Incapacidad
La extinci¨®n de la incapacidad temporal, por el transcurso de su plazo m¨¢ximo de duraci¨®n (18 meses), sin que el trabajador haya recuperado su estado f¨ªsico normal determina que se inicie un proceso para valorar si las secuelas que presenta constituyen uno de los grados de incapacidad permanente que admite nuestro derecho. ?Qu¨¦ obligaciones van a recaer sobre la empresa en este caso?
En primer lugar, el agotamiento de la incapacidad temporal va a extinguir las obligaciones del empresario con el trabajador. Hasta entonces deb¨ªa abonarle la prestaci¨®n, generalmente en r¨¦gimen de pago delegado, as¨ª como cotizar por ¨¦l. Pero a partir de ese momento desaparecer¨¢ la obligaci¨®n de cotizar, debiendo darle de baja en la Seguridad Social. Aunque el trabajador continuar¨¢ percibiendo el subsidio, ser¨¢ a cargo de la entidad competente.
No obstante, una vez declarada la incapacidad permanente o denegada ¨¦sta, puede surgir de nuevo la relaci¨®n laboral. As¨ª, si al trabajador le fuera denegada la incapacidad, estar¨¢ obligado a reincorporarse inmediatamente al trabajo, de forma que, si no lo hiciera, el empresario puede deducir las consecuencias extintivas correspondientes, ya sean disciplinarias o en orden a considerar la existencia de un desistimiento.
Si el trabajador hubiera sido declarado con incapacidad permanente parcial, tambi¨¦n va a tener derecho a la reincorporaci¨®n. La forma en que se producir¨¢ ¨¦sta depender¨¢ de si las disfunciones que presenta afectan o no a su rendimiento. Si se acreditase una disminuci¨®n en el rendimiento, se deber¨¢ ocupar al trabajador en un puesto de trabajo adecuado a su capacidad. De no existir ninguno, podr¨¢ reducirse proporcionalmente su salario, sin que tal disminuci¨®n pueda ser superior al 25% ni los ingresos ser inferiores al SMI.
Por su parte, la incapacidad total es causa de extinci¨®n del contrato, por lo que la empresa no tiene, en principio, obligaci¨®n de reincorporar al trabajador. Se van a exceptuar los supuestos en los que se prevea una posible mejor¨ªa o los casos de recuperaci¨®n profesional de la capacidad, en los que tendr¨¢ preferencia en la primera vacante que resulte adecuada a su capacidad laboral.
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