Los jueces ordenaron en 2002 m¨¢s de 6.000 ingresos psiqui¨¢tricos
El colapso provoca la reclusi¨®n de enfermos mentales sin el visto bueno de los juzgados
Los dos juzgados que hay en Madrid de incapacidades y tutelas -el 30 y el 65 de Primera Instancia- ordenaron el a?o pasado m¨¢s de 6.000 ingresos de personas en psiqui¨¢tricos de la Comunidad. La estad¨ªstica indica que a finales de este a?o es previsible que la cifra sea a¨²n superior a la de 2002, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas. Es tal la carga de trabajo que soportan en la actualidad ambos juzgados, situados en la calle de Mar¨ªa de Molina, que muchos enfermos mentales est¨¢n entrando en centros psiqui¨¢tricos sin que, como es preceptivo, el juez haya autorizado antes su ingreso.
En el ¨²ltimo ejercicio se designaron m¨¢s de 1.000 tutores para velar por los incapacitados
"Se est¨¢ incumpliendo la ley claramente sin que los jueces puedan remediarlo, puesto que hay personas a las que se priva de libertad incumpliendo el requisito legal de que exista una autorizaci¨®n judicial previa", explican fuentes jur¨ªdicas.
Hace dos a?os los jueces especializados ordenaron 5.000 ingresos en centros psiqui¨¢tricos y en 1999 se registraron en torno a 4.000. Cabe la posibilidad de que un mismo enfermo ingrese varias veces a lo largo del a?o, pero cada vez que es hospitalizado el juez debe autorizarlo. "Se trata de personas que peri¨®dicamente sufren cuadros man¨ªacos espor¨¢dicos que requieren asistencia m¨¦dica urgente y, en no pocos casos, prolongada", afirman fuentes jur¨ªdicas.
El aumento de la carga de trabajo de estos ¨®rganos judiciales se debe a una mayor incidencia de patolog¨ªas como las anorexias en adolescentes y el Alzheimer en personas mayores. "La anorexia infantil est¨¢ aumentando mucho y, adem¨¢s, aqu¨ª, en Madrid, se tratan muchos de los casos que surgen a nivel nacional, pues hay un ¨¢rea especializada en esta afecci¨®n en el hospital del Ni?o Jes¨²s", explican fuentes jur¨ªdicas.
El juez decano de Madrid, Jos¨¦ Luis Gonz¨¢lez Armengol, explic¨® ayer que es precisa la creaci¨®n de al menos otro juzgados de incapacitaciones y tutelas "dado el fuerte incremento de la carga de trabajo que soportan los dos actuales".
Gonz¨¢lez Armengol matiza que los asuntos que llegan a estos ¨®rganos son "especialmente complejos" y requieren una atenci¨®n especial. Incapacitada una persona, corresponde al juez velar por su patrimonio y nombrar a un tutor que lo administre y d¨¦ cuentas al juzgado.
El juez decano de Madrid asegura que, mientras se decide si se crea o no un nuevo juzgado de este tipo, hay que reforzar los dos actuales con un juzgado bis, al frente del cual puede situarse un juez sustituto, uno en comisi¨®n de servicio o bien uno de la escuela judicial con expectativas de destino.
La gran carga de trabajo que soportan los dos juzgados actuales est¨¢ imposibilitando a sus titulares el poder cumplir la ley que obliga a la previa autorizaci¨®n judicial. Cuando una persona pierde la capacidad de autogobernarse, los familiares o los servicios de urgencia pueden llevarlo directamente a un centro psiqui¨¢trico.
No obstante, el m¨¦dico que atienda al enfermo est¨¢ obligado a comunicar al juez la hospitalizaci¨®n en un plazo de 24 horas, y el juez tiene que autorizarla en las siguientes 72 horas, tras visitar al paciente. De lo contrario, y con la ley en la mano, ese enfermo estar¨ªa siendo privado de libertad sin la preceptiva orden judicial.
Ahora, en Madrid hay muchos pacientes ingresados en centros psiqui¨¢tricos de forma ilegal, ya que los jueces est¨¢n tardando una media de entre 10 y 15 d¨ªas en ir a los hospitales, ver a los pacientes, y, en su caso, validar los internamientos.
La labor de los juzgados de incapacitaciones no se ci?e s¨®lo a visitar a los enfermos en los psiqui¨¢tricos, cuando son requeridos para ello por los m¨¦dicos. Tambi¨¦n, y a requerimiento de los servicios sociales, de vecinos o de familiares, se desplazan a domicilios particulares, acompa?ados de forenses, para dictaminar si una persona debe ser o no hospitalizada contra su voluntad y decidir si est¨¢ o no en condiciones de regir sus bienes.
Si el juez, tras visitar a un enfermo, decide incapacitarle, el siguiente paso es nombrarle un tutor que gestione su patrimonio.
"Cada vez son m¨¢s los casos de personas que son incapacitadas y que tienen grandes fortunas para ser administradas", se?alan las citadas fuentes.
El a?o pasado, ambos juzgados, aparte de ordenar m¨¢s de 6.000 ingresos de personas en centros asistenciales, designaron m¨¢s de 1.000 tutores para administrar bienes ajenos de otras tantas personas que fueron incapacitadas porque no pod¨ªan valerse por s¨ª mismas y hab¨ªan perdido la capacidad para administrar sus bienes.
"Hay tutores que acuden al juzgado y demandan hacer inversiones en determinados valores con el patrimonio de los incapaces; los jueces no son expertos en econom¨ªa y alguna veces se ven abocados a tomar decisiones sobre materias que ignoran", se?alan fuentes jur¨ªdicas.
Pero tambi¨¦n se da el caso opuesto; es decir, personas incapaces de autogobernarse y que no tienen medios econ¨®micos. O que, teni¨¦ndolos, no los usan para subsistir pese a que viven en la m¨¢s absoluta precariedad.
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