El Tribunal de Cuentas denuncia graves anomal¨ªas en la gesti¨®n del Fondo Salarial
El Fogasa recibe m¨¢s dinero de la Seguridad Social del que paga a los trabajadores desde 1999
El Tribunal de Cuentas ha detectado graves anomal¨ªas en el Fondo de Garant¨ªa Salarial (Fogasa), organismo p¨²blico que indemniza a los trabajadores despedidos cuando sus empresas atraviesan dificultades. El fondo incurre en "serias deficiencias en la gesti¨®n y control" de sus deudores, las empresas a las que adelanta dinero, seg¨²n un informe del tribunal, que indica que el Fogasa perdi¨® 8,2 millones de euros en tres a?os al vender los bienes con los que a veces las empresas saldan sus deudas. Desde 1999, el fondo ingresa m¨¢s de lo que paga a los trabajadores, lo que ha generado un excedente de 1.014 millones.
El Fogasa, que depende del Ministerio de Trabajo, paga a los trabajadores los salarios e indemnizaciones por despido que no pueden abonarles sus empresas por afrontar una grave crisis (insolvencia, suspensi¨®n de pagos, quiebra o concurso de acreedores). Pero tal favor del Estado a las empresas no es gratis. El Fogasa se convierte en acreedor de las compa?¨ªas, que deben dar prioridad a la deuda contra¨ªda con Trabajo frente a otras. Sin embargo, en esta labor de recuperaci¨®n del dinero p¨²blico anticipado, el Fondo incurre en "serias deficiencias", seg¨²n un informe del Tribunal de Cuentas reci¨¦n aprobado sobre una inspecci¨®n de 2001. ?stas son las principales cr¨ªticas:
- Recuperaci¨®n de la deuda. "Con car¨¢cter general debe indicarse que existen serias deficiencias en la gesti¨®n y control de estos deudores, tanto en lo que se refiere a la determinaci¨®n inicial de la deuda como a las bajas tramitadas por cobro o por declaraci¨®n de insolvencia". Esta deficiente recuperaci¨®n del dinero se sustenta en dos pilares de mala gesti¨®n: la base de datos no registra la deuda real y no realiza una gesti¨®n coordinada y homog¨¦nea de sus deudores.
Tales fallos acarrean un problema de hondo calado pol¨ªtico. "Como consecuencia de las deficiencias de control antes se?aladas, la gesti¨®n recuperatoria desarrollada por el organismo adolece de falta de impulso, pues no se requiere el pago al deudor cuando se produce la subrogaci¨®n; tampoco realiza Fogasa ninguna actuaci¨®n general y sistematizada de b¨²squeda de bienes de los deudores, al menos de aquellos deudores de cierta magnitud".
El informe cita numerosas deficiencias que facilitan el impago de la deuda y, por tanto, perjudican al erario p¨²blico. En algunos casos, la falta de los datos legalmente exigibles "incrementa el riesgo de impago". En otro ejemplo se se?ala que el Fogasa no ha actuado "con la diligencia debida" al analizar los bienes o derechos que la empresa deudora debe aportar como garant¨ªa. Cuando la garant¨ªa est¨¢ constituida por bienes muebles, no se verifica que el valor del bien asegure el valor de la deuda pendiente. En suma, el Fogasa no investiga "la situaci¨®n de los bienes entregados como garant¨ªa, lo que produce, en ocasiones, un menoscabo del inter¨¦s del organismo".
- Intereses y valores err¨®neos. El informe detalla errores burdos. "Fogasa ha calculado en muchas ocasiones incorrectamente los intereses derivados de los convenios de pago suscritos, porque las tablas de amortizaci¨®n de los convenios se calculan por la aplicaci¨®n inform¨¢tica, y ¨¦sta s¨®lo contempla el sistema franc¨¦s para su amortizaci¨®n. El Fogasa no ha interpretado correctamente la orden que establece que las cantidades aplazadas y pendientes de pago devengar¨¢n el inter¨¦s legal del dinero vigente en cada ejercicio econ¨®mico". Esto ¨²ltimo, en unos casos ha perjudicado al Estado, que ha perdonado deuda, y, en otros, al deudor, que no se ha beneficiado del descenso de tipos.
- Enajenaci¨®n de bienes. A veces las empresas saldan deudas entregando bienes. Y aqu¨ª Fogasa vuelve a fallar. "Ha aceptado daciones en pago de bienes, sin que se haya realizado la oportuna peritaci¨®n de los bienes o habi¨¦ndose efectuado ¨¦sta con graves deficiencias". Tampoco opera diligentemente para recuperar deuda por v¨ªa judicial, pues no facilita la informaci¨®n necesaria.
Este procedimiento deber¨ªa facilitar, al menos, ingresos iguales al valor oficial de los bienes entregados. Sin embargo, produce p¨¦rdidas. "El resultado obtenido por Fogasa por la enajenaci¨®n de los bienes adjudicados en pago de deuda ha supuesto para el organismo unas p¨¦rdidas en torno a los 8,2 millones de euros entre 1999 y 2001, lo que representa el 29,9% del valor de adjudicaci¨®n de los bienes enajenados".
Ese hecho es le¨ªdo de manera inequ¨ªvoca: "Este resultado negativo alcanza especial incidencia en los bienes que se adjudican directamente al organismo en pago de deuda, lo que pone de manifiesto la falta de realidad de las valoraciones asignadas y la necesidad de reformular los sistemas de enajenaci¨®n que Fogasa viene empleando, a fin de evitar que la adjudicaci¨®n de bienes en pago de deuda se convierta en una fuente constante de p¨¦rdidas para el organismo y en una v¨ªa de condonaci¨®n impl¨ªcita de deuda".
- M¨¢s cuotas que prestaciones. Fogasa se nutre, fundamentalmente, de cuotas recaudadas por la Seguridad Social. Y el informe constata que desde 1999 ingresa m¨¢s de lo que paga a los trabajadores. En la actualidad, el excedente supera los 1.000 millones de euros. El tribunal no lo juzga un ¨¦xito. "El super¨¢vit de estas magnitudes financieras aconseja que el Ministerio de Trabajo estudie la conveniencia de seguir manteniendo las cotizaciones al organismo en el nivel actual o, en su caso, incrementar el nivel de las prestaciones que satisface".
El informe se?ala que tan ins¨®lito beneficio tiene un claro origen: "El motivo principal no ha sido tanto la evoluci¨®n de los ingresos por recaudaci¨®n de cuotas, que en los tres ¨²ltimos a?os se han incrementado a una tasa interanual de un 10%, como la evoluci¨®n de los pagos de prestaciones que en 2000 a 2001 se han reducido a menos de la mitad de las prestaciones reconocidas en los ejercicios de 1997 y 1998".
Opacidad y descoordinaci¨®n
El informe subraya la dificultad del Tribunal de Cuentas para fiscalizar distintos aspectos contables del Fogasa. A 31 de diciembre de 2001, el organismo s¨®lo ten¨ªa contabilizados a los deudores derivados de prestaciones satisfechas en 1999, 2000 y 2001. "Los correspondientes a ejercicios anteriores no estaban registrados". El tribunal ha hallado incluso diferencias entre lo oficialmente pagado y lo realmente abonado.
La falta de datos es alarmante: "La informaci¨®n contable sobre sus deudores no le permite conocer el detalle de lo que adeuda cada deudor". Un detalle sobre la pereza recaudatoria: "En caso de incumplimientos de convenios, el plazo medio que tarda el organismo en efectuar el requerimiento de pago es de 17 meses, lo que resulta excesivo".
El informe critica la perniciosa competencia que se produce entre Fogasa, Seguridad Social y Hacienda al intentar cobrar sus respectivas deudas a una misma empresa. "Esta situaci¨®n pudiera resultar contraria a los principios de econom¨ªa, eficacia y eficiencia en la gesti¨®n de los recursos p¨²blicos a que se refiere el texto constitucional". Pero hay peores signos de descoordinaci¨®n: "Fogasa no comunica a la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria las cantidades satisfechas a los trabajadores en concepto de salarios o de indemnizaciones, por lo que existe el riesgo de que quien percibe estas prestaciones no las incorpore a su base imponible de IRPF, sin que la Agencia tenga conocimiento. Este tribunal considera que debiera facilitar estos datos a la Agencia".
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