La C¨¢mara de Cuentas detecta "deficiencias" en los contratos de las universidades
La C¨¢mara de Cuentas de Andaluc¨ªa ha detectado diversas "deficiencias" en el control interno que hacen las universidades andaluzas de los contratos cient¨ªficos, t¨¦cnicos y art¨ªsticos, regulados por la Ley de Reforma Universitaria (LRU).
El ¨®rgano fiscalizador seleccion¨® una muestra de 189 expedientes, por un importe de 3,79 millones de euros, de los a?os 1999 y 2000. En esos a?os, el total de expedientes de las universidades andaluzas (nueve, ya que la UNIA no ten¨ªa estos contratos en esa fecha) ascendi¨® a 2.842, que supusieron 50,21 millones de euros.
La C¨¢mara de Cuentas persegu¨ªa verificar el control realizado por los servicios centrales de las universidades para conocer el total de los contratos; verificar el cumplimiento de la legalidad y el control interno de los contratos y comprobar si los ingresos son registrados de acuerdo con los principios contables que son aplicables.
La C¨¢mara de Cuentas subraya que la Universidad de Almer¨ªa no ha podido ser fiscalizada porque la instituci¨®n no ha remitido la documentaci¨®n requerida.
De las universidades si analizadas, la C¨¢mara de Cuentas saca algunas conclusiones que detalla en el informe. Entre otras cuestiones, el ¨®rgano fiscalizador explica que no se cuenta con tarifas o cat¨¢logos de precios, de forma que se admite habitualmente las propuestas de quienes solicitan o demandan los servicios, o que, frecuentemente, la firma de los documentos contractuales se realiza antes de que sea autorizada por el ¨®rgano competente.
Tambi¨¦n se pone de manifiesto la falta de procedimientos suficientes "para garantizar el conocimiento de la totalidad de los servicios que, de car¨¢cter cient¨ªfico, t¨¦cnico y art¨ªstico, se demandan directamente a fundaciones, institutos, departamentos y al personal, a¨²n cuando aqu¨¦llos se desarrollen o se ejecuten en las dependencias de la propia universidad".
Principios contables
El ¨®rgano fiscalizador tambi¨¦n se?ala que s¨®lo las universidades de C¨¢diz, Huelva y Ja¨¦n someten la gesti¨®n de los expedientes a los principios contables que deben aplicar los centros universitarios.
De igual manera, se pone de manifiesto la "ausencia de criterios" que determinen de forma clara y precisa cu¨¢ndo una relaci¨®n debe formalizarse en contrato y cuando en convenio. Seg¨²n la C¨¢mara de Cuentas, actualmente, la mayor¨ªa de las universidades formalizan este tipo de relaci¨®n de acuerdo con sus estatutos, mediante contrato o convenio, "pese a que la Ley de Reforma Universitaria s¨®lo cita textualmente la figura del convenio".
Asimismo, el informe apunta que los expedientes no contemplan la posibilidad de sustituci¨®n del personal investigador y colaborador, con independencia de que la universidad tenga prevista salvar las responsabilidades del incumplimiento del contrato.
En relaci¨®n con el hecho de que es frecuente la firma de contratos antes de que sea autorizada por el ¨®rgano competente, el informe de la C¨¢mara de Cuentas refleja que es habitual que en los expedientes no se encuentren los documentos contables de reconocimiento de derechos, del reconocimiento de las obligaciones de gastos y sus justificantes, liquidaciones parciales y finales o el control de cobros y pagos realizados.
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