La juez mantiene el embargo de una cuenta de EE UU en Rota
El juzgado desoye la mediaci¨®n de Asuntos Exteriores para que suspendiera la medida
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Rota (C¨¢diz), Irene Partida, ha desestimado el recurso de nulidad presentado por Estados Unidos contra el embargo de una de sus cuentas en la base naval de Rota. La decisi¨®n se adopta pese a la mediaci¨®n del Ministerio de Exteriores que, en un escrito, pidi¨® al juzgado el levantamiento de la orden y advirti¨® de las "contramedidas" que EE UU pudiera adoptar.
EE UU aleg¨® "inmunidad de ejecuci¨®n", un concepto que impide la acci¨®n judicial ordinaria sobre bienes de la defensa de un pa¨ªs depositados en otro. Sin embargo, en un auto de 13 folios del pasado d¨ªa 4, la juez entiende que la cuenta corriente embargada, la del economato de la base militar, no est¨¢ sujeta a la defensa nacional de Estados Unidos.
La juez, que se ampara en jurisprudencia del Tribunal Constitucional, concluye: "La actividad del economato no puede interpretarse como b¨¢sica o fundamental ni para la estricta actividad militar ni para la misi¨®n espec¨ªfica del personal militar ni para el mantenimiento de ambos (...) No ha quedado acreditado que el embargo de una de las cuentas del citado economato, a trav¨¦s de la cual ¨²nicamente se est¨¢n haciendo pagos a proveedores y pagando al personal laboral local, afecte a la soberan¨ªa de EE UU".
El embargo responde a una sentencia del mismo juzgado sobre la demanda de la empresa malague?a Montasa contra EE UU por el impago de obras desarrolladas en la base naval.
La juez mantiene los bienes embargados en una cuenta del juzgado rote?o porque contra su decisi¨®n a¨²n cabe recurso en la Audiencia de C¨¢diz.
El abogado de Montasa, Enrique Sierra, calific¨® de "sorprendente" esta retenci¨®n y afirm¨® que se "incumple" la Ley de Enjuiciamiento Civil que, seg¨²n el abogado, establece que "la apelaci¨®n contra sentencias desestimatorias (...) carecer¨¢ de efectos suspensivos". El abogado anunci¨® que solicitar¨¢ el abono de los fondos que demanda su cliente por la obra realizada, 1,4 millones de euros.
Pese a este ¨²ltimo conflicto, el letrado expres¨® su satisfacci¨®n por el contenido del auto de la juez, quien, seg¨²n su criterio, "con una argumentaci¨®n muy s¨®lida y brillante, reconoce la validez del embargo y da la raz¨®n a Montasa".
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