Los s¨ªndicos consideran culpable la quiebra de Mecape?a
La compa?¨ªa se acogi¨® en 2001 a la administraci¨®n judicial con un exigible de 181 millones
La actuaci¨®n de los dos administradores y accionistas de Mec¨¢nica de la Pe?a (Mecape?a), la noruega Kvaerner y la consultora vasca High-Tec, ha sido calificada de culpable, seg¨²n el informe elaborado por los representantes de sus acreedores y elevado al Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 13 de Bilbao, seg¨²n publica en su edici¨®n de hoy Cinco D¨ªas. La compa?¨ªa de bienes de equipo entr¨® en quiebra hace dos a?os y medio, con un pasivo exigible cercano a los 186 millones de euros. La liquidaci¨®n de la firma supuso el despido de m¨¢s de 400 trabajadores.
El informe de los tres s¨ªndicos de la quiebra -Ignacio Barainca, Jos¨¦ Mar¨ªa Makua y ?ngel To?a- basa la culpabilidad de los acreedores en el art¨ªculo 889 del C¨®digo de Comercio, que establece que "ser¨¢n reputados en juicio quebrados culpables [...] los que no hubieran llevado los libros de contabilidad con todos los requisitos" establecidos.
La calificaci¨®n de la sindicatura de la quiebra ser¨¢, con el informe del fiscal, las alegaciones que pueda hacer el letrado de la sociedad y el estudio del comisario de la quiebra la base para que el Juzgado califique el proceso.
El informe del comisario Fernando G¨®mez Mart¨ªn, representante del juez en el proceso, constata que el grupo "no dispone de libro de inventarios y cuentas anuales propiamente dicho y el libro de balances tan s¨®lo recoge los balances trimestrales de comprobaci¨®n de sumas y saldos". El estudio agrega que "los requisitos contables" citados "no cumplen, en general, con las formalidades establecidas en el C¨®digo de Comercio".
El informe del comisario precisa tambi¨¦n que, una vez revisadas las cuentas en profundidad, "se deduce que las deudas acumuladas estaban vencidas y eran exigibles, en notable proporci¨®n, a la solicitud de suspensi¨®n de pagos [en 1999] y, evidentemente, con anterioridad a la declaraci¨®n de quiebra", de enero de 2001.
El texto indica igualmente que el sobreseimiento de los pagos se produce a lo largo de 1998 y que ya para entonces se apreciaba la "existencia de una quiebra de hecho o estado de quiebra" dado el incumplimento de los pagos a los acreedores y la incapacidad para "atender los compromisos de pagos". G¨®mez Mart¨ªn se apoya en el descenso constante y paulatino de su activo, fondo de maniobra negativo y reiteradas y cuantiosas p¨¦rdidas que colocaban ya en 1998 a la empresa en riesgo de disoluci¨®n.
Las fuentes que cita Cinco D¨ªas aseguran que el abogado de Mecape?a, Mario Fern¨¢ndez, alegar¨¢ que la firma, en cualquier caso, realiz¨® una contabilidad real con el fin de que el juez califique la quiebra de "fortuita" en lugar de "culpable".
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