El Constitucional sentencia que la Mesa del Congreso vulner¨® derechos de los diputados socialistas
El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo al portavoz del Grupo Socialista en el Congreso, Jes¨²s Caldera, y declara, en sentencia notificada ayer, que la Mesa del Congreso vulner¨® "el derecho de los parlamentarios" socialistas "a ejercer sus cargos p¨²blicos" en los t¨¦rminos que se?ala la Constituci¨®n. La Mesa del Congreso, en la que el PP tiene mayor¨ªa absoluta, neg¨® la petici¨®n socialista para que compareciese el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) e informase, en comisi¨®n, sobre la posici¨®n del CGPJ ante el indulto del juez Javier G¨®mez de Lia?o, que fue condenado por prevaricaci¨®n, por el Supremo, en el caso Sogecable.
La sentencia, en uno de sus fundamentos jur¨ªdicos, se?ala que la Mesa no puede limitar el ejercicio de los derechos que forman el n¨²cleo sustancial de los representantes de los ciudadanos y, adem¨¢s, da un paso importante, seg¨²n subraya la secretaria general del grupo parlamentario socialista, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, al establecer que limitando los derechos de los parlamentarios tambi¨¦n se infringe el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos p¨²blicos "directamente o por medio de sus representantes" que consagra el art¨ªculo 23.1 de la Constituci¨®n.
La sentencia del Constitucional razona que la Mesa del Congreso debe limitarse a verificar que se han cumplido los tr¨¢mites reglamentarios para la solicitud de comparecencia sin entrar en el fondo de la petici¨®n que, en todo caso, corresponder¨ªa a la Comisi¨®n de Justicia e Interior "en cuya mano estaba" aceptar o no la comparecencia pedida por los socialistas. Adem¨¢s se?ala el Constitucional que se trataba de una solicitud de informaci¨®n para posibilitar, en su caso, "el ulterior ejercicio de la funci¨®n de control del Gobierno".
En 2002, el Constitucional tambi¨¦n otorg¨® amparo al Grupo Socialista despu¨¦s de que la Mesa denegara la comparecencia de presidentes de empresas p¨²blicas privatizadas. En ambos casos los fallos s¨®lo tienen el efecto de declarar vulnerado el derecho pero sin consecuencias pr¨¢cticas para ejercerlo en la realidad.
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