Subsidio por desempleo
Dentro de las ayudas del Inem es necesario distinguir el "subsidio por desempleo" de la prestaci¨®n por desempleo propiamente dicha. La diferencia fundamental reside en su naturaleza. As¨ª, mientras la prestaci¨®n tiene un car¨¢cter estrictamente contributivo, la naturaleza del subsidio es puramente asistencial. Esto significa que mientras que para acceder a la prestaci¨®n se exige un periodo de cotizaci¨®n previo, el subsidio est¨¢ pensado para quienes no pudiendo acceder a la prestaci¨®n contributiva o habi¨¦ndola agotado, se hallen en una situaci¨®n que el ordenamiento jur¨ªdico estima necesitada de cobertura. De ah¨ª que junto a la falta de empleo van a exigirse otros requisitos cuya concurrencia va a producir una situaci¨®n de necesidad merecedora de protecci¨®n.
La ausencia de recursos del beneficiario es elemento esencial para acceder al subsidio, lo que se traduce en la necesidad del beneficiario de acreditar la falta de ingresos suficientes. A tal efecto, las rentas no van a poder superar ciertos l¨ªmites, debiendo cumplirse tal circunstancia durante todo el tiempo de percepci¨®n del subsidio.
Otros factores a tener en cuenta son la edad y la "familia". As¨ª se va a conceder un subsidio especial a los mayores de 45 a?os que se hallen en determinadas circunstancias. En el caso de los mayores de 52, el subsidio podr¨¢ prolongarse hasta la edad de jubilaci¨®n.
Tambi¨¦n se consideran las circunstancias familiares. La existencia de "cargas familiares" se convierte en algunos casos en requisito para acceder al subsidio; y en otras va a suponer una mayor cuant¨ªa en la prestaci¨®n o la prolongaci¨®n del periodo de percepci¨®n. Igualmente, a efectos de determinar la concurrencia de "ausencia de rentas", se van a tener en cuenta todos los ingresos de la "unidad familiar".
No obstante, conceptos tales como "cargas familiares", "rentas" o "unidad familiar" generan una gran indeterminaci¨®n conceptual, que han hecho necesario una mayor aclaraci¨®n legal o la frecuente intervenci¨®n de los tribunales.
Otros colectivos beneficiarios de las ayudas son: liberados de prisi¨®n, emigrantes retornados o quienes hubieran estado sometidos a tratamiento de deshabituaci¨®n de drogas.
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