Gobernaci¨®n, condenado por dos muertes debidas a la falta de equipos de salvamento
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a ha condenado al Departamento de Gobernaci¨®n de la Generalitat a indemnizar con 73.774 euros a la viuda de un hombre que falleci¨® en la playa de Tossa de Mar (Selva) junto a su hija por la falta de equipos de salvamento. El padre estuvo m¨¢s de media hora intentando rescatar a la ni?a en medio de un gran oleaje, y durante este tiempo no acudi¨® a la zona ning¨²n equipo de rescate.
"No resulta admisible que los servicios de salvamento precisaran de un tiempo superior a los 30 minutos para acudir al lugar del accidente, sito en una localidad de las caracter¨ªsticas de Tossa de Mar para hacer frente a un temporal mar¨ªtimo fuerte, pero no excepcional, en el que perdieron la vida dos personas", asegura la sentencia, dictada por la Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC y de la que ha sido ponente ?ngel Garc¨ªa Fontanet.
Los hechos ocurrieron a las 15.00 horas del 29 de diciembre de 1996, cuando la pareja paseaba con dos hijas de 18 y 10 a?os por la carretera de acceso al castillo de Tossa de Mar. Las hijas se separaron de ellos y se adentraron por un camino de rocas para ver de cerca el mar, cuando una ola rompi¨® frente a ellas y arrastr¨® a la mayor. El padre se arroj¨® al mar a salvarla y la alcanz¨®. Durante m¨¢s de 30 minutos nad¨® hasta la playa, pero el mar la arrastr¨® y desapareci¨® entre las olas. Nada m¨¢s ocurrir el accidente un polic¨ªa local fue avisado de lo ocurrido y en el lugar se personaron otros agentes del mismo cuerpo, dos submarinistas y bomberos de los parques de bomberos de Lloret, Ma?anet y Girona, adem¨¢s de helic¨®pteros de los servicios de salvamento de la Generalitat.
El Ayuntamiento, exculpado
La sentencia explica que esos equipos no pudieron evitar la muerte del padre y la hija "por falta de medios adecuados o por haber acudido cuando la tragedia se hab¨ªa producido". El tribunal exime al Ayuntamiento de Tossa de Mar porque "actu¨® como pudo y le permit¨ªan sus medios. El salvamento mar¨ªtimo no es de su competencia. Tampoco el servicio de bomberos. Los hechos ocurrieron en el acantilado fuera de la zona de la playa o de ba?os", agrega la sentencia, contra la que puede recurrirse al Tribunal Supremo.
Los jueces culpan al Departamento de Gobernaci¨®n porque es el responsable de las tareas de salvamento mar¨ªtimo, pues la competencia del Estado se limita a la aprobaci¨®n de disposiciones sobre esa maneria.
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