El muro es ilegal, lo ratifica la Corte
La verdad es que desde el comienzo de la construcci¨®n del muro las personas y organizaciones vinculadas a la lucha palestina lo hemos sostenido, pero esta vez quien lo ratifica es el tribunal m¨¢s alto del sistema de Naciones Unidas: la Corte Internacional de Justicia.
La Corte Internacional de Justicia ha zanjado el debate sobre la ilegalidad del muro. El proceso jur¨ªdico y diplom¨¢tico empez¨® en octubre con una resoluci¨®n de la Asamblea General de Naciones Unidas, continu¨® con el informe del secretario general sobre el impacto del muro y tom¨® rumbo con la solicitud por parte de la Asamblea General a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), de una opini¨®n consultiva sobre las consecuencias legales de la construcci¨®n del muro. Israel desconoci¨® desde el principio la jurisdicci¨®n de la CIJ y aleg¨® que el muro era un asunto pol¨ªtico entre dos partes y que era en una negociaci¨®n bilateral donde deb¨ªa analizarse.
En febrero pasado tuvo lugar la audiencia p¨²blica en la que los argumentos jur¨ªdicos pesaron m¨¢s que la presi¨®n pol¨ªtica. D¨ªas antes, Israel y su incondicional aliado, Estados Unidos, hab¨ªan conseguido que la Uni¨®n Europea se sumara al boicot contra la ICJ.
Ahora, 9 de julio, la Corte hace p¨²blica su opini¨®n consultiva de la cual se concluyen varias cosas. La primera a resaltar es la ratificaci¨®n de la plena jurisdicci¨®n de la ICJ para examinar el muro, pues, como dice la opini¨®n consultiva, el asunto del muro no es un problema interno, sino que es algo que trasciende e implica a la comunidad internacional. Y el segundo es que el muro es ilegal y que sus consecuencias afectan los derechos del pueblo palestino a la libre movilizaci¨®n, la propiedad, la salud, el trabajo, entre otros.
La opini¨®n consultiva expresamente renuncia a las palabras "barrera" y "valla" para precisar que la naturaleza del hecho en discusi¨®n es el de un muro. Los posibles argumentos jur¨ªdicos de la leg¨ªtima defensa y del estado de necesidad presentados usualmente por Israel, a juicio de la CIJ son alegatos insuficientes e incorrectos. La Corte no ve ninguna puesta en riesgo del proceso de paz por estudiar el muro; no comparte el criterio de que un asunto pol¨ªtico no tenga repercusiones jur¨ªdicas; y explica que en el caso de una opini¨®n consultiva no importa que los Estados involucrados acepten o no la competencia de la Corte.
Pero la CIJ va m¨¢s all¨¢ y ratifica pr¨¢cticamente las posturas palestinas del debate jur¨ªdico sobre el conflicto y la ocupaci¨®n. Por ejemplo, precisa la aplicaci¨®n indiscutible de los Convenios de Ginebra y de los tratados de derechos humanos por parte de Israel en los territorios ocupados, contrario a la argumentaci¨®n israel¨ª; recuerda la ilegalidad de las pretensiones israel¨ªes de controlar y apropiarse de Jerusal¨¦n; reivindica el derecho de los palestinos de acceder a sus lugares sagrados; defiende el derecho de autodeterminaci¨®n del pueblo palestino; y repite lo ya dicho hasta la saciedad sobre la ilegalidad de los asentamientos jud¨ªos en territorio palestino.
Por ¨²ltimo, la CIJ ratifica otro elemento jur¨ªdico que ven¨ªamos planteando: el respeto al derecho internacional en el caso palestino no s¨®lo depende de Israel, sino que, ante la continua violaci¨®n por ¨¦ste de las normas, adem¨¢s es un asunto de la comunidad internacional y de Naciones Unidas.
La Corte concluye -no sentencia, porque una opini¨®n consultiva no tiene tal poder, pero en el terreno pol¨ªtico ¨¦sta pesa y mucho- la necesidad de la demolici¨®n del muro, de restituci¨®n de las propiedades y de una apropiada compensaci¨®n a las personas afectadas como consecuencia de la construcci¨®n del muro. Estas compensaciones deben ir tan lejos como sea posible y deben incluir la totalidad de los da?os.
Queda claro pues que la CIJ s¨ª pod¨ªa examinar la naturaleza jur¨ªdica del muro, que el muro es contrario al derecho internacional, que Israel debe detener su construcci¨®n y demoler los tramos ya existentes, que Israel debe reparar todos los da?os hechos, que los Estados no pueden de ninguna manera reconocer o avalar tal ilegalidad (esta conclusi¨®n textual de la CIJ parecer¨ªa dirigida claramente a los Estados Unidos) y llama, expl¨ªcitamente, a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad para que consideren otras acciones que se requieran para poner fin a la situaci¨®n ilegal.
Ahora, con la opini¨®n consultiva en la mano y el derecho internacional en la otra, la comunidad internacional tiene que decidir si apuesta por los principios de los que tanto presume o abandona, nuevamente, al pueblo palestino.
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