La gran coartada
Replican los autores a distintas consideraciones hechas por representantes judiciales al empleo del euskera en la Administraci¨®n de Justicia.
Sendos recientes art¨ªculos de prensa del vocal del CGPJ Juan Pablo Gonz¨¢lez titulado "El euskara es una coartada" y del juez decano de Bilbao en representaci¨®n de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), Alfonso Gonz¨¢lez-Guija, titulado "?Es el euskara una coartada?" nos obliga a un somero comentario sobre las afirmaciones de estos representantes de la APM, asociaci¨®n cuya ideolog¨ªa conservadora y estrechamente ligada a las posiciones de un determinado partido recientemente relevado del poder es por dem¨¢s obvia.
Coartada y euskara constituyen el nexo por el que ambos despliegan un aut¨¦ntico juicio de intenciones para desembocar en la acusaci¨®n de un deplorable contubernio: ni m¨¢s ni menos que el requisito del conocimiento de la lengua vasca es una nueva "coartada" para configurar un Poder Judicial vasco, tal como "con gran agudeza vislumbra el vocal Gonz¨¢lez", dicho sea en ditir¨¢mbica, pero sintom¨¢tica (vislumbrar no es afirmaci¨®n de certeza) apreciaci¨®n del juez decano.
Referirse a la traducci¨®n como soluci¨®n supone la quiebra de principios constitucionales
Juicio de intenciones al que tambi¨¦n se le puede dar la vuelta y deducir que ningunear el requisito del euskara encubre la gran coartada de unos magistrados enquistados, a trav¨¦s de su mayor¨ªa, en el ¨®rgano de gobierno del Poder Judicial y que se amparan en el principio de unidad jurisdiccional para disponer de la amplia gama de beneficios, nombramientos,... propias de la centralizaci¨®n del poder. Tanto uno como otro juicio de intenciones pueden ser v¨¢lidos o carecer de fundamento, pero al menos el segundo nos puede parecer m¨¢s consistente.
Hora es de plantear, ya que estamos de interrogantes, una sustancial pregunta: hasta cu¨¢ndo va a funcionar para asuntos judiciales vascos en el CGPJ un vocal como Juan Pablo Gonz¨¢lez, en constante y dura confrontaci¨®n con las autoridades representativas del autogobierno vasco; con ninguneo, no menos perseverante, de sus se?as de identidad (idioma, derecho propio,...) y respondiendo siempre a l¨ªneas leg¨ªtimas, aunque discutibles, propias de una determinada concepci¨®n pol¨ªtica netamente conservadora. Los tiempos, afortunadamente, han cambiado, aunque desgraciadamente no en todos los ¨¢mbitos institucionales.
Entrando en el fondo de la cuesti¨®n y partiendo de cierta confusi¨®n en los asertos judiciales tras la enunciaci¨®n de la "unidad jurisdiccional", puesto que una cosa es "justicia" como jurisdicci¨®n, otra cosa es la "justicia" como poder y otra la "justicia" como administraci¨®n p¨²blica al servicio de la jurisdicci¨®n (la administraci¨®n de la Administraci¨®n de Justicia en expresi¨®n de L¨®pez Aguilar); aunque no se especifique de forma clara pensamos que los representantes de la APM confunden la "jurisdicci¨®n" y al "poder" en tanto poder judicial. En todo caso, ah¨ª est¨¢n las realidades sumamente descentralizadas existentes en los pa¨ªses punta de tono federal con relaci¨®n al poder judicial (EEUU, Alemania, Suiza,...)
?Cu¨¢l es la actual situaci¨®n del Poder Judicial con relaci¨®n a la cooficialidad ling¨¹¨ªstica? En t¨¦rminos generales se han destacado sus deficiencias; as¨ª, el director de un curso organizado por el propio CGPJ titulado La Administraci¨®n de Justicia en un Estado pluriling¨¹e (Madrid, 1999), el catedr¨¢tico I. Agirreazkuenaga, resaltaba el panorama desolador en este espacio, "puesto que la Administraci¨®n de Justicia se mantiene tras m¨¢s de veinte a?os de cooficialidad ling¨¹¨ªstica en un estado de inercia monoling¨¹e en las comunidades aut¨®nomas biling¨¹es". M¨¢s afirmaciones estrictamente oficiales: el propio CGPJ en su Libro Blanco sobre la Justicia, se?alaba que "la Administraci¨®n de Justicia ha permanecido como un reducto aislado poco permeable a la utilizaci¨®n de las lenguas oficiales distintas del castellano". Dicho sea con alcance general, puesto que para la Comunidad Aut¨®noma del Pa¨ªs Vasco, el panorama de la cooficialidad ling¨¹¨ªstica, es simplemente pavoroso. Referirse a la traducci¨®n como soluci¨®n supone, adem¨¢s de una no soluci¨®n, la quiebra de principios constitucionales como los de oralidad e inmediaci¨®n procesal.
Y no es que falten componentes normativos al respecto desde la Constituci¨®n, pasando por el Estatuto de Autonom¨ªa o la legislaci¨®n ordinaria, y transcurriendo por la tan desconocida y ratificada por el Reino de Espa?a, Carta Europea de lenguas regionales o minoritarias (?su expresivo art¨ªculo 7?!) para desembocar en la doctrina del Constitucional que hace primar los derechos ling¨¹¨ªsticos de los ciudadanos sobre los supuestos derechos de los funcionarios. Sin que la reciente reforma 19/2003 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, haya supuesto un paso adelante en esta cuesti¨®n.
Estamos ante determinadas "inercias" inmovilistas que adem¨¢s de no aplicar la legalidad, se esconden en "coartadas" para seguir haci¨¦ndolo, pese a encomiables conductas individuales que se esfuerzan para salir del pozo. Pocas palabras m¨¢s pertinentes que las del premiado Pr¨ªncipe de Asturias, el f¨ªsico Pedro Miguel Etxenike al declarar recientemente: "Cuando en la comunidad aut¨®noma vasca se dice que para ser juez hay que saber Derecho, hay que responder que por supuesto que para ser m¨¦dico hay que saber medicina... y a?adir que para servir a la comunidad biling¨¹e es muy conveniente ser biling¨¹e. ?ste es el modo de hacer del servicio a la comunidad biling¨¹e una realidad efectiva y de adecuarse al esp¨ªritu de concordia de la ley del Euskara, que supongo conocen los que por saber Derecho imparten justicia".
Sin embargo, en el discurso de los miembros de la APM existe un concepto del juez y de la propia justicia que estimamos preocupante. Preocupaci¨®n no tanto por lo que expresan, sino por lo que no dicen. ?Qui¨¦n puede oponerse a las caracter¨ªsticas del "juez constitucional" (profesional, cualificado, pol¨ªticamente descomprometido, independiente y sometido ¨²nicamente al imperio de la ley) por m¨¢s que la realidad nos altere demasiadas veces el modelo? Y, sin embargo, olvidan los mencionados jueces que un dato tan fundamental como que la justicia emana del pueblo (art¨ªculo 117.1 de la Constituci¨®n), que estamos ante un servicio p¨²blico prestado a la colectividad y que el conocimiento de la lengua propia -sea al nivel que sea ese conocimiento- as¨ª como del Derecho foral y auton¨®mico, no s¨®lo est¨¢ recogido como m¨¦rito en la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, sino en la doctrina del Tribunal Constitucional. Desconocer las imbricaciones de un servicio p¨²blico como es la justicia significa alentar una concepci¨®n elitista y rancia de la misma. ?Qu¨¦ significado puede darse a meter en el mismo saco -tal como hace el juez decano para justificar el "absurdo" de conocer el euskara- a notarios, registradores, abogados o procuradores? Adem¨¢s de la difuminaci¨®n del servicio p¨²blico ante la alusi¨®n a determinados profesionales privados, es claro que el ciudadano puede elegir entre el notario, registrador, abogado o procurador (y si desea ser atendido en euskara, no tiene m¨¢s que escoger al profesional que lo hable), pero no hay jueces a la carta en el Reino de Espa?a.
Por todo ello, quienes firmamos este escrito, miembros a nuestra vez del servicio p¨²blico de la docencia e investigaci¨®n, exigimos de una vez por todas y sin m¨¢s premuras, que la justicia, la jurisdicci¨®n y el poder judicial se sumen a los valores del pluralismo en todas sus expresiones, que adecuen sus estructuras y funcionamiento a la real cooficialidad ling¨¹¨ªstica, que conozcan el Derecho del territorio en donde van a prestar su funci¨®n y, finalmente, que sirvan sin reservas a los principios propios de un Estado social y democr¨¢tico de Derecho.
Jos¨¦ Manuel Castells, Jon Gurutz Olaskoaga, Baleren Bakaikoa, Luis Bandres y Pedro Ibarra son profesores de la UPV. Junto a ellos suscriben este articulo otros 70 profesores y catedr¨¢ticos de la UPV.
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