El Poder Judicial prev¨¦ sancionar con un a?o de suspensi¨®n a Ruiz Polanco por desatenci¨®n
El descuido en la instrucci¨®n de casos de terrorismo le excluir¨¢ de la Audiencia Naciona l
La comisi¨®n disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) propuso ayer al pleno del ¨®rgano de gobierno de los jueces sancionar al magistrado Guillermo Ruiz Polanco con un a?o de suspensi¨®n, como autor de una falta muy grave de "desatenci¨®n" en el ejercicio de sus competencias al frente del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de la Audiencia Nacional, que origin¨® la excarcelaci¨®n de un supuesto etarra. Si el pleno del CGPJ del pr¨®ximo mi¨¦rcoles acepta la propuesta, Ruiz Polanco perder¨¢ su actual destino en la Audiencia Nacional.
La propuesta de la comisi¨®n disciplinaria se tom¨® con los votos de cuatro de sus cinco miembros, inmediatamente despu¨¦s del cambio en su composici¨®n.
Tanto los dos vocales propuestos por el PP -Enrique M¨ªguez y Carlos R¨ªos- como las dos designadas en su d¨ªa a iniciativa del PSOE -Montserrat Comas y ?ngeles Garc¨ªa- decidieron proponer una sanci¨®n de un a?o de suspensi¨®n, a pesar de que el instructor del expediente, el magistrado del Supremo ?ngel Juanes Peces, limita su propuesta a siete meses de suspensi¨®n.
S¨®lo el vocal designado por consenso del PP y del PSOE, Agust¨ªn Azparren, apoy¨® la propuesta de siete meses de suspensi¨®n, formulada por el instructor. Frente a ese criterio, Comas argument¨® que la comisi¨®n disciplinaria del ¨®rgano de gobierno de los jueces est¨¢ en mejor situaci¨®n que el instructor del expediente para evaluar la gravedad de la conducta judicial sancionable y la importancia de la sanci¨®n a imponer.
Una sanci¨®n y varios hechos
En todo caso, hubo acuerdo un¨¢nime sobre la propuesta del instructor de imponer una ¨²nica sanci¨®n por falta muy grave para castigar los diferentes hechos que figuran en el expediente disciplinario. La falta muy grave es la descrita en el art¨ªculo 417.9 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial como "la desatenci¨®n o el retraso injustificado y reiterado en la iniciaci¨®n, tramitaci¨®n o resoluci¨®n de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales".
La primera conducta de Ruiz Polanco que dio lugar a la apertura del expediente fue la que origin¨® la excarcelaci¨®n del supuesto etarra Ibai Ayensa, acusado del asesinato de un subteniente del Ej¨¦rcito en 2000 y de un edil de Uni¨®n del Pueblo Navarro en 1998.
Para el 19 de febrero de 2004, a punto de cumplirse dos a?os de prisi¨®n provisional a la espera de juicio, estaba fijada la vistilla o comparecencia ante el juez del imputado, en la que el fiscal o el abogado podr¨ªan haber solicitado la pr¨®rroga de la prisi¨®n preventiva por un m¨¢ximo de otros dos a?os. Pero ese d¨ªa, Ruiz Polanco se ausent¨® para asistir en Pamplona a la toma de posesi¨®n de un magistrado amigo suyo -Juan Manuel Fern¨¢ndez Mart¨ªnez- como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. La nueva comparecencia se traslad¨® al 23 de febrero, pero ya era tarde: Ayensa fue excarcelado.
A partir de ese primer hecho, el CGPJ envi¨® la inspecci¨®n al Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 1 y comprob¨® otras irregularidades y retrasos, que han sido incorporados al expediente disciplinario contra Ruiz Polanco. Entre ellas, la inspecci¨®n constat¨® una tardanza de casi dos a?os en procesar a los integrantes del comando Urbasa de ETA y m¨¢s de un a?o en procesar a los miembros del comando Ekaitza.
Igualmente, la inspecci¨®n del CGPJ apreci¨® en el juzgado de Ruiz Polanco falta de control de las causas con preso para garantizar su tramitaci¨®n prioritaria y vigilar los plazos y l¨ªmites temporales de las situaciones de prisi¨®n provisional. Tambi¨¦n se constat¨® el retraso de casi seis meses para practicar una diligencia de prueba respecto a la grabaci¨®n de determinadas conversaciones supuestamente delictivas.
Ruiz Polanco pidi¨® que se archivara el expediente y aleg¨® que los retrasos eran atribuibles a los funcionarios del juzgado. Mostr¨® su extra?eza porque no se le hubiera preguntado por la "laboriosidad" de tales funcionarios y a?adi¨® que, de hab¨¦rsele inquirido sobre el particular, en alg¨²n caso sus respuestas pod¨ªan haber sido "muy ilustrativas". El magistrado expedientado se quej¨® de que no se hubiera tenido en cuenta que muchos de esos funcionarios eran interinos "sin ninguna cualificaci¨®n", as¨ª como de la falta de medios materiales.
P¨¦rdida de destino
Tanto si el pleno del CGPJ asume la propuesta de la comisi¨®n disciplinaria como si opta por la del instructor del expediente, por tratarse en ambos casos de suspensi¨®n por m¨¢s de seis meses, la aplicaci¨®n de la sanci¨®n llevar¨¢ consigo la p¨¦rdida de destino para el sancionado, es decir su exclusi¨®n de la Audiencia Nacional.
Ruiz Polanco fue suspendido en sus funciones jurisdiccionales por la comisi¨®n disciplinaria del CGPJ el pasado 15 de marzo, mientras se tramitaba el expediente disciplinario, por un periodo m¨¢ximo de seis meses. Precisamente por cumplirse los seis meses el pr¨®ximo 15 de septiembre, la comisi¨®n disciplinaria ha propuesto la sanci¨®n para el pleno del 8 de septiembre.
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