S¨®lo se ha celebrado un tercio de los 8.400 juicios r¨¢pidos previstos en 2003
La falta de medios en la polic¨ªa es la causa de la par¨¢lisis del sistema, seg¨²n los jueces
Los juicios r¨¢pidos, una de las armas con las que el ministro del Interior, ?ngel Acebes (PP), quer¨ªa terminar con la escalada de la delincuencia, no termina de arrancar. Desde abril, mes en que se pusieron en marcha, a diciembre se han celebrado 2.800, s¨®lo un tercio de los 8.400 casos previstos. La causa de este desfase, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, hay que buscarla en la falta de medios de la polic¨ªa para enviar a los nuevos juzgados todos los asuntos por delito susceptibles de juicio r¨¢pido. La media de atestados enviados a la plaza de Castilla ha sido de 11 al d¨ªa.
Los tres juzgados de guardia que se encargan a diario de tramitar e instruir estos juicios r¨¢pidos (que permiten que los delincuentes sean sentenciados en menos de 15 d¨ªas de un delito y de 48 horas si se trata de una falta) han tocado a algo m¨¢s de tres asuntos diarios.
Estos juzgados, adem¨¢s de ocuparse de esto, tienen encomendada la tarea de tramitar las ¨®rdenes de protecci¨®n inmediata frente a agresiones en el ¨¢mbito familiar. La fiscal¨ªa de Madrid -tal como consta en su memoria de 2003- preve¨ªa que se tramitaran al d¨ªa como juicios r¨¢pidos por delito en torno a 34 atestados (11 por cada juzgad).
Los jueces de Madrid bajaron el list¨®n de la fiscal¨ªa y lo pusieron en 24 juicios r¨¢pidos por delito diarios, de tal forma que cada uno de los tres juzgados de guardia tramitase unos ocho al d¨ªa.
El problema de la deficiente cifra de juicios r¨¢pidos por delito celebrados radica, seg¨²n fuentes cercanas al Consejo General del Poder Judicial, en que la polic¨ªa, "por falta de efectivos o por lo que sea", no han remitido, "ni de lejos", la cifra de atestados prevista.
Si ¨¦sta era la previsi¨®n de jueces y fiscales, la del Ministerio de Justicia, que en la actualidad dirige Jos¨¦ Mar¨ªa Michavila, del PP, era todav¨ªa m¨¢s optimista. El Gobierno lleg¨® a decir que un 50% de las causas penales que llegaran a las comisar¨ªas, con autor conocido, pod¨ªan desarrollarse como vistas r¨¢pidas.
A estas cifras hay que a?adir que no todos esos atestados se han tramitado al final como juicios r¨¢pidos. De los 2.800, s¨®lo ha habido calificaci¨®n del ministerio fiscal en unos 1.750 casos.
Tambi¨¦n se han producido errores policiales. Cuando se produce un hecho il¨ªcito, es la polic¨ªa la que hace una primera calificaci¨®n jur¨ªdica del mismo. Es decir, decide si lo ocurrido es un delito o una falta, y lo tramita como tal para el juicio r¨¢pido.
600 detenidos sin raz¨®n
En unos 600 casos los jueces rectificaron a la polic¨ªa y convirtieron en una falta el atestado que les hab¨ªa llevado la polic¨ªa. Quiere esto decir que durante el a?o pasado la polic¨ªa detuvo a unas 600 personas que jam¨¢s debi¨® detener atendiendo a la naturaleza de la infracci¨®n penal cometida.
Los agentes, en cambio, en un 20% de los casos entendieron que el hecho delictivo cometido era un delito susceptible de juicio r¨¢pido y err¨®neamente detuvieron al afectado para llevarle a los juzgados al d¨ªa siguiente. Tambi¨¦n sucedi¨® a la inversa en unos 450 casos; es decir, personas que s¨ª debieron ser detenidas, porque el hecho que se les atribu¨ªa era un delito, y, sin embargo, la polic¨ªa no lo hizo y tramit¨® el asunto como una falta.
En estas cifras no se incluyen los juicios r¨¢pidos por faltas, que llevan una tramitaci¨®n distinta y para los que hay un juzgado de guardia diario y espec¨ªfico. La previsi¨®n hecha por los jueces era celebrar unos 16 juicios de este tipo diarios, al margen de las vistas c¨¦leres por delito.
Entre mayo y octubre (es decir, en los seis primeros meses de funcionamiento de los juicios r¨¢pidos), los agentes policiales remitieron a los juzgados para juicio r¨¢pido por faltas 2.072 asuntos. Con ellos se hicieron 1.741 juicios. En ese periodo se tramitaron, adem¨¢s, 1.986 asuntos que consideraron como delitos.
De esos 1.986 asuntos se se?alaron para juicio r¨¢pido, a celebrar en los 15 siguientes d¨ªas en los juzgados de lo penal, un total de 474 asuntos. Y no llegaron a juicio, porque los reos se conformaron con la pena que el fiscal les solicitaba, 694 atestados.
La ley que regula los juicios r¨¢pidos favorece que el reo se conforme con la pena solicitada por el fiscal. De tal forma que el acusado que acepta la pena que le pide el ministerio p¨²blico en el juzgado de instrucci¨®n, al d¨ªa siguiente de cometido el correspondiente delito, tiene derecho a que el juez se la reduzca en un tercio.
La labor necesaria de los agentes
Expertos en Derecho consultados por este peri¨®dico se?alan que los errores policiales (considerar el delito como falta o al rev¨¦s de forma que dificultan la tramitaci¨®n de atestados) no obedecen en s¨ª a una falta de preparaci¨®n de los agentes. "Dentro de los polic¨ªas nacionales y municipales hay muchos profesionales solventes y cualificados", sostienen. La causa de la escasa tramitaci¨®n hay que buscarla en la falta de medios que padecen los agentes, prosiguen las mismas fuentes. "Necesitan m¨¢s medios y apoyo, de tal forma que, sin abandonar las tareas policiales propias, puedan desarrollar tareas burocr¨¢ticas derivadas de la tramitaci¨®n de los juicios r¨¢pidos", se?alan estos medios, y a?aden:
Los citados medios del Consejo General del Poder Judicial explican que "el sistema de juicios r¨¢pidos falla en el origen tal y como est¨¢ concebido, porque est¨¢ dise?ado como un procedimiento de instrucci¨®n b¨¢sicamente policial; por eso s¨®lo puede tramitarse como r¨¢pido lo que llega al juzgado por atestado y no lo que llega directamente como denuncia de los particulares".
Para que funcionen correctamente los juicios r¨¢pidos y no se atasque el sistema, prosiguen las mismas fuentes, la labor de la polic¨ªa es crucial. Son los agentes quienes, una vez detenido el delincuente, deben citar sobre la marcha a los testigos para que acudan al d¨ªa siguiente al juzgado de guardia y presten la correspondiente declaraci¨®n.
Adem¨¢s, los agentes, al menos durante el a?o que acaba de finalizar, tambi¨¦n deb¨ªan ir al d¨ªa siguiente al juzgado de guardia que correspondiera para ratificar el atestado donde se detalla lo ocurrido en la denuncia. Ah¨ª es donde, hasta el momento, ha radicado el problema de la escasa tramitaci¨®n de expedientes, seg¨²n los citados medios.
Y esto es debido a que a los polic¨ªas el Estado no les paga ning¨²n tipo de dieta o retribuci¨®n por el hecho de hacer esa labor necesaria. Para muchos agentes, pues, constituye un problema personal detener a un delincuente, por ejemplo, un viernes y que el caso de esta persona sea catalogado como susceptible de adscribirse al sistema de juicios r¨¢pidos.
Ello obligar¨ªa al agente a tener que desplazarse al d¨ªa siguiente, s¨¢bado, al juzgado para ratificarse en la denuncia, coincidiendo, en muchos casos, con una de sus jornadas de descanso.
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