Condenan a seis meses al capataz de una obra por un siniestro mortal
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis meses de prisi¨®n al encargado de una f¨¢brica de aluminios de Alcal¨¢ de Guadaira (Sevilla) donde falleci¨® un obrero de 23 a?os de edad aplastado por la carga que transportaba en una gr¨²a, para cuyo uso el accidentado no estaba cualificado. El accidente laboral ocurri¨® el 6 de septiembre de 1996 en la empresa Extrugal, donde el joven J.B.H. transportaba una carga de aluminio en un puente-gr¨²a "a una altura pr¨®xima a los techos ya que la nave se hallaba totalmente ocupada y no exist¨ªa siquiera se?alizaci¨®n en el suelo del espacio que deb¨ªa quedar libre para el transporte".
La sentencia recuerda que los materiales apilados en la nave obligaban al trabajador a situarse justo debajo de la carga y que adem¨¢s se hab¨ªa retirado el limitador de altura del puente-gr¨²a, con objeto de poder trasladar las cestas de material a una considerable altura, en lugar de los 30 o 40 cent¨ªmetros habituales, para poder salvar los obst¨¢culos dentro de la nave.
La Audiencia de Sevilla eleva en su fallo a seis meses de c¨¢rcel la condena de multa impuesta por el Juzgado de lo Penal n¨²mero 1 de Sevilla al encargado de la f¨¢brica M.A.P., ya que considera demostrado que incurri¨® en "una grave infracci¨®n de las normas elementales de seguridad en el trabajo".
Sin conciencia
Adem¨¢s, el fallo recuerda que en la empresa "las personas que manejaban la gr¨²a no hab¨ªan seguido un curso para ello sino que eran simples peones que aprend¨ªan a manejarla viendo a los otros". En estas circusntancias, el joven fallecido, que s¨®lo llevaba dos meses trabajando en la empresa, "o bien obr¨® sin conciencia clara del peligro que corr¨ªa por habituaci¨®n al riesgo o bien prefiri¨® afrontarlo antes que exponerse a las consecuencias de reclamar dispositivos de seguridad".
La Audiencia de Sevilla, por otra parte, impone tambi¨¦n una multa de 360 euros al due?o de la f¨¢brica N.O.B. porque, pese a la delegaci¨®n de funciones en el encargado, visitaba su empresa con frecuencia "dos o tres veces por semana" y "no se apercibi¨® de las condiciones peligrosas en las que se trabajaba" en el interior de la misma.
La gr¨²a accidentada, recuerda la sentencia, hab¨ªa sufrido al menos ocho aver¨ªas en los cinco meses anteriores al accidente debido a su uso inadecuado y a los tirones laterales que hab¨ªan debilitado el cable.
Los jueces imponen adem¨¢s el pago de 72.121 euros de indemnizaci¨®n, que ya han sido abonados por las compa?¨ªas de seguros, a la madre del obrero fallecido, que era soltero, y aplica a los procesados la atenuante de dilaciones indebidas en la administraci¨®n de justicia porque la causa tard¨® en instruirse m¨¢s de seis a?os debido a los cambios de titular en el juzgado de Alcal¨¢ de Guadaira.
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