Bargall¨® anuncia que el Gobierno aprobar¨¢ el proyecto de ley del 'conseller en cap'
El Consell Executiu dar¨¢ luz verde al texto sobre las atribuciones del 'n¨²mero dos'
El Consell Executiu de la Generalitat aprobar¨¢ el pr¨®ximo martes el proyecto de ley del conseller en cap, que regula esta figura dentro del organigrama institucional catal¨¢n, seg¨²n explic¨® ayer quien actualmente ejerce el cargo, Josep Bargall¨®. Por parte del Gobierno existen dudas sobre si se debe incluir en el texto la atribuci¨®n de sustituir al presidente en la sesiones de control de los plenos del Parlament. Fuentes de la Generalitat afirmaron que el Gobierno deber¨¢ pronunciarse ma?ana sobre la inclusi¨®n de esta atribuci¨®n entre el proyecto.
La ley del conseller en cap consolidar¨¢ las actuales funciones que corresponden al cargo y aumentar¨¢ ligeramente sus atribuciones como n¨²mero dos del Gobierno de la Generalitat, en especial las de sustituci¨®n del presidente en determinados casos, adem¨¢s de garantizar su preeminencia jer¨¢rquica respecto a los otros consejeros, informa Efe. En su reuni¨®n de ma?ana martes, el Consell Executiu aprobar¨¢ este proyecto de ley, que regula por primera vez de forma espec¨ªfica esta figura, ya que hasta ahora ejerc¨ªa sus funciones ¨²nicamente por delegaci¨®n del presidente. La nueva ley, que el Gobierno espera que pueda entrar en vigor el pr¨®ximo oto?o despu¨¦s de ser debatida y aprobada por el Parlament, establece la figura del conseller en cap como potestativa, es decir, que el presidente podr¨¢ nombrarlo cuando forme el Ejecutivo, lo que deja abierta para el futuro la posibilidad de otras estructuras alternativas, como la de un gobierno con vicepresidentes.
De acuerdo con el texto, ser¨¢ el conseller en cap quien asuma la presidencia de la Generalitat interinamente en los casos especiales de "fallecimiento o incapacidad sobrevenida" del presidente, mientras se desarrolle el proceso de convocatoria y celebraci¨®n de nuevas elecciones. Esta cuesti¨®n representa una novedad en la tradici¨®n jur¨ªdica catalana, porque en el actual Estatuto dejaba abierta la posibilidad de que en estos casos de interinidad asumiese el control del Gobierno (poder ejecutivo) el presidente del Parlament (poder legislativo).
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