La Ley Tributaria permitir¨¢ una rebaja del 25% en las multas si se retira el recurso
Los asesores fiscales recomiendan recurrir las sanciones para beneficiarse de una enmienda del PP
El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) est¨¢ recomendando a los contribuyentes que recurran todas las sanciones tributarias que tengan pendientes. El motivo es que con la nueva Ley General Tributaria, que entrar¨¢ en vigor el a?o que viene, los sancionados que hayan interpuesto un recurso y desistan finalmente de hacerlo podr¨¢n reducirse un 25% de la multa. Esta novedad no figuraba en el texto inicial de la ley, sino en una enmienda introducida por el Partido Popular en el Senado, que, al contar con mayor¨ªa absoluta, podr¨¢ salir adelante si no la retira antes.
La mayor¨ªa de los multados por Hacienda est¨¢n recurriendo desde el pasado mes de junio, cuando se empez¨® a tramitar la ley, antes de conocer la enmienda del Partido Popular, seg¨²n el REAF. El objetivo es retrasar el proceso hasta que entre en vigor la nueva normativa y comprobar si ¨¦sta resulta m¨¢s favorable, pues, una vez rija el texto actualmente en tramitaci¨®n, el sancionado puede elegir el m¨¢s beneficioso.
La Ley General Tributaria, que el Consejo de Ministros aprob¨® el pasado 30 de mayo, establece varias reducciones en las multas seg¨²n la disposici¨®n del sancionado a contribuir con Hacienda. El contribuyente podr¨¢ rebajarse un 50% cuando firme un acta de acuerdo con Hacienda (pacto sobre el modo de aplicar una norma); un 25% si la abona en periodo voluntario (antes de apremios y embargos) y un 30% si firma un documento por el que acata la sanci¨®n.
Con la enmienda del PP, adem¨¢s de analizar qu¨¦ legislaci¨®n le es m¨¢s favorable, el contribuyente podr¨¢ limitarse a pagar un 75% de la multa impuesta inicialmente s¨®lo con que decida abandonar el litigio. Los asesores fiscales consideran que esta iniciativa supone "un paso m¨¢s en la reducci¨®n de la conflictividad tributaria con respecto a las sanciones".
As¨ª, un contribuyente al que la Agencia Tributaria hubiese impuesto una multa del 42% sobre lo defraudado y que hubiera decidido recurrir, si finalmente renuncia a ejercer este derecho, ver¨¢ su multa reducida al 31,5% de la cantidad, al aplic¨¢rsele una rebaja del 25% sobre ese 42% que le corresponder¨ªa pagar.
Expedientes paralizados
El propio Ministerio de Hacienda es consciente de que casi ning¨²n contribuyente se resignar¨¢ a pagar este a?o lo que en 2004 puede resultar mucho menos gravoso. Por ese motivo decidi¨® en junio paralizar todos los expedientes sancionadores que no fueran firmes y retomarlos el pr¨®ximo mes de enero, una vez rija la nueva ley, para aplicar la norma m¨¢s beneficiosa. As¨ª lo anunci¨® en su momento el secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodr¨ªguez-Ponga.
Otra enmienda que ha introducido el PP en el Senado mejora las condiciones en que una empresa que subcontrate a otra su actividad debe responder de los incumplimientos fiscales de la segunda. El texto inicial de la Ley General Tributaria establec¨ªa que la empresa contratista deb¨ªa responder de la situaci¨®n de su subcontrata en caso de que ¨¦sta no estuviera al corriente de sus obligaciones fiscales. Hasta ahora ese procedimiento s¨®lo se aplicaba con las deudas de la Seguridad Social.
Con las ¨²ltimas modificaciones, a la empresa s¨®lo se le exigir¨¢ la parte correspondiente a las actividades que haya subcontratado (no todas las que realice la subcontrata). La enmienda, por tanto, rebaja el grado de responsabilidad de la compa?¨ªa que contrate.
Adem¨¢s se ampl¨ªa a 12 meses el periodo de vigencia del certificado en el que la Administraci¨®n garantiza que el subcontratista cumple con sus obligaciones (en el texto inicial era de un mes, y m¨¢s tarde, en el tr¨¢mite del Congreso, se ampli¨® a tres). Por ¨²ltimo, se obliga a la Administraci¨®n a que facilite este certificado en un plazo m¨¢ximo de tres d¨ªas.
La Ley General Tributaria se encuentra en su ¨²ltima fase de tramitaci¨®n. Las 372 enmiendas introducidas en el Senado el pasado martes tendr¨¢n ahora que discutirse y aprobarse o rechazarse. El texto resultante ser¨¢ el que entre en vigor en enero de 2004.
Adem¨¢s de reformar el sistema de sanciones, la Ley General Tributaria -sustituye al texto actual, que data de 1963- fija una nueva divisi¨®n de las infracciones, que ser¨¢n leves, con un l¨ªmite de 3.000 euros; graves (con ¨¢nimo de ocultaci¨®n) y muy graves (ocultaci¨®n con m¨¦todos fraudulentos). Por debajo de 3.000 euros, los fraudes no ser¨¢n sancionables.
Adem¨¢s, el texto penaliza a las empresas que no colaboren con la inspecci¨®n, aunque menos de lo previsto en un principio. La sanci¨®n ascender¨¢ a un m¨¢ximo del 3% de la facturaci¨®n de la empresa, cuando en los borradores previos a la aprobaci¨®n del Gobierno el m¨¢ximo se situaba en el 5%.
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