El Supremo absuelve a Manglano y Calder¨®n de las escuchas ilegales del Cesid a Batasuna
El tribunal condena s¨®lo al agente que grab¨® las conversaciones
El Tribunal Supremo ha absuelto a los ex directores generales del Cesid Emilio Alonso Manglano y Javier Calder¨®n de los delitos de interceptaci¨®n ilegal de comunicaciones telef¨®nicas en la sede de Herri Batasuna (HB) en Vitoria, por el que fueron condenados a tres a?os de prisi¨®n. El Supremo explica que las condenas se dictaron sobre " conjeturas" de car¨¢cter "d¨¦bil e indeterminado" y no sobre verdaderos indicios delictivos. La sentencia mantiene la pena de dos a?os y seis meses para el agente del Cesid que grab¨® las conversaciones desde el piso superior a la sede de HB.
El 31 de marzo de 1998, varios militantes de la hoy ilegalizada Herri Batasuna denunciaron que al cambiar la centralita de la sede los t¨¦cnicos de Telef¨®nica detectaron una derivaci¨®n en los cables que iba hacia el piso superior del inmueble. Al registrarse dicho piso por orden judicial aparecieron aparatos de audio, video y filmaci¨®n, cintas v¨ªrgenes, etc¨¦tera, as¨ª como los cables de conexi¨®n a las l¨ªneas telef¨®nicas, de ordenadores y fax de la sede de HB.
La Audiencia de ?lava conden¨® a los agentes del Cesid Mario Cantero y Francisco Buj¨¢n a dos a?os y seis meses de prisi¨®n y a los ex directores generales del Cesid Emilio Alonso Manglano y Javier Calder¨®n Fern¨¢ndez a 3 a?os de prisi¨®n.
La sentencia de la Audiencia de ?lava conden¨® a Manglano y Calder¨®n por pertenecer a una "organizaci¨®n militar, claramente estructurada y jerarquizada", lo que les permiti¨® sustentar el "dominio funcional" sobre lo que hac¨ªan sus subordinados y la consiguiente calificaci¨®n de "coautores".
El Tribunal Supremo explica que eso es as¨ª cuando se trata de "organizaciones criminales" cuya estructura se encuentra al margen de la legalidad, pero en modo alguno puede afirmarse respecto al Centro Superior de Informaci¨®n de la Defensa (Cesid), que tuvo como misi¨®n esencial la defensa del Estado.
Sin prueba directa
Seg¨²n el Supremo, no existe prueba directa de que los dos ex directores del Cesid conociesen la interceptaci¨®n ilegal de las comunicaciones de la sede de HB, al no existir en la causa "declaraci¨®n ni documento alguno" que lo evidencien.
Al no haber prueba directa hay que acudir a los "indicios" apreciados por la Audiencia de ?lava, entre ellos el precio pagado por el piso desde el que se efectuaron las escuchas y el valor de los aparatos intervenidos, que al suponer un "importante coste" tuvo que ser aprobado por el organismo competente.
Para el Supremo, estos indicios no pasan de ser "conjeturas" d¨¦biles o poco s¨®lidas, ya que los 9 millones y medio de pesetas del piso y los dos millones de pesetas en las obras realizadas "no pueden considerarse especialmente llamativas" en la partida de los elevados gastos que debi¨® afrontar el Cesid. "Tampoco puede llamar la atenci¨®n el hecho de que se sometiese a observaci¨®n y vigilancia, en esa y otras sedes a HB, por las sospechas de que manten¨ªa contactos con la organizaci¨®n terrorista ETA, como ha sido declarado judicialmente con posterioridad".
El Supremo critica que la Audiencia considerase "l¨®gico" pensar que los sucesivos directores del Cesid fueron informados de ese operativo, cuando s¨®lo se acusa a dos de ellos y no a otros dos que hubo en un periodo intermedio. Tambi¨¦n rechaza que se tuviesen en cuenta para condenar a los directores del Cesid las declaraciones de jefes de la agrupaci¨®n operativa contra los que no se dirigi¨® el proceso, "produci¨¦ndose un salto dif¨ªcil de imaginar" entre las conductas de los agentes y la de los directores generales.
La sentencia absuelve al agente Francisco Buj¨¢n porque la ¨²nica prueba contra ¨¦l es una factura de seis a?os atr¨¢s de un microondas a nombre de su ex esposa, de la que no puede deducirse su participaci¨®n.
En cambio, mantiene la condena del agente Mario Cantero, que admiti¨® que resid¨ªa en el piso, era agente del Cesid y del que consta su acceso a las instalaciones de escucha.
"Operaci¨®n de espionaje"
La sentencia contiene un voto particular discrepante del magistrado Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez, que entiende que debieron desestimarse todos los recursos y confirmarse las penas a los dos ex directores del Cesid y al agente absueltos.
Seg¨²n Andr¨¦s Ib¨¢?ez , lo acontecido en la sede de HB fue "una operaci¨®n de espionaje" que implic¨® "una grave ruptura del marco constitucional y legal". "Un plan de esta clase, tan rigurosamente fuera de la ley y tan cargado de previsibles consecuencias jur¨ªdicas y pol¨ªticas, no pudo llevarse a cabo al margen de la direcci¨®n", razona el magistrado.
El magistrado disidente considera "desechable, por inveros¨ªmil", que una actuaci¨®n en la que se emplearon "amplios, costosos y sofisticados medios t¨¦cnicos y personales" y "al margen de los cauces reglados de funcionamiento", se hiciera "de espaldas al director".
Antes de la vista del recurso, la defensa de Manglano pidi¨® la abstenci¨®n de este magistrado por haber condenado con anterioridad al ex director del Cesid por otras escuchas efectuadas desde la sede central del organismo. Esa sentencia ha sido anulada recientemente por el Tribunal Constitucional.
Por otra parte, el abogado I?igo Santxo, que ha ejercido la representaci¨®n de HB en el proceso, calific¨® de "esc¨¢ndalo" la anulaci¨®n de la condena a Manglano y Calder¨®n. El abogado de HB dijo que la sentencia de la Audiencia de ?lava "fue impecable" y a?adi¨® que "haberle dado la vuelta desde el Tribunal Supremo s¨®lo ha hecho cerrar el c¨ªrculo a la impunidad del Estado".
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