Una ley asegura las visitas de los abuelos a los nietos tras el divorcio
Los mayores tendr¨¢n prioridad en la custodia de sus nietos
La custodia de los menores podr¨¢ ser encomendada a los abuelos, por decisi¨®n judicial, en caso de desacuerdo entre los c¨®nyuges. As¨ª lo anunci¨® ayer el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, tras el Consejo de Ministros, en la presentaci¨®n del anteproyecto de ley que establece el derecho de visita de los abuelos con los nietos en los procesos de separaci¨®n, divorcio o nulidad de las parejas, haya o no acuerdo.
La norma, que modifica cinco art¨ªculos del C¨®digo Civil a propuesta de los ministerios de Justicia y Trabajo y Asuntos Sociales, y se enmarca dentro del Plan Integral de Apoyo a la Familia, tiene como objeto establecer el derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos as¨ª como garantizar la efectividad de ese derecho en los casos en que la parejas no lleguen a un acuerdo amistoso.
La reforma establece de forma expresa el derecho de los abuelos a visitar a los nietos en caso de ruptura matrimonial, tanto si hay acuerdo o no entre las partes, ya que, en caso de desacuerdo, el juez asegurar¨¢ dichas visitas.
El Consejo de Ministros remiti¨® ayer el anteproyecto a la Fiscal¨ªa General del Estado y al Consejo General del Poder Judicial para que aporten sus informes preceptivos . La reforma, seg¨²n anunci¨® ayer el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, se tramitar¨¢ en el Parlamento por el procedimiento de urgencia con el objetivo de que se apruebe en el pr¨®ximo per¨ªodo de sesiones y pueda entrar en vigor antes de la disoluci¨®n de las c¨¢maras.
Esta nueva regulaci¨®n es muy importante para los procesos de separaci¨®n y divorcio ya que, seg¨²n datos del Consejo General del Poder Judicial, que ayer facilit¨® el Consejo de Ministros, de las 115.049 separaciones y divorcios registrados el pasado a?o en Espa?a, 41.504 (un 36%) tuvieron lugar sin acuerdo entre los c¨®nyuges. Un desacuerdo que, seg¨²n el informe del Consejo de Ministros, en la inmensa mayor¨ªa de los casos, se traslada a la relaci¨®n familiar entre nietos y abuelos, resultado estos ¨²ltimos especialmente perjudicados.
La norma, seg¨²n adelant¨® ayer el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, regula la capacidad de los abuelos para ser o¨ªdos en los procesos judiciales de nulidad, separaci¨®n y divorcio. Hasta ahora s¨®lo se recomendaba a los jueces que oyesen a los abuelos, con el anteproyecto estar¨¢n obligados a escucharlos siempre y cuando ¨¦stos lo soliciten. El ministro anunci¨® la posibilidad de que la custodia de los menores pueda ser encomendada a los abuelos que tendr¨¢n preferencia sobre otras personas, incluidos los hermanos, t¨ªos e instituciones, en caso que exista desacuerdo entre los c¨®nyuges.
Patria potestad
El anteproyecto regula, tambi¨¦n, el derecho de los abuelos de mantener relaciones personales con los nietos en los casos de incumplimiento por los padres de las obligaciones derivadas de la patria potestad. Este derecho tambi¨¦n se garantizar¨¢ judicialmente. Los abuelos podr¨¢n visitar a sus nietos incluso si ¨¦stos est¨¢n en acogimiento en otra familia o instituci¨®n. Sobre los casos en que el ni?o sea dado en adopci¨®n, fuentes del ministerio, que dada su complejidad se regular¨¢ durante su tramitaci¨®n parlamentaria.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales explic¨® que, con esta iniciativa, el Ejecutivo atiende a una reclamaci¨®n hist¨®rica de los abuelos que en muchas ocasiones ven frustrada la relaci¨®n con sus nietos, tras una ruptura matrimonial conflictiva de los c¨®nyuges o cuando, tras la muerte, de uno de ¨¦stos, el otro rompe la relaci¨®n con la familia del c¨®nyuge que fallece.
Zaplana insisti¨® en que la norma pretende atribuir a los abuelos un papel relevante en la familia. "Quiere destacar la autoridad moral de los abuelos y la ayuda que pueden suponer para los menores en situaciones de crisis o dificultad" y se enmarca "en una pol¨ªtica ya tradicional del Gobierno de apoyo a la familia", subray¨® Zaplana tras el Consejo de Ministros.
Una vez aprobado el anteproyecto ser¨¢ aplicable en los procesos judiciales que est¨¦n en ese momento en vigor.
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