El final de la asimetr¨ªa
Parece que por fin se abre camino la idea de que es necesario reformar la Constituci¨®n. La resistencia que el PP hab¨ªa venido ofreciendo a cualquier operaci¨®n de reforma bajo la presidencia de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar parece haber cedido en esta ¨²ltima semana. Si todav¨ªa en el debate de investidura de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero Mariano Rajoy le advirti¨® que no jugara a aprendiz de brujo y que no pusiera en marcha un proceso que no sab¨ªa como lo iba a poder cerrar, en esta semana, el portavoz del PP en el Senado, P¨ªo Garc¨ªa Escudero, aun manteniendo la posici¨®n de que la Constituci¨®n no debe ser reformada, ha admitido entrar en el debate y se ha manifestado dispuesto a "dejarse convencer". Casi inmediatamente despu¨¦s de la intervenci¨®n de su portavoz en el Senado, Mariano Rajoy ha pedido por escrito una entrevista al presidente del Gobierno con la finalidad de discutir sobre la reforma de la Constituci¨®n, de los estatutos de autonom¨ªa y de la financiaci¨®n auton¨®mica.
La reforma del Senado es una pieza central en la mejora del Estado social y democr¨¢tico de derecho
Es importante que se haya empezado a hablar de reforma constitucional y es importante que se haya empezado a hablar en el Senado, ya que a nadie se le oculta que la reforma de m¨¢s calado que se har¨¢ en la Constituci¨®n ser¨¢ la que afecte a la segunda C¨¢mara. Se trata, con diferencia, de la reforma m¨¢s importante de las cuatro que propuso Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero en el debate de investidura.
Para Andaluc¨ªa tiene especial transcendencia, ya que la reforma del Senado vendr¨¢ inexorablemente a consagrar la interpretaci¨®n de la Constituci¨®n que se impuso con el refer¨¦ndum del 28-F. Pol¨ªtica y constitucionalmente esto es lo que significa la reforma del Senado. Por eso las resistencias a la reforma del Senado no han sido ¨²nicamente las resistencias del PP, sino que ha habido tambi¨¦n otras resistencias soterradas.
La reforma del Senado supondr¨¢ poner fin constitucionalmente al debate sobre la simetr¨ªa/asimetr¨ªa del Estado auton¨®mico. Ese debate est¨¢ pol¨ªticamente resuelto tras los Pactos Auton¨®micos de 1981, la aprobaci¨®n de los estatutos de autonom¨ªa entre 1982 y 1983 con base en lo previsto en dichos Pactos y la ampliaci¨®n de las competencias de las comunidades aut¨®nomas del art¨ªculo 143 de la Constituci¨®n con base en lo previsto en los Pactos Auton¨®micos de 1992. Pol¨ªticamente ya no es posible dar marcha atr¨¢s al curso de la historia e intentar poner en marcha una interpretaci¨®n asim¨¦trica de la Constituci¨®n como la que intent¨® en Gobierno de UCD con los nacionalistas vascos y catalanes. Esa interpretaci¨®n qued¨® desahuciada el 28-F. Pero esa interpetaci¨®n no est¨¢ todav¨ªa constitucionalizada. Para que esto ocurra es completamente imprescindible la reforma del Senado.
Tal como est¨¢ constituido el Estado de las Autonom¨ªas, con 17 comunidades aut¨®nomas que tienen la misma naturaleza, la misma arquitectura constitucional, el mismo nivel competencial y el mismo sistema de finanaciaci¨®n, con la excepci¨®n de Pa¨ªs Vasco y Navarra, el Senado como C¨¢mara de representaci¨®n territorial ¨²nicamente podr¨¢ ser expresi¨®n de todas ellas como unidades sim¨¦tricas de descentralizaci¨®n pol¨ªtica del Estado. Cada una de las comunidades aut¨®nomas ser¨¢ consagrada constitucionalmente como una unidad de descentralizaci¨®n pol¨ªtica del Estado exactamente igual que las dem¨¢s.
La reforma del Senado supondr¨¢ el cierre constitucional del Estado de las Autonom¨ªas realmente existente y el cierre, como consecuencia de ello, del debate acerca de la simetr¨ªa/asimetr¨ªa, que es uno de los debates m¨¢s est¨¦riles al que peri¨®dicamente asistimos. Pol¨ªticamente Espa?a es asim¨¦trica. Catalu?a no es La Rioja y Andaluc¨ªa no es Galicia. Pero tampoco California es Arizona y Nueva York Montana. Claro que las unidades territoriales de un Estado pol¨ªticamente descentralizados son distintas. Cosa distinta es que su posici¨®n constitucional como unidad de descentralizaci¨®n pol¨ªtica del Estado lo sea. Esto es lo que resulta dif¨ªcil de admitir. Por eso no se pudo constitucionalizar la asimetr¨ªa en el proceso constituyente en 1978, aunque se dej¨® abierta la puerta a la misma. Y por eso, cuando se intent¨® poner en pr¨¢ctica una interpretaci¨®n asim¨¦trica de la Constituci¨®n por parte del Gobierno de UCD, dicha interpretaci¨®n fracas¨® a las primeras de cambio.
Pero el debate no estaba cerrado. Y no lo estaba porque la simetr¨ªa no est¨¢ constitucionalizada, es decir, no hab¨ªa sido objeto de una decisi¨®n expresa por parte del titular del poder constituyente. Esto es lo que ahora tiene que hacerse. La mayor¨ªa cualificada de ambas C¨¢maras, que al ir acompa?ada la reforma con la supresi¨®n de la discriminaci¨®n de la mujer en la sucesi¨®n de la Corona, tendr¨¢ que ser de dos tercios y la aprobaci¨®n posterior en refer¨¦ndum, pondr¨¢ fin de manera definitiva a un debate completamente est¨¦ril.
Esto es lo que constitucionalmente significa la reforma del Senado. Pero significa muchas cosas m¨¢s. Significar¨¢ poner fin a un Senado b¨¢sicamente provincial, que es un aut¨¦ntico esperpento desde un punto de vista representativo. Significar¨¢ disponer de una C¨¢mara que pueda tener la iniciativa en todas las materias relativas a las relaciones entre el Estado y las comunidades aut¨®nomas. Significar¨¢ poner fin al car¨¢cter colegislador del Senado, que ha sido fuente de m¨²ltiples disfuncionalidades en el proceso legislativo en la ¨²ltima legislatura. La reforma del Senado es una pieza central en el perfeccionamiento del Estado social y democr¨¢tico de derecho. Esperemos que se alcance el consenso necesario y que esta legislatura acabe con el broche de oro que supondr¨ªa la renovaci¨®n de la voluntad constituyente del pueblo espa?ol.
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