Menores y v¨ªctimas
El Gobierno parece dispuesto a llevar a cabo una reforma r¨¢pida de la Ley Penal del Menor, vigente desde hace apenas tres a?os, por el procedimiento oblicuo y verdaderamente extra?o de introducir las correspondientes enmiendas en el nuevo C¨®digo Penal pendiente de aprobaci¨®n en el Senado. Es cierto que la reforma se ci?e a dos aspectos muy concretos: facilitar la personaci¨®n de la familia de la v¨ªctima en el proceso y establecer un r¨¦gimen de internamiento m¨¢s severo para los autores de delitos especialmente graves. Pero ello no justifica hurtar su debate al Congreso y pretender introducirla a caballo de la tramitaci¨®n en el Senado de una ley distinta, aunque materialmente pr¨®xima como el nuevo C¨®digo Penal, imitando as¨ª los nefastos procedimientos legislativos al uso en la Ley de Acompa?amiento de los Presupuestos del Estado.
La reforma no es descabellada, pues responde a cuestiones suscitadas por la aplicaci¨®n de la ley en casos de cr¨ªmenes brutales como el asesinato de la joven Klara G. C., de 16 a?os, a manos de dos compa?eras de colegio y, m¨¢s recientemente, el asesinato y violaci¨®n de la joven Sandra Palo, cuyos presuntos autores comparecen estos d¨ªas ante un Juzgado de Menores de Madrid. Pero, por ello mismo, habr¨ªa exigido un proyecto de ley espec¨ªfico y un debate parlamentario pleno y en todo su recorrido, y no el parcial y precipitado del Senado. Habr¨ªa sido la ocasi¨®n de sopesar no s¨®lo el alcance de la reforma, sino las m¨²ltiples anomal¨ªas que se vienen observando en la aplicaci¨®n de la Ley del Menor desde su entrada en vigor.
Reforzar la protecci¨®n y defensa de las v¨ªctimas de los delitos violentos cometidos por menores es un punto espec¨ªficamente contemplado en el Pacto sobre la Justicia. Y aunque el PSOE se haya desvinculado del pacto y el Gobierno parezca dispuesto a sacar adelante la reforma sin su concurso, el principal partido de la oposici¨®n se ha mostrado dispuesto a discutirla, aunque critique el m¨¦todo y la precipitaci¨®n con que se acomete. Es cierto que los objetivos de reeducaci¨®n y resociabilidad asignados a la justicia penal del menor -persona sin madurez suficiente para interiorizar las normas de la sociedad- pueden verse cuestionados por la presencia directa en la causa como acusadores de las v¨ªctimas o sus familias, pero en ning¨²n caso el Derecho Penal puede aplicarse a sus espaldas. Si no una personaci¨®n procesal en toda regla, s¨ª es exigible que el fiscal, acusador y garante al mismo tiempo de los objetivos de reinserci¨®n del menor delincuente, ponga la m¨¢xima atenci¨®n en el derecho de las v¨ªctimas y act¨²e lo m¨¢s cerca posible de ellas.
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