Impuesto de sucesiones y pol¨ªtica fiscal
Jean Carbonnier recogi¨® en un libro -Flexible droit- varios trabajos sobre sociolog¨ªa del derecho privado, en uno de los cuales estudia la incidencia del impuesto sobre sucesiones, "una aut¨¦ntica detracci¨®n sobre el capital" en la econom¨ªa de las familias. Tom¨® como ejemplo la sucesi¨®n de Andr¨¦ Gide, fallecido en 1951. Su hija adoptiva y ¨²nica heredera present¨® una declaraci¨®n, inventariando un activo de 8,5 millones de francos antiguos (lo que supon¨ªa un impuesto de unos dos millones), porque hab¨ªa valorado en cero los derechos de autor de su padre. El fisco rectific¨® la declaraci¨®n, incluy¨® 31 millones a t¨ªtulo de propiedad literaria y gir¨® una liquidaci¨®n por 20 millones (10 de impuesto y 10 de multa). La heredera recurri¨® y perdi¨®. El caso trascendi¨®. Pero lo que impact¨® a Carbonnier fue que el alegato de la heredera no defend¨ªa su ganancia, sino que rechazaba la instituci¨®n. "Cuando la instituci¨®n es el impuesto sucesorio", escribe Carbonnier, "el rechazo se sublima en defensa de la familia".
A esta mentalidad responde -en Espa?a- la convicci¨®n social acerca de la injusticia del impuesto sobre sucesiones, fundada en dos ideas: 1. Los grandes patrimonios eluden este tipo de fiscalidad mediante la utilizaci¨®n de artilugios de ingenier¨ªa financiera. 2. Su car¨¢cter confiscatorio puede desequilibrar una econom¨ªa familiar vertebrada en torno a una empresa. Para corregir esta situaci¨®n se han otorgado dos clases de beneficios fiscales consistentes en reducciones de la base imponible:
a) Reducci¨®n de la base imponible por raz¨®n de parentesco, que es de unos 18.000 euros en las adquisiciones por descendientes, c¨®nyuge y ascendientes, y reducci¨®n en la base imponible, cuando se transmite mortis causa la vivienda habitual, consistente en la deducci¨®n del 95% del valor de dicha vivienda. Se trata de excluir del impuesto de sucesiones los patrimonios de subsistencia m¨¢s modestos, integrados por una vivienda y unos parcos ahorros. Su justicia es manifiesta y su racionalidad evidente.
b) Reducci¨®n en la base imponible de las transmisiones mortis causa (e inter vivos) al c¨®nyuge, descendientes o adoptados, de un 95 % del valor de las empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades, que sean objeto de la transmisi¨®n. La finalidad de preservar a las empresas familiares -patrimonios productivos- de la confiscaci¨®n del impuesto sobre sucesiones es tambi¨¦n justa, as¨ª como positiva para los intereses generales. Lo que resulta discutible es la extensi¨®n de la exenci¨®n a las participaciones en entidades con cotizaci¨®n burs¨¢til, pues esta exenci¨®n fue dise?ada para incentivar y proteger la empresa familiar, que normalmente no cotiza en Bolsa.
Esta injustificada extensi¨®n supone que muchos grandes patrimonios podr¨¢n gozar de este beneficio fiscal, m¨¢s all¨¢ y con independencia de la filosof¨ªa protectora de la empresa familiar que se alega como fundamento. Lo que descubre una realidad inaceptable: son los patrimonios de la clase media los ¨²nicos que soportan el impuesto sobre sucesiones. Carmelo Agust¨ªn, fiscalista tan experto como prudente, ha escrito: "Las reducciones por raz¨®n de parentesco y la de la vivienda habitual excluyen pr¨¢cticamente del impuesto de sucesiones a los patrimonios de subsistencia m¨¢s modestos; y las reducciones del 95% de la base imponible en las transmisiones de empresas individuales, negocios profesionales y determinadas participaciones en entidades, preservan de la confiscaci¨®n a los patrimonios productivos, es decir, a los patrimonios empresariales. Por lo que, si los patrimonios de subsistencia y los patrimonios productivos est¨¢n en la pr¨¢ctica liberados del impuesto de sucesiones, quedan ¨²nicamente sujetos a gravamen por este impues-
to los bienes propios de las clases medias ahorradoras".
Por esta raz¨®n, hay quien propone la inmediata supresi¨®n del impuesto de sucesiones, habida cuenta adem¨¢s de su complejidad y atendido su escaso rendimiento. Ahora bien, con esta liberaci¨®n fiscal sucesoria de todos los patrimonios -por grandes que fuesen- se volatilizar¨ªa la filosof¨ªa redistributiva del impuesto sobre sucesiones. Por consiguiente, la constataci¨®n de la realidad actual no deber¨ªa llevarnos a la supresi¨®n de dicho impuesto, sino a la mejora de su regulaci¨®n, comenzando por la elevaci¨®n del m¨ªnimo exento, de forma que quedasen excluidos de ¨¦l todos los patrimonios medios y bajos, pero siguiesen quedando gravadas las grandes fortunas, m¨¢s all¨¢ de lo que sea el patrimonio familiar estrictamente productivo. T¨¦ngase en cuenta que el m¨ªnimo exento asciende en EE UU a 675.000 d¨®lares y en el Reino Unido a 234.000 libras.
El impuesto de sucesiones constituye por una parte una garant¨ªa de la igualdad de oportunidades y una barrera a la consolidaci¨®n de una sociedad clasista, mientras que por otra es una fuente de recursos para pol¨ªticas p¨²blicas de redistribuci¨®n de riqueza que, con su car¨¢cter progresivo, complementa el IRPF. Porque, frente al criterio conservador tradicional, que da primac¨ªa a las consideraciones de eficiencia -hoy llamadas de competitividad-, el pensamiento progresista se asocia a una preocupaci¨®n por la equidad del sistema econ¨®mico, as¨ª como por la cohesi¨®n social como garant¨ªa de sostenibilidad. A tal fin, debe recordarse que, si bien es cierto que los gobiernos estatales pierden m¨¢rgenes de maniobra en materia de pol¨ªtica monetaria y de tipo de cambio, siguen conservando potentes herramientas en el ¨¢mbito fiscal. Deben preservarlas.
Juan-Jos¨¦ L¨®pez Burniol es notario.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.