Sancionado un cirujano por emborracharse en una guardia
El Imsalud ha suspendido de empleo y sueldo durante seis meses a un cirujano del hospital Ram¨®n y Cajal por haberse emborrachado durante una guardia el 23 de junio de 2002. El m¨¦dico fue denunciado por dos allegados de un enfermo que le vieron "dando tumbos, tropezones y gesticulando de forma rara", seg¨²n el texto de la sanci¨®n. El jefe de guardia decidi¨® entonces separarle del servicio y el hospital le abri¨® un expediente que ahora ha sido calificado como una falta "muy grave".
El Imsalud, dependiente de la Consejer¨ªa de Sanidad de la Comunidad, abri¨® una investigaci¨®n tan pronto como la direcci¨®n del hospital le comunic¨® lo sucedido. Los hechos se remontan al 23 de junio de 2002, hacia las 21.00, cuando el m¨¦dico, "estando de guardia de presencia f¨ªsica, fue a una cafeter¨ªa, compr¨® tabaco y tom¨® dos cervezas", seg¨²n indica el expediente.
A su salida del hospital, el cirujano no se cambi¨® de ropa, algo a lo que est¨¢n obligados todos los sanitarios. "Acudi¨® a la cafeter¨ªa con el pijama de quir¨®fano y con zuecos", destaca el texto de la sanci¨®n, y a?ade que tom¨® dos cervezas, pero que, o le hicieron mucho efecto o ya hab¨ªa bebido algo antes. "Era evidente su estado de embriaguez: iba dando tumbos, tropezones y gesticulando de forma rara. Dos transe¨²ntes, a la vista de su estado, le siguieron desde fuera del hospital y le pararon en el vest¨ªbulo, poniendo los hechos en conocimiento del jefe del hospital y, despu¨¦s, y por escrito, al jefe del Servicio de Cirug¨ªa", relata la resoluci¨®n firmada por la directora general del Imsalud, Leticia Moral. "El jefe de guardia intent¨® hablar con el cirujano y, a la vista de que no se encontraba en condiciones para realizar sus funciones en la guardia, le comunic¨® personalmente que quedaba relevado y comunic¨® la incidencia al resto del equipo de cirug¨ªa de guardia y a los anestesistas", concluye el mismo texto.
Falta "muy grave"
El Imsalud considera que el cirujano expedientado ha cometido dos faltas. La primera, calificada de "grave", seg¨²n el art¨ªculo 66.3 del Estatuto Jur¨ªdico del Personal M¨¦dico de la Seguridad Social, supone el "incumplimiento de las normas establecidas o de las ¨®rdenes recibidas siempre que perturben el servicio o perjudiquen la asistencia". La segunda, "muy grave" y tipificada en el art¨ªculo 66.4 del estatuto, supone "la falta de probidad o moralidad y cualquier conducta constitutiva de delito o faltas comprendidas en el C¨®digo Penal".
Las autoridades sanitarias han aplicado el principio de consunci¨®n, esto es, que la falta m¨¢s grave absorba a la m¨¢s leve, y consideran que lo ocurrido constituye una falta "muy grave" que puede ser sancionada con la suspensi¨®n de empleo y sueldo de un mes a un a?o e, incluso, con la suspensi¨®n definitiva del servicio. Finalmente se han inclinado por una sanci¨®n intermedia que el expedientado puede recurrir.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.