Registro del maltrato
En la lucha contra la violencia dom¨¦stica es bienvenida cualquier iniciativa que, siendo inequ¨ªvocamente legal, contribuya eficazmente al objetivo de erradicar esa lacra social que s¨®lo en el a?o 2003 produjo la muerte de al menos 70 mujeres. El registro central para la protecci¨®n de las v¨ªctimas de la violencia dom¨¦stica creado en el Ministerio de Justicia responde a ese objetivo. No es el registro p¨²blico de maltratadores que algunos propusieron en su d¨ªa, orientado sobre todo al escarnio social de este tipo de delincuentes.
Este registro central tiene otros fines y distinta naturaleza. Es reservado, y s¨®lo tendr¨¢n acceso a ¨¦l los jueces, el ministerio fiscal y la polic¨ªa judicial en los casos concretos de investigaci¨®n que tengan encomendados, con lo que, en principio, se garantiza el derecho de intimidad de los incluidos. Sus fines son eminentemente operativos: dotar de la m¨¢xima eficacia a la orden de protecci¨®n inmediata e integral de las v¨ªctimas de la violencia dom¨¦stica, en vigor desde agosto pasado y a la que se han acogido desde entonces unas 7.000 mujeres.
Los datos, tanto los referidos al agresor (denuncias, procedimientos penales abiertos, condenas dictadas y medidas cautelares de seguridad) como a la v¨ªctima -medidas de protecci¨®n y situaci¨®n personal y familiar- constituir¨¢n una informaci¨®n cualificada para que los jueces decidan con rapidez y con el mayor acierto posible ante denuncias presentadas. Claro est¨¢ que para que este registro sea eficaz y no quede en un gesto electoralista del Gobierno habr¨¢ que garantizar la conexi¨®n inform¨¢tica de los juzgados y fiscal¨ªas de toda Espa?a. Es un reto vista la penuria de medios inform¨¢ticos que aqueja a la Administraci¨®n de justicia en este pa¨ªs, a la que hay que poner remedio con urgencia so pena de que medidas como ¨¦sta se queden en meras buenas intenciones sin efectividad real.
Hab¨ªa otras dos cuestiones delicadas que han sido resueltas con acierto: el acceso de la polic¨ªa a los datos y la cancelaci¨®n de sus anotaciones. Se evita el acceso aut¨®nomo e indiscriminado de la polic¨ªa a los datos registrales, que s¨®lo podr¨¢n ser consultados "para el desarrollo de las actuaciones que le est¨¦n encomendadas". Se establece la cancelaci¨®n inmediata de las anotaciones, bien por prescripci¨®n legal en el caso de las condenas, bien por archivo o sobreseimiento en el caso de las denuncias o procedimientos incoados. Tambi¨¦n es una garant¨ªa de legalidad que la Agencia de Protecci¨®n de Datos haya dado su visto bueno a este registro.
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