Un balance desastroso
Un informe de la C¨¢mara de Cuentas destapa numerosos errores en la contabilidad de la Mancomunidad del Suroeste
Las cuentas en la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid no cuadraban en 2000. Al menos eso es lo que se desprende del informe de fiscalizaci¨®n realizado por la C¨¢mara de Cuentas de Madrid del ejercicio correspondiente a ese a?o y que acaba de hacer p¨²blico este organismo. En la lectura del texto se acabar¨ªa antes de enumerar los aciertos en la gesti¨®n que encontr¨® la C¨¢mara de Cuentas que los fallos en los que incurri¨® la mancomunidad.
El primer defecto que encontr¨® la C¨¢mara comenzaba ya con la aprobaci¨®n de la cuenta general del ejercicio 2000, que se ratific¨® finalmente dos a?os despu¨¦s. Seg¨²n este organismo, que desde su creaci¨®n en 2001 se encarga de fiscalizar el sector p¨²blico madrile?o, la mancomunidad aprob¨® sus cuentas fuera del plazo establecido por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Una persona "sin formaci¨®n suficiente" llevaba los n¨²meros, seg¨²n los auditores
El texto refleja que en el convenio firmado ese a?o "figuraba un presupuesto de 54.447.656 pesetas, habi¨¦ndose justificado a la Comunidad de Madrid actuaciones por importe de 52.503.623 pesetas".
La Mancomunidad de Servicios del Suroeste se constituy¨® en 1986 con los municipios de Arroyomolinos, Batres, Casarrubuelos, Gri?¨®n, Serranillos del Valle, Torrej¨®n de la Calzada y Torrej¨®n de Velasco. Tres a?os despu¨¦s se adhirieron las localidades de Moraleja de Enmedio, Cubas de la Sagra y Humanes de Madrid, por lo que la poblaci¨®n del conjunto de los municipios gira en torno a los 31.000 habitantes.
Sin embargo, hasta 1993 no fue inscrita en el registro de entidades locales, incumpliendo el plazo de un mes a partir de la constituci¨®n fijado por real decreto. Adem¨¢s, no incluy¨® hasta 2002 a los tres ¨²ltimos municipios que se incorporaron, a pesar de que participaban de los presupuestos de la mancomunidad desde hac¨ªa dos a?os.
La C¨¢mara de Cuentas se encontr¨® con varias limitaciones para elaborar su informe. Entre ellas cita que no constaba "la existencia de inventarios de bienes ni actualizados ni formalmente aprobados", que no se facilitaron "las relaciones nominativas que expliquen de forma completa los saldos deudores y acreedores", y que la mancomunidad "no dispon¨ªa de una plantilla de personal aprobada, ni de un convenio colectivo".
El sistema contable y de control interno de la mancomunidad tambi¨¦n tiene una especial relevancia en el informe de la C¨¢mara, ya que en su inspecci¨®n, seg¨²n este organismo, el interventor no pudo asegurar que los libros de actas no pudiesen ser manipulados posteriormente. El motivo: los documentos no se encuadernaban, s¨®lo se conservaban en el ordenador.
A¨²n m¨¢s sorprendente es que las tareas de contabilidad las realizaba una persona "sin formaci¨®n suficiente para el desarrollo de las mismas y sin la necesaria supervisi¨®n, lo que hace posible que los errores cometidos no sean detectados y corregidos", seg¨²n el documento. En este mismo texto se indica que los procedimientos seguidos por cada uno de los servicios de la mancomunidad no son sistem¨¢ticos ni est¨¢n unificados, "manteni¨¦ndose dispersa la documentaci¨®n justificativa que da soporte a los registros contables".
La C¨¢mara tambi¨¦n se?ala que no constaba que la intervenci¨®n realizase "la fiscalizaci¨®n previa de los gastos efectuados, ni tampoco la comprobaci¨®n material de las inversiones, ni de la aplicaci¨®n de las subvenciones", y que s¨®lo se limitaba "a la intervenci¨®n formal del pago", incumpliendo la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
La gesti¨®n del personal tampoco era uno de los aciertos de esta mancomunidad. Dicha gesti¨®n la realizaba un empresa privada con la que, sin embargo, no figuraba que se hubiese formalizado ning¨²n contrato. El 50% de la plantilla en aquella ¨¦poca era personal empleado por obra o servicio, cuya relaci¨®n cesaba una vez finalizado el trabajo y que se contrataba de nuevo para el siguiente. Pese a esto, dicho personal percib¨ªa en n¨®mina retribuciones por antig¨¹edad.
La mancomunidad contrat¨® a un oficial administrativo que, sin embargo, no realizaba su jornada laboral en esa entidad, sino en tres de los ayuntamientos mancomunados. ?Los documentos que justifican ese acuerdo entre ambas partes?: "no hay", seg¨²n el informe.
El presupuesto de gastos de la mancomunidad tampoco est¨¢ a salvo de los errores. La C¨¢mara detect¨® que en ning¨²n caso se realiz¨® la autorizaci¨®n previa del gasto, el IVA no fue correctamente contabilizado y la justificaci¨®n de determinados gastos no detallaba los servicios prestados.
El edificio en el que se encuentra la sede de la mancomunidad fue construido por el Ayuntamiento de Gri?¨®n en terrenos de su propiedad. El inmueble pertenece a este Consistorio y figura en su inventario, sin que consten acuerdos de cesi¨®n a favor de la mancomunidad, seg¨²n el informe. Adem¨¢s, figura como propietario de la parcela el Ayuntamiento de Gri?¨®n, por cesi¨®n gratuita, sin que est¨¦ inscrita edificaci¨®n alguna.
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