En defensa del jurado
A ra¨ªz del caso Wanninkhof, vuelven a sonar los tambores que anuncian la inmediata reforma de la Ley del Jurado. Las cr¨ªticas a la instituci¨®n del jurado arrecian con m¨¢s fuerza cuando se constata que un tribunal t¨¦cnico, es decir, unos jueces profesionales, ha dictado una nueva sentencia en sentido contrario a la dictada por un jurado popular. Frente a esto, hay que hacer una reflexi¨®n concluyente: cada a?o se producen en Espa?a numerosos casos de sentencias de jueces o tribunales que son revisadas y anuladas por tribunales superiores y, sin embargo, a nadie se le ocurre plantear una reforma de las leyes procesales.
Se ha dicho que el proceso que acab¨® con la condena de Dolores V¨¢zquez, despu¨¦s revocada por el Tribunal Superior de Andaluc¨ªa, fue un gran fracaso de la Ley del Jurado. Nosotros sostenemos lo contrario, porque el proceso con jurado no termina con el veredicto que emiten los ciudadanos jurados, sino que se complementa con el sistema de recursos que la propia Ley del Jurado prev¨¦, sistema que permite la revisi¨®n de esa decisi¨®n.
Cuando se dice que el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa, primero, y el Tribunal Supremo, despu¨¦s, han impedido que se cometiera una injusticia provocada por la Ley del Jurado, se olvida que esa misma ley que se pretende denostar es la que permiti¨® subsanar la posible incorrecci¨®n que el jurado pudo cometer.
El gran sofisma de algunas cr¨ªticas con el jurado es que quienes las formulan no tienen ning¨²n problema en admitir que, aunque no deseable, es admisible que un juez profesional pueda equivocarse, pero no est¨¢n dispuestos a conceder ese margen de error a la instituci¨®n del jurado, a la que exigen una infalibilidad casi pontificia.
En realidad, el caso Wanninkhof ha sido un intento, afortunadamente fallido, de americanizar la instituci¨®n del jurado, en el peor sentido de la palabra, intentando trasplantar a nuestro ¨¢mbito judicial el patr¨®n de comportamiento policial, fiscal y judicial que hasta ahora cre¨ªamos patrimonio del cine. El escenario y los actores son bien conocidos: un brutal asesinato de una desvalida adolescente, una madre rota por el dolor, la ciudadan¨ªa y la presi¨®n de los medios de comunicaci¨®n exigiendo un culpable, la polic¨ªa presionada y necesitada de una pronta detenci¨®n, una fiscal¨ªa que antepone el enjuiciamiento y la condena de un simple sospechoso a una instrucci¨®n minuciosa y, como corolario, un juez instructor que se deja llevar por la inercia de los acontecimientos y acuerda una discutible medida de prisi¨®n. La escena final tambi¨¦n es conocida: la detenci¨®n casual de otra persona destapa la inquietante comprobaci¨®n de una cadena de errores, olvidos y falta de rigor policial y judicial que llev¨® a no reconsiderar que la autor¨ªa del crimen apuntaba hacia otra direcci¨®n, cuando hab¨ªa se?ales que permit¨ªan pensarlo.
Ahora, para calmar las cr¨ªticas, se quiere hacer responsable a la Ley del Jurado de este desastre, cuando en realidad el jurado ni siquiera estaba constituido en el a?o largo que Dolores V¨¢zquez permaneci¨® en prisi¨®n hasta el juicio.
No podemos olvidar que las estad¨ªsticas oficiales que se han hecho desde la implantaci¨®n del jurado demuestran que, en la mayor parte de esos juicios, los magistrados que los han presidido han reconocido que compart¨ªan el veredicto. Por tanto, hay que admitir que el juicio de los jurados, en la mayor¨ªa de los casos, se aplica con la misma equidad, imparcialidad y capacidad de razonamiento con el de los jueces.
El caso Wanninkhof es una magn¨ªfica oportunidad para analizar anomal¨ªas de los diferentes operadores jur¨ªdicos que intervienen en cualquier procedimiento con jurado (y tambi¨¦n sin ¨¦l) y detectar los defectos o deficiencias que haya que eliminar.
Hay que plantearse que los agentes de investigaci¨®n criminal de los cuerpos y fuerzas de seguridad dispongan de medios para acometer su funci¨®n con eficiencia e imparcialidad, acostumbr¨¢ndose a trabajar bajo la inevitable presi¨®n medi¨¢tica y evitando cerrar en falso los asuntos; hay que pedir a nuestros fiscales que sean especialmente cuidadosos al valorar los indicios y las pruebas de que disponen para solicitar la privaci¨®n de libertad de una persona; hay que prestar especial atenci¨®n a la forma en que todos los profesionales que comparecen ante un tribunal del jurado presentan sus evidencias o sus conclusiones, de tal forma que sus testimonios sean claros y veraces.
Habr¨ªa que plantearse muy seriamente la posibilidad de regular el uso p¨²blico de los datos que aparecen en el proceso judicial. La omnipresente imagen televisiva de la madre de la fallecida pregonando detalles de las actuaciones que se estaban instruyendo y declarando ante las c¨¢maras sobre circunstancias que los jurados hubieran debido conocer en el juicio, s¨®lo es excusable porque el respeto por el dolor ajeno aconseja benignidad en la cr¨ªtica. Esa regulaci¨®n deber¨ªa afectar muy especialmente a los abogados que intervienen es los procedimientos de jurado, para evitar la tentaci¨®n de utilizar los medios de comunicaci¨®n para preparar el terreno y atraer la opini¨®n de los ciudadanos a sus tesis. Dos d¨ªas antes de la aparici¨®n del nuevo sospechoso del asesinato de Roc¨ªo Wanninkhof, para demostrar la innegable culpabilidad de Dolores V¨¢zquez un abogado del caso aseguraba en la televisi¨®n de forma supuestamente indiscutible que, seg¨²n el Tribunal Supremo, dos indicios equivalen a una prueba. Cualquier profesional del derecho conoce que esta afirmaci¨®n es un sinsentido, pero la distorsi¨®n informativa ya habr¨ªa causado su efecto si un televidente, potencial miembro del jurado, se la hubiera cre¨ªdo como un dogma. El derecho a la informaci¨®n de los ciudadanos no puede confundirse con actuaciones que en lugar de informar pretenden reproducir fuera de los tribunales de justicia lo que debe resolverse dentro de ellos con las garant¨ªas legales. Dejemos que los periodistas se ocupen de informar y los abogados de defender, y no al rev¨¦s.
En caso contrario, tendremos una justicia de vodevil que puede resultar divertida para llenar los espacios de la programaci¨®n m¨¢s fr¨ªvola, pero que en absoluto ser¨¢ justa.
Juan Carlos Zayas, Jos¨¦ Rey y Jordi Tirvi¨® son abogados y profesores de la Escuela de Pr¨¢ctica Jur¨ªdica del Colegio de Abogados de Barcelona.
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