La posibilidad de la secesi¨®n
El nuevo Estatuto Pol¨ªtico no agota las aspiraciones de sus promotores. El art¨ªculo 12 establece expl¨ªcitamente que el r¨¦gimen de libre asociaci¨®n "no supone renuncia alguna de los derechos hist¨®ricos del Pueblo Vasco, que podr¨¢n ser actualizados en cada momento en funci¨®n de su propia voluntad democr¨¢tica".
La libre decisi¨®n se traduce a rengl¨®n seguido en la potestad para las instituciones vascas de convocar referendos, tanto en lo relativo a las competencias de cada comunidad como a las relaciones en tres ¨¢mbitos: con otros "territorios y comunidades del Pueblo Vasco", con Espa?a y en el ¨¢mbito internacional. La consulta en refer¨¦ndum se regular¨¢ mediante una ley del Parlamento vasco.
El texto deja (art¨ªculo 13.3) una v¨ªa abierta a la secesi¨®n y la independencia, siempre presentada como ejercicio de la libre decisi¨®n de los ciudadanos. As¨ª, se establece que si ¨¦stos, "en consulta planteada al efecto", mostraran "su voluntad clara e inequ¨ªvoca de alterar ¨ªntegra o sustancialmente el modelo y r¨¦gimen de relaci¨®n pol¨ªtica con el Estado espa?ol, as¨ª como las relaciones con el ¨¢mbito europeo e internacional", reguladas en el presente texto, las instituciones vascas y las espa?olas "se entender¨¢n comprometidas" a garantizar una negociaci¨®n que materialice, "de com¨²n acuerdo", esa voluntad.
El Estatuto quiere comprometer legalmente no s¨®lo a la Comunidad de Euskadi para la que se plantea, sino para toda Espa?a, planteando las relaciones mutuas en un r¨¦gimen de garant¨ªas jur¨ªdicas basado en la lealtad institucional y la cooperaci¨®n. Establece en ese sentido la salvaguarda de que el Estado no podr¨¢ aplicar unilateralmente el art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n (obligar a una comunidad a cumplir las obligaciones legales) "ni dictar unilateralmente medidas coercitivas de cumplimiento obligatorio" para Euskadi.
Se crea una Comisi¨®n Bilateral entre las dos partes, de composici¨®n paritaria, para "armonizar" las actuaciones sobre proyectos de ley que afecten a derechos fundamentales, la cooperaci¨®n normativa sobre las normas que puedan afectar al reparto competencial y la coordinaci¨®n en materia de relaciones exteriores.
Los conflictos entre ambas partes ser¨ªan resueltos por una nueva sala del Tribunal Constitucional, formada por seis magistrados de los que el Parlamento vasco nombrar¨ªa a tres.
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