La Audiencia Nacional rechaza suspender la ejecuci¨®n del Plan Hidrol¨®gico Nacional
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional decidi¨® ayer no paralizar la ejecuci¨®n del Plan Hidrol¨®gico Nacional (PHN), tal y como le hab¨ªa solicitado la Generalitat de Catalu?a. El consejero de Medio Ambiente del Ejecutivo catal¨¢n, Salvador Mil¨¤, anunci¨® ayer la presentaci¨®n de un recurso contra esta decisi¨®n.
La resoluci¨®n de la Audiencia se?ala que "existe un inter¨¦s relevante en la no interrupci¨®n de las obras de infraestructura necesarias para la realizaci¨®n de las transferencias autorizadas por la ley del Plan Hidrol¨®gico Nacional" y precisa que "no cabe apreciar da?o o perjuicio en la ejecuci¨®n de esas obras de infraestructura", ni es posible estimar peligro en la demora.
La Audiencia no entra en el fondo de la cuesti¨®n, pero destaca que la Generalitat recurri¨® tres disposiciones diferentes, dos de ellas no relacionadas directamente con la cuesti¨®n planteada, y una de ellas -el real decreto 1664/1998- que ni siquiera es competencia de la Audiencia, sino del Tribunal Supremo. Adem¨¢s, destaca que el recurso no especifica a qu¨¦ resoluci¨®n de las impugnadas corresponden las vulneraciones que denuncia, si a todas, a una o a dos.
Los magistrados se?alan que de acuerdo con la jurisprudencia del Supremo, la apariencia de buen derecho debe revelar una legalidad o ilegalidad a primera vista, lo que no ocurre en este caso, y matiza que en todo caso, la apariencia de legalidad no est¨¢ de parte de los recurrentes.
La Generalitat hab¨ªa impugnado varios actos administrativos, en concreto, la resoluci¨®n del 13 de noviembre de 2003 de la Secretar¨ªa de Estado de Aguas y Costas de aprobaci¨®n del expediente de informaci¨®n p¨²blica y del proyecto de transferencias autorizadas por el art¨ªculo 13 del PHN; el real decreto 1664/ 1998, por el que se aprobaron los planes hidrol¨®gicos de cuenca hidrogr¨¢fica; y la orden de 13 de agosto de 1999 del Ministerio de Medio Ambiente, por la que se dio publicidad a las determinaciones normativas del Plan Hidrol¨®gico de Cuenca del Ebro.
La Generalitat apelaba a conceptos generales, como la "ruptura de todos los principios esenciales de la utilizaci¨®n racional de las aguas" o la "protecci¨®n del bien jur¨ªdico esencial, que es el Delta del Ebro", pero seg¨²n la Audiencia Nacional, "ni concreta y ni mucho menos acredita los perjuicios que le causa la ejecuci¨®n del acto impugnado, es decir, la realizaci¨®n de las obras de infraestructura necesarias (...) autorizadas por el art. 13 de la ley 10/2001, sino que m¨¢s bien se refiere en forma gen¨¦rica a los perjuicios que le puede causar el Plan Hidrol¨®gico Nacional en su conjunto".
Este es s¨®lo el primero de los m¨¢s de 30 recursos presentados por diversas corporaciones por este asunto que formulan alegaciones y fundamentaciones diferentes, por lo que no se descarta que alguno de ellos pueda ser estimado.
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