El recurso m¨¢s antiguo, contra una ley civil gallega, es de 1993
El recurso de inconstitucionalidad m¨¢s antiguo pendiente de resoluci¨®n por el Pleno del Tribunal Constitucional consiste en la impugnaci¨®n que el Gobierno socialista hizo en 1993 de una Ley del Parlamento de Galicia, de 15 de julio de ese a?o, sobre el recurso de casaci¨®n en materia de derecho civil especial de Galicia.
La ley gallega declar¨® la competencia auton¨®mica para regular el recurso de casaci¨®n ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia contra sentencias definitivas de las Audiencias Provinciales de Galicia por infracciones del ordenamiento jur¨ªdico civil gallego.
El recurso del presidente del Gobierno de la naci¨®n impugn¨® la ley gallega por "concurrencia de competencias auton¨®micas en materia de legislaci¨®n civil especial con las estatales sobre legislaci¨®n procesal". El recurso figura con el n¨²mero 3.141/1993. El ponente es Pablo Garc¨ªa Manzano.
Los recursos de inconstitucionalidad planteados por las autoridades u ¨®rganos estatales o auton¨®micos legitimados para ello y las cuestiones de inconstitucionalidad, que interponen los jueces y tribunales, se refieren a normas legales y son admitidos.
En cambio, m¨¢s del 95% de los recursos de amparo que interponen los ciudadanos en defensa de sus derechos fundamentales son inadmitidos.
M¨²gica, entre dos tribunales
Uno de los escasos recursos de amparo que se libr¨® de la inadmisi¨®n fue, adem¨¢s, elevado al Pleno del Tribunal Constitucional. El amparo fue pedido por la editora del diario Claro, ya desaparecido, contra la condena que le impuso en 1998 la Sala Civil del Supremo, consistente en indemnizar a Enrique M¨²gica Herzog (actual Defensor del Pueblo) con 50 millones de las antiguas pesetas por intromisi¨®n ileg¨ªtima en su derecho al honor.
La Sala Civil del Supremo -que hace un mes conden¨® por "negligencia profesional grave" a 11 jueces del Constitucional por falta de motivaci¨®n al inadmitir un recurso de amparo- anul¨®, a petici¨®n de M¨²gica, los fallos del juez de primera instancia y de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvieron al Claro.
El Supremo razon¨® que la informaci¨®n publicada contra Enrique M¨²gica no fue obtenida "rectamente", sino de las declaraciones de un narcotraficante que obraban en un sumario en un juzgado de instrucci¨®n y que no originaron acusaci¨®n del fiscal. La sentencia elev¨® la indemnizaci¨®n por "la personalidad agraviada" de un ex ministro de Justicia.
El recurso de amparo plantea la prevalencia del derecho a la informaci¨®n sobre el derecho a la intimidad y al honor. Est¨¢ registrado con el n¨²mero 988/1998 y la ponente es la magistrada Elisa P¨¦rez Vera.
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