Fumar porros no justifica un despido
El Tribunal Superior ordena readmitir a un alba?il que consum¨ªa hach¨ªs porque eso no afect¨® a su rendimiento laboral
Fumar unos porros en el trabajo no justifica un despido si no influye negativamente en el rendimiento laboral del obrero. ?se es el criterio que ha aplicado el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) en una sentencia por la que anula el despido de un alba?il que consum¨ªa hach¨ªs de manera habitual en la obra despu¨¦s de almorzar. El Juzgado de lo Social n¨²mero 1 de Granollers declar¨® procedente el despido por causas disciplinarias, pero el afectado recurri¨® y ahora el TSJC ha ordenado su readmisi¨®n o que se le abonen 2.051 euros de salarios de tramitaci¨®n, informa Efe.
En este caso, adem¨¢s, se da la particularidad de que la empresa sab¨ªa que el alba?il fumaba porros y nunca le recrimin¨® su actitud ni le advirti¨® previamente, explican los jueces. No existe, por tanto, el requisito de habitualidad de la conducta. Adem¨¢s, el obrero compart¨ªa los canutos con otros dos empleados, hermanos y socios de la misma empresa, y dentro de su jornada laboral. La sentencia recuerda que el Estatuto de los Trabajadores se?ala como causa de extinci¨®n del contrato la embriaguez habitual o la toxicoman¨ªa "si repercuten negativamente en el trabajo". Pero nada de eso sucedi¨® en este caso, porque el afectado no es toxic¨®mano, "lo que podr¨ªa ser interpretado flexiblemente en el sentido de que era consumidor m¨¢s o menos habitual de hach¨ªs", dicen los jueces. Adem¨¢s, "la direccci¨®n de la empresa era conocedora de esa situaci¨®n y la consent¨ªa", teniendo en cuenta que se trataba de "una actividad peligrosa como es evidentemente la del ramo de la construcci¨®n, con el consiguiente riesgo para el propio trabajador y para el resto de los trabajadores de la empresa".
La sentencia explica que el n¨²cleo de la cuesti¨®n, recogido en numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo para avalar un despido en un caso as¨ª, es que el consumo de hach¨ªs influya manera negativa en el rendimiento laboral, algo que tampoco ocurri¨®. Primero lo dijo el juez que ratific¨® el despido y ahora el Tribunal Superior insiste en que "la ejecuci¨®n del trabajo en la obra se ha llevado a cabo a un ritmo normal", por lo que se desprende que los porros no tuvieron "ninguna repercusi¨®n en un posible retraso". Y en estas circunstancias, el hecho de que el obrero fumase porros no es causa de despido, "sin perjuicio de la reprobaci¨®n social que tal conducta pueda tener", a?aden los jueces.
No hay discriminaci¨®n
El alba?il aleg¨® tambi¨¦n que los otros dos obreros que fumaban hach¨ªs con ¨¦l conservaron su trabajo y que eso vulneraba el principio de igualdad en las relaciones laborales porque sus conductas son "iguales o semejantes". Pero los jueces no le dan la raz¨®n porque, dicen, las conductas de unos y otros obreros pueden ser distintas y, por tanto, pueden merecer una sanci¨®n diferente por parte de la empresa. O ninguna.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.