El Consejo Consultivo dictamina que Castillejo incumple las incompatibilidades que prev¨¦ la ley
El ¨®rgano estima que no puede simultanear ser can¨®nigo del cabildo y presidente de Cajasur
El Consejo Consultivo, ¨®rgano de asesoramiento jur¨ªdico del Gobierno andaluz, ha dictaminado que Miguel Castillejo incurre en incompatibilidad al simultanear su puesto de presidente de Cajasur y de can¨®nigo del Cabildo catedralicio de C¨®rdoba. La comisi¨®n permanente de este ¨®rgano adopt¨® la decisi¨®n por unanimidad, el pasado 15 de mayo, tras analizar la Ley de Cajas andaluza y la LORCA (ley b¨¢sica estatal sobre las cajas). El dictamen es consecuencia de una consulta de la consejera de Econom¨ªa, Magdalena ?lvarez, sobre la posible incompatibilidad de Castillejo, quien ma?ana celebrar¨¢ en Sevilla sus 50 a?os como sacerdote con una misa en la catedral y un convite en el que se esperan unas 6.000 personas.
En abril de este a?o, ?lvarez solicit¨® al Consejo Consultivo un informe acerca de si Castillejo pod¨ªa compatibilizar su cargo de presidente ejecutivo de Cajasur con el de can¨®nigo del Cabildo catedralicio a la luz de la Ley de Cajas auton¨®mica y la LORCA.
Esta consulta se produjo despu¨¦s de la denuncia que el Gobierno andaluz present¨® ante la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n por supuestas irregularidades en la gesti¨®n de Cajasur y en la que se pon¨ªa de manifiesto, entre otras cuestiones, que Castillejo cobr¨® en 2001 un total de 476.099 euros.
Entonces, Econom¨ªa consult¨® al entonces obispo de C¨®rdoba, Javier Mart¨ªnez, si Castillejo cobraba como can¨®nigo, pero Mart¨ªnez no pudo responder porque este asunto se encontraba en la esfera privada del presidente de Cajasur. La Junta decidi¨® entonces consultar directamente a Castillejo si cobraba como can¨®nigo.
La respuesta que recibi¨® Econom¨ªa, a trav¨¦s del director general adjunto a la presidencia de Cajasur, Diego Jordano, afirma que Castillejo renunci¨® hace tiempo a su retribuci¨®n como sacerdote y que como can¨®nigo s¨®lo recib¨ªa una liquidaci¨®n anual "en el concepto de rentas del patrimonio".
El dictamen, de 17 folios, subraya que el art¨ªculo 80 de la Ley de Cajas y el 27 de la LORCA impiden "compatibilizar el ejercicio de las funciones de presidente ejecutivo" de Cajasur "con las de can¨®nigo del Cabildo catedralicio" de C¨®rdoba.
La ley auton¨®mica regula que el presidente ejecutivo de una caja (con derecho a sueldo) ejercer¨¢ este cargo "en r¨¦gimen de dedicaci¨®n exclusiva" y no podr¨¢ "realizar ninguna otra actividad retribuida, p¨²blica o privada, ya sea a t¨ªtulo personal o representativo, salvo las que le corresponda en representaci¨®n de la caja de ahorros, en cuyo caso deber¨¢ reembolsar a ¨¦sta las cantidades percibidas como consecuencia de su ejercicio".
El Consejo Consultivo concluye que Castillejo incurre en clara incompatibilidad, al margen de que perciba o no dos sueldos por los cargos que ejerce. "El fundamento de la incompatibilidad examinada no est¨¢ en directa conexi¨®n con limitaciones retributivas (...) sino en la necesidad de garantizar la dedicaci¨®n plena al cargo", reza el informe.
Para el Consejo Consultivo, el hecho de que Castillejo haya renunciado a su sueldo como can¨®nigo penitenciario del Cabildo "es insuficiente para eludir la incompatibilidad". El informe subraya que al can¨®nigo penitenciario es "al ¨²nico que se le concede la facultad de ser ministro del sacramento de la confesi¨®n" en el Cabildo catedralicio y que es una facultad "no delegable". Tambi¨¦n destaca que "las rentas de patrimonio" que Castillejo percibe de la Iglesia s¨®lo pueden tener su "ra¨ªz" en su condici¨®n de can¨®nigo del Cabildo.
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