Sistemas de jurado en Europa
El catedr¨¢tico de Derecho Procesal Vicente Gimeno Sendra explica que en Europa existen tres sistemas de jurado: el puro o anglosaj¨®n, en el que los ciudadanos dictan el veredicto de culpabilidad o inocencia; un sistema de jurado mixto, implantado en Austria y B¨¦lgica; y el escabinado, o tribunal de jueces y legos, en pa¨ªses de nuestro entorno como Francia, Alemania, Grecia, Portugal e Italia.
- Sistema puro o anglosaj¨®n. Se funda en un veredicto sin motivar, sobre la inocencia o culpabilidad el acusado. Est¨¢ instaurado ante la High Court brit¨¢nica y tambi¨¦n el modelo de jurado conocido a trav¨¦s del cine judicial americano, que guarda adem¨¢s gran similitud con el jurado reinstaurado en Rusia.
- Sistema mixto. Los jurados deliberan solos, sin los jueces. Si el veredicto es de absoluci¨®n, se decreta ¨¦sta y en su caso se libera al reo, en tanto que si es de condena, los jurados se tienen que reunir con los jueces para decidir la extensi¨®n de las penas.
- Jurado escabinado o tribunal de escabinos. Integrado por jueces y ciudadanos legos en derecho, que deliberan conjuntamente todo el objeto del juicio. Salvo en Alemania, donde los magistrados son mayor¨ªa, la relaci¨®n es de un magistrado por cada tres ciudadanos. Los jueces escuchan lo que dicen los ciudadanos pero para condenar se precisa una mayor¨ªa reforzada, de entre 7 y 9 votos de culpabilidad. Este sistema, seg¨²n Gimeno Sendra, esta dise?ado para que jueces y ciudadanos tengan que discutir y convencerse y el ponente tiene que hacer una sentencia motivada.
- Sistema espa?ol. La Ley Org¨¢nica del Tribunal del Jurado de 1995 lo reintroduce en Espa?a, en cumplimiento del mandato del art¨ªculo 125 de la Constituci¨®n, casi 20 a?os despu¨¦s de promulgarse ¨¦sta. Es un sistema anglosaj¨®n reformado en el que nueve ciudadanos votan sobre los hechos. Pero han de hacerlo a trav¨¦s de una resoluci¨®n motivada, respondiendo a las cuestiones que plantea el magistrado-presidente. Despu¨¦s, en la votaci¨®n sobre la culpabilidad, se requieren siete votos para establecer la culpabilidad y cinco para la inculpabilidad.
- Propuesta del CGPJ. El sector conservador del Consejo del Poder Judicial propuso que cuando tras un segundo juicio con jurado no se alcance un veredicto, en vez de dictarse sentencia absolutoria como establece el art¨ªculo 65 de la ley, se celebre un nuevo juicio por un tribunal de magistrados profesionales. Los defensores del actual modelo opinan que una absoluci¨®n, tras dos juicios en los que no se obtienen siete votos de culpabilidad ni cinco de inocencia, no supone un "fracaso" del jurado, sino que es plenamente coherente con la instituci¨®n: "La imposibilidad del veredicto de culpabilidad es un veredicto en s¨ª mismo", alegan.
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