Los alimentos con transg¨¦nicos deben etiquetarse desde el lunes
La agencia alimentaria subraya que los productos autorizados son seguros para la salud
Todos los productores de la UE est¨¢n obligados a etiquetar a partir del lunes los alimentos que contengan alg¨²n ingrediente transg¨¦nico (o modificado gen¨¦ticamente). Los alimentos producidos antes de esa fecha, que no llevan la etiqueta, seguir¨¢n siendo v¨¢lidos hasta que caduquen. Si un ingrediente lleva menos del 0,9% de material transg¨¦nico quedar¨¢ exento de especificarlo en la etiqueta, siempre que se deba a una contaminaci¨®n accidental o "t¨¦cnicamente inevitable". Las autoridades subrayan que los transg¨¦nicos autorizados no suponen ning¨²n riesgo para la salud.
La nueva normativa afecta tanto a los alimentos de consumo humano como a los piensos y preparados para la alimentaci¨®n animal. Si un producto (por ejemplo, aceite de soja) est¨¢ elaborado a partir de cultivos transg¨¦nicos (en el mismo ejemplo, soja modificada gen¨¦ticamente), deber¨¢ especificar en su etiqueta "producto modificado gen¨¦ticamente". Si contiene un ingrediente transg¨¦nico (por ejemplo, el colorante de un refresco), har¨¢ expl¨ªcita su condici¨®n de "modificado gen¨¦ticamente" inmediatamente detr¨¢s del nombre del ingrediente, o bien en un asterisco al pie de la lista de ingredientes.
Las etiquetas no se basan en ning¨²n an¨¢lisis del producto final. Por ejemplo, un aceite de soja transg¨¦nica no contiene ninguna sustancia (ADN, prote¨ªnas) que pueda revelar su naturaleza transg¨¦nica. La ¨²nica forma de saberlo es obligar al fabricante a declarar qu¨¦ soja ha utilizado. Para ello, a su vez, el agricultor deber¨¢ declarar al fabricante qu¨¦ soja ha cultivado, y el productor de semillas deber¨¢ declararle al agricultor lo que le ha vendido. ?ste es el concepto de trazabilidad, que es el elemento esencial de la nueva normativa.
La trazabilidad es una obligaci¨®n de todos los eslabones de la cadena alimentaria. La normativa obliga a cada uno a recabar la informaci¨®n completa del eslab¨®n anterior, y a comunicarla al posterior actualizada con sus propias intervenciones. Todos ellos deber¨¢n conservar esa informaci¨®n durante cinco a?os, a disposici¨®n de la Agencia Espa?ola de Seguridad Alimentaria, que ser¨¢ la encargada de vigilar el cumplimiento de la normativa.
Los detalles de la nueva normativa son producto de una compleja negociaci¨®n con la industria alimentaria, y resultan complicados a veces. He aqu¨ª los principales:
- El l¨ªmite del 0,9%. No es un umbral de seguridad: los alimentos transg¨¦nicos autorizados en la UE son seguros a cualquier dosis. El l¨ªmite del 0,9% es fruto de una negociaci¨®n con los sectores productivos que aducen que no tienen forma de garantizar que su producto est¨¢ libre de transg¨¦nicos al 100%. A veces se debe a una peque?a contaminaci¨®n en las semillas o los cultivos, y otras veces a la utilizaci¨®n de un coadyuvante transg¨¦nico que se retira antes de finalizar el proceso, pero que deja trazas en el producto final.
- El l¨ªmite del 0,5%. Para los productos que a¨²n est¨¢n pendientes de autorizaci¨®n, el l¨ªmite para etiquetar se ha restringido a¨²n m¨¢s, hasta el 0,5%. Seg¨²n el jefe de gabinete de la Agencia Espa?ola de Seguridad Alimentaria, Jos¨¦ Ignacio Arranz, los legisladores europeos est¨¢n decididos a seguir recortando ese l¨ªmite (y el del 0,9%) progresivamente, a medida que los productores vayan afinando sus procedimientos para evitar las contaminaciones accidentales o "t¨¦cnicamente inevitables".
- La carne y la leche. Los alimentos llamados "de segunda generaci¨®n" quedan fuera de la obligaci¨®n de etiquetar. Por ejemplo, si una vaca ha sido alimentada con pienso de soja transg¨¦nica, ni su carne ni su leche deber¨¢n reconocerlo en la etiqueta (el pienso, sin embargo, s¨ª deber¨¢ ir etiquetado). La raz¨®n es que los componentes transg¨¦nicos del pienso no persisten en la carne y la leche del animal, y por tanto no llegan al consumidor final.
- Fermentos y adyuvantes. Si una barra de pan o un producto de pasteler¨ªa est¨¢ hecho con harina de alg¨²n cereal transg¨¦nico, deber¨¢ especificarlo en la etiqueta, l¨®gicamente. Pero si la harina es convencional y el fabricante ha utilizado una levadura transg¨¦nica, no figurar¨¢ en la etiqueta. Las levaduras, enzimas, fermentos o starters son similares a catalizadores: sustancias que facilitan o aceleran un proceso, pero que operan en ¨ªnfimas cantidades y no tienen una presencia sustancial en el producto final.
- Las bacterias del yogur. La leche se transforma en yogur gracias a las bacterias que le a?ade el fabricante. En ese sentido, las bacterias son similares a los fermentos o adyuvantes del apartado anterior. Pero las bacterias se multiplican r¨¢pidamente en la leche, y acaban constituyendo una fracci¨®n sustancial del peso del yogur. Adem¨¢s, muchas personas consumen yogur precisamente para ingerir esas bacterias, con la idea de que son beneficiosas para su flora intestinal. La normativa no especifica si el uso de bacterias transg¨¦nicas para hacer yogur debe obligar a declararlo en la etiqueta, pero Arranz interpreta que s¨ª debe. Otra cuesti¨®n que habr¨¢ que precisar es si esa obligaci¨®n se extiende a los llamados "yogures pasteurizados", que llegan al consumidor con las bacterias muertas (para facilitar su conservaci¨®n).
- Restaurantes. Los clientes de un restaurante no van a ver la etiqueta de lo que se comen. La nueva normativa no obliga a los locales a mostrar el etiquetado a sus comensales. La Agencia Espa?ola de Seguridad Alimentaria espera que los restaurantes vayan optando voluntariamente por facilitar esa informaci¨®n a sus clientes.
- Nuevas autorizaciones. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por European Food Safety Authority) ser¨¢ la encargada de autorizar todas las nuevas semillas transg¨¦nicas. Las agencias alimentarias de los pa¨ªses miembros velar¨¢n por el cumplimiento de la normativa de etiquetado.
NO SE ETIQUETAN |
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SE ETIQUETAN |
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CULTIVOS TRANSG?NICOS COMERCIALIZADOS EN LA UE PARA USO ALIMENTARIO |
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