cinco a?os despu¨¦s de la entrada en vigor de esta norma, los licenciados en Derecho deber¨¢n contar con la "acreditaci¨®n de aptitud profesional" con la que "se reconoce la capacitaci¨®n necesaria para el ejercicio profesional", una acreditaci¨®n que s¨®lo podr¨¢n obtener si superan la prueba de actitud o la pasant¨ªa. Esta acreditaci¨®n "ser¨¢ expedida por el Ministerio de Justicia" y tendr¨¢ una validez ilimitada.
Este curso hay unos 160.000 estudiantes de Derecho matriculados en 79 centros de universidades p¨²blicas y privadas espa?olas. En Espa?a hay alrededor de 140.000 abogados colegiados.
Los congresos de la abogac¨ªa llevan d¨¦cadas reclamando una prueba de capacitaci¨®n profesional para poder ejercer. En 1995, los colegios profesionales solicitaron dos a?os de pr¨¢cticas para estos licenciados. La petici¨®n de esta reforma ha provocado intermitentes protestas estudiantiles. En 1995 se manifestaron 200.000 alumnos en contra de la pasant¨ªa obligatoria, y el entonces ministro de Educaci¨®n, el socialista Jer¨®nimo Saavedra, rechaz¨® la propuesta. En 1997 aflor¨® el tema y los alumnos pidieron que las pr¨¢cticas se integraran en la carrera. En 2000 se produjo la ¨²ltima pol¨¦mica.
El PP justifica en la exposici¨®n de motivos que, dado que la nueva regulaci¨®n permite el ejercicio profesional y la colegiaci¨®n de los abogados de la UE en cualquier Estado, "resulta imprescindible introducir en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol un instrumento que acredite la cualificaci¨®n necesaria para el ejercicio profesional en Espa?a y siente las bases para la definitiva aproximaci¨®n a los sistemas vigentes en los restantes Estados de la UE".
La duraci¨®n y los contenidos de la pasant¨ªa se determinar¨¢n en un reglamento complementario a la ley propuesta por el PP. Respecto a la prueba de aptitud, ser¨¢ convocada por el Ministerio de Justicia, tras consultar a los consejos generales de abogados y procuradores y constar¨¢ "de un ejercicio orientado a que el candidato acredite, de forma objetiva, formaci¨®n pr¨¢ctica suficiente para el ejercicio de la profesi¨®n, as¨ª como normas deontol¨®gicas y profesionales".
Se crear¨¢ una comisi¨®n de evaluaci¨®n, que ser¨¢ el ¨®rgano competente para valorar la capacitaci¨®n de los aspirantes a la obtenci¨®n de la acreditaci¨®n. En el caso del acceso a la abogac¨ªa, la comisi¨®n estar¨¢ compuesta por un magistrado o juez, un catedr¨¢tico o titular universitario de Derecho, un vocal en representaci¨®n del Ministerio de Justicia y un abogado, que actuar¨¢ como secretario. La comisi¨®n para el acceso a la profesi¨®n de procurador estar¨¢ formada por un catedr¨¢tico o titular universitario, un vocal del Ministerio de Justicia, un secretario judicial y un procurador.
Los consejos de abogados y de procuradores podr¨¢n proponer a Justicia la creaci¨®n de "comisiones de evaluaci¨®n delegadas" en diferentes sedes territoriales. La organizaci¨®n y coordinaci¨®n de la prueba de aptitud correr¨¢ a cargo del Ministerio de Justicia. Pero su ejecuci¨®n "correr¨¢ a cargo del Consejo General de la Abogac¨ªa y de Procuradores", asistidos por los consejos de los colegios profesionales de las comunidades aut¨®nomas.
Las disposiciones adicionales y transitorias se?alan que los licenciados podr¨¢n apuntarse a los colegios sin tener la acreditaci¨®n como "no ejercientes" y que "la acreditaci¨®n no podr¨¢ suponer en ning¨²n caso limitaci¨®n por razones num¨¦ricas para el acceso al ejercicio" de estas profesiones.
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