Educaci¨®n y disciplina para j¨®venes inadaptados
Es verano tambi¨¦n en los centros de menores de r¨¦gimen cerrado. Desde que la Ley del Menor de 2000 elev¨® la edad penal a los 18 a?os y sac¨® de las c¨¢rceles a los mayores de 16, en estos reformatorios viven los adolescentes de 14 a 18 a?os -los menores de 14 no tienen responsabilidad penal en nuestro sistema judicial- que han cometido delitos con violencia o intimidaci¨®n, o poniendo en grave riesgo la vida o integridad de personas.
Peri¨®dicamente llegan noticias alarmantes sobre la violencia que se da en estos centros, menores reincidentes que cometen asesinatos espantosos o fugas masivas. Hasta la aprobaci¨®n del reglamento de la Ley del Menor por el Consejo de Ministros el pasado 30 de julio, las comunidades aut¨®nomas, gestoras de los centros de internamiento de menores, regulaban su vida "dando palos de ciego", "con el sentido com¨²n", y "en coordinaci¨®n con los jueces y fiscales", seg¨²n los responsables de los servicios auton¨®micos de menores.
Justicia: "Cinco a?os de internamiento para los menores con delitos muy graves es un tiempo excesivamente benevolente"
Todas las comunidades aut¨®nomas se quejan de la falta de financiaci¨®n que sufren para aplicar la Ley del Menor
El nuevo reglamento limita las medidas que se pueden aplicar a los menores en los reformatorios
La nueva norma ha venido a establecer aspectos tan variados de la vida de los internos en los centros como los traslados, qui¨¦n da los permisos de salida, con qu¨¦ castigos se les puede sancionar o cu¨¢les son las medidas de contenci¨®n que se aplicar¨¢n a los que crean conflictos graves para la convivencia. En el Ministerio de Justicia afirman que "estas reglas ayudar¨¢n a mejorar la seguridad en los centros y, sobre todo, unifican y aclaran la normativa dispersa".
Pero, ?quienes son los menores que viven en estos centros?, ?cu¨¢nto tiempo pueden pasar en ellos y cu¨¢l es el fin de su estancia all¨ª? La delincuencia juvenil en Espa?a es un fen¨®meno complejo. Esta es la radiograf¨ªa de su situaci¨®n.
- Delitos m¨¢s comunes. A pesar de la alarma que crean determinados cr¨ªmenes graves que cometen los menores, en general, los delitos juveniles m¨¢s habituales son de estructura simple. La ¨²ltima memoria de la Fiscal¨ªa General del Estado referida a 2002 describe el panorama de las tendencias delincuenciales de los j¨®venes espa?oles. Los delitos m¨¢s frecuentes son los robos con fuerza (16.424) seguidos de las lesiones (14.993) y los robos con violencia o intimidaci¨®n (8.217). El hurto (7.241) y el robo y hurto de uso de veh¨ªculo (7.038) y los da?os (6.042) ocupan los siguientes puestos de la estad¨ªstica.
El perfil del joven delincuente -obtenido a partir de los registros estad¨ªsticos policiales del a?o 2002- es el de un var¨®n (90,6%), espa?ol (79%), que en un 6,5% declara consumir sustancias estupefacientes. El 30% de ellos cuenta con antecedentes, el 35,4% es analfabeto o s¨®lo sabe leer y escribir y el 64% vive en el domicilio familiar.
Los expertos en criminolog¨ªa detectan en estos delincuentes un af¨¢n de protagonismo, baja autoestima, inadaptaci¨®n y frustraci¨®n. Son chicos agresivos, impulsivos y con poco equilibrio emocional. El ambiente en el que han crecido es el de una familia desestructurada de clase baja. Adem¨¢s sufren fracaso escolar y falta de habilidades sociales.
- Medidas en vez de penas. En esta parte tan delicada del Derecho Penal no se habla de penas o condenas. Los jueces especializados imponen "medidas" a los menores delincuentes. La medida es un concepto jur¨ªdico que, como explica Mat¨ªas Segundo, director general de Familia de la comunidad de Castilla- La Mancha, "pone el acento en los aspectos educativos y de reinserci¨®n, individuales para cada menor".
El informe de la Fiscal¨ªa da cuenta de las medidas que m¨¢s imponen los jueces de menores para la reforma de ¨¦stos. La m¨¢s extendida es la de fijar un periodo de libertad vigilada (5.540), seguida por la de prestaciones en beneficio de la comunidad (3.336). La libertad vigilada se define en la ley como "la supervisi¨®n a cargo de personal especializado, con el fin de que el menor adquiera las habilidades, capacidades y actitudes necesarias para su desarrollo personal".
La Ley contempla hasta 14 tipos de medidas incluyendo las citadas. Otras son la simple amonestaci¨®n del juez al menor, o la conciliaci¨®n -previo acuerdo con la v¨ªctima del delito leve- que permite al infractor no sufrir un proceso judicial si resarce satisfactoriamente el da?o que ha causado.
La medida m¨¢s extrema contempla cinco a?os de internamiento en r¨¦gimen cerrado m¨¢s otros cinco de libertad vigilada para aquellos menores que cometen delitos de extrema gravedad. En todo caso, la Ley del Menor recoge el internamiento s¨®lo como medida excepcional, cuando se estima que no cabe otra para la reforma del chico. As¨ª, seg¨²n la Fiscal¨ªa, la medida menos aplicada por los jueces fue el internamiento terap¨¦utico, aplicado a menores con problemas ps¨ªquicos (482). Los internamientos en r¨¦gimen cerrado afectaron a m¨¢s de mil adolescentes (1.081).
- Tipos de centros. En los centros cerrados, equipos formados por pedagogos, trabajadores sociales, psic¨®logos, maestros y otros t¨¦cnicos especialistas en adolescencia intentan enderezar la conducta de los menores. Se trata, afirma Segundo, de "implicar a los chavales en los trabajos del centro; que no sean elementos pasivos. Con los menores hay que alejarse del modelo punitivo, penitenciario".
Pero no s¨®lo existen centros de esta clase para tratar a los menores que delinquen. Las medidas pueden consistir en que la chica o el chico acuda a un lugar a cumplir determinadas tareas y planes de inserci¨®n, regresando a dormir a sus casas. O al rev¨¦s, que pase las noches en un centro.
- Delitos brutales. Uno de los cambios que el Gobierno quiere realizar en la Ley del Menor durante la legislatura en curso es la modificaci¨®n de las medidas para responder a los "delitos especialmente brutales" cometidos por menores. En el Ministerio de Justicia entienden que los cinco a?os de internamiento previstos hoy para estos casos es un "tiempo bajo, excesivamente benevolente con las expectativas de reparaci¨®n de las v¨ªctimas".
La "alarma social" ante los delitos m¨¢s graves, tuvo una respuesta "precipitada" por parte del anterior Gobierno que, seg¨²n el ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, "estuvo legislando a golpe de telediario". Si el C¨®digo Penal fue reformado en cuatro ocasiones en 2003, la Ley del Menor no se qued¨® atr¨¢s en enmiendas, siendo modificada en otras tantas ocasiones desde su aprobaci¨®n en 2000. En Justicia anuncian que la reforma se har¨¢ esta vez "de modo reposado, con reflexi¨®n".
- Ciclos de crecimiento r¨¢pidos. Luis Benvenuty, gerente del Centro de Rehabilitaci¨®n Social Bah¨ªa de C¨¢diz, en El Puerto de Santa Mar¨ªa, explica que las medidas no son asimilables a las penas de c¨¢rcel en su duraci¨®n: "Los ciclos de crecimiento y cambio del menor son mucho m¨¢s r¨¢pidos que los de los adultos. En un centro se puede hacer m¨¢s con ellos y por ellos que en una prisi¨®n". Benvenuty cree que los medios de comunicaci¨®n solo se hacen eco de "lo malo", pero no los ¨¦xitos que los reformatorios consiguen con muchos menores. En el que ¨¦l gestiona, de chicas en r¨¦gimen cerrado, dependiente de la Fundaci¨®n Tutelar Afanas y la Junta de Andaluc¨ªa, vive una chica interna por "un delito de gravedad" que "est¨¢ integrada, trabajando, con muchas posibilidades de reinserci¨®n; si estuviera en una c¨¢rcel la destrozar¨ªan; ahora tiene 19 a?os".
Y es que, como estima Mar Ar¨¦valo, directora general de Protecci¨®n al Menor y la Familia de Canarias, con seis centros de internamiento a su cargo, "la gente se queda siempre con lo m¨¢s llamativo". Ar¨¦valo relata el periplo ideal de un chaval tras su encontronazo con la ley: "Supone un ¨¦xito enorme cuando el menor pasa de un r¨¦gimen cerrado a otro semiabierto al vencer sus h¨¢bitos adquiridos; de ah¨ª va a la escuela, al taller, saliendo un chico activo y recuperado para la sociedad".
- Planes individualizados. La Ley Org¨¢nica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, la Ley del Menor, fue largamente esperada por los expertos en infancia hasta su aprobaci¨®n en 2000. La ley, "una revoluci¨®n" seg¨²n los expertos, impuso una serie de principios b¨¢sicos a la respuesta que el Estado ha de dar a los hechos delictivos protagonizados por menores y una regulaci¨®n prolija de todo el procedimiento judicial.
A partir de esta norma, los jueces y fiscales especializados y las comunidades aut¨®nomas son los responsables de la reforma y protecci¨®n de los menores. Entre todos dise?an planes individualizados de ejecuci¨®n de la medida que implican un amplio rango de tareas educativas, de cooperaci¨®n en las faenas de los centros y en los talleres de inserci¨®n laboral. Pero para la aplicaci¨®n completa de esta norma, para conseguir sus fines, hab¨ªa muchos aspectos del funcionamiento interno de los centros y de aplicaci¨®n de las medidas que la ley dejaba a un posterior desarrollo reglamentario.
- El nuevo reglamento. "Al no dictar el reglamento, el Gobierno del PP fue dejando que la ley se fuera pudriendo, que perdiera fuelle y prestigio", asegura L¨®pez Aguilar. El reglamento era esperado "como agua de mayo" asegura el jefe de servicio de Atenci¨®n a la Infancia, Adolescencia y Familia de Cantabria, Javier D¨¢vila. El director gerente del Instituto del Menor y la Familia de la Comunidad de Madrid, Juan Jos¨¦ Garc¨ªa, cree en cambio que el Ministerio "ha confundido lo urgente con lo importante" al aprobar el reglamento con la premura que lo ha hecho, en vez de reformar la ley.
La nueva norma regula aspectos muy diversos de la convivencia en los centros, por ejemplo, el derecho de los menores al contacto ¨ªntimo con sus parejas "siempre que la relaci¨®n quede acreditada y cuando no hayan disfrutado de permisos de salida en un mes (art¨ªculo 40.8). Se contempla tambi¨¦n la posibilidad de los menores de tener un trabajo remunerado (art¨ªculo 53). "El trabajo es fundamental en el proceso de reinserci¨®n social", seg¨²n Benvenuty.
El texto enumera las medidas de contenci¨®n que se pueden emplear con los menores: "Contenci¨®n f¨ªsica personal, defensas de goma, sujeci¨®n mec¨¢nica y aislamiento provisional" (art¨ªculo 55). Est¨¢ prohibida toda contenci¨®n con menores gestantes y hasta los seis meses del parto.
El reglamento fija el procedimiento que debe seguir la polic¨ªa para detener a un menor: "En la forma que menos le perjudique". El chico declarar¨¢ delante de sus padres y todas las circunstancias de la detenci¨®n constar¨¢n en un libro especial (art¨ªculo 3).
- Burocracia y garant¨ªas. Los fiscales de menores, los encargados no s¨®lo de proteger el inter¨¦s del menor sino tambi¨¦n de impulsar judicialmente los procesos contra ellos se duelen de "la carencia de medios y el garantismo y burocratizaci¨®n del procedimiento" en vigor. D¨¢vila asegura que los controles burocr¨¢ticos son continuos: "Se tienen que hacer demasiados informes porque en algunas cosas la ley y el reglamento copian procedimientos de la Ley General Penitenciaria". En este sentido Garc¨ªa advierte de una contradicci¨®n de base que percibe en la Ley del Menor: "No aplicamos el derecho penal a los menores pero s¨ª el sistema de garant¨ªas de este derecho lo cual no casa con los proyectos socioeducativos individualizados de reinserci¨®n que deben ser diferentes en cada caso, lo que es una virtud de la ley".
- M¨¢s de 200 euros al d¨ªa. En conseguir la rehabilitaci¨®n de los menores delincuentes trabajan cientos de personas en todo el pa¨ªs con un coste alto para las comunidades aut¨®nomas. D¨¢vila afirma que con cada reforma "el Estado no para de adjudicar competencias a las comunidades en esta materia sin proporcionar la financiaci¨®n adecuada para llevarlas a cabo".
En Galicia, Cantabria y C¨¢diz, la ejecuci¨®n de las medidas sobre los menores cuesta m¨¢s de 200 euros al d¨ªa por plaza tan s¨®lo en los centros cerrados. La atenci¨®n de estos chavales en Canarias, roza los 250 euros al d¨ªa. En Castilla - La Mancha, la Direcci¨®n General de la Familia se ha gastado 20 millones desde 2001 en la aplicaci¨®n de la ley, "de los que el Estado s¨®lo ha aportado 600.000", asegura Segundo.
S¨®lo en 2003, Galicia gast¨® 9,3 millones para cumplir con la Ley del Menor, cantidad de la que el Estado "di¨® el 2,4%", se lamenta Santiago Gonz¨¢lez, subdirector general de menores de la Xunta de Galicia. En uno de los dos centros abiertos en la comunidad gallega, 14 educadores, un psic¨®logo, un trabajador social y un m¨¦dico atienden a 15 chavales.
El gasto es a¨²n mayor en Madrid. Garc¨ªa hace sus c¨¢lculos: "Hay que multiplicar 300 euros al d¨ªa por 260 plazas de internamiento. Y la atenci¨®n y medidas de seguridad de los adolescentes internados por delitos relacionados con la kale borroka
[actos de vandalismo conectados con el terrorismo de ETA en el Pa¨ªs Vasco y Navarra] cuestan 390 euros diarios por chaval". En 2007 la aplicaci¨®n de la ley costar¨¢ a Madrid "unos 120 millones".
Con el fin de reducir alg¨²n d¨ªa estos presupuestos Garc¨ªa propone gastar m¨¢s en prevenci¨®n: "Si no se ataja el fracaso escolar y la falta de valores sociales no habr¨¢ nada que hacer; hay un gran vac¨ªo legislativo sobre la patria potestad".
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