El TSJ niega a Maeso el cobro de los salarios desde que fue suspendido
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado la petici¨®n del anestesista Juan Maeso, procesado por el contagio masivo de la hepatitis C en cuatro hospitales de Valencia, de percibir, entre otras retribuciones, el 75% por ciento de su sueldo desde mayo de 2001. El fallo confirma una sentencia previa dictada por el Juzgado de lo Contencioso n¨²mero ocho de Valencia.
Juan Maeso fue suspendido provisionalmente de sus funciones en abril de 1998 despu¨¦s de que un auto de procesamiento le imputara diversos delitos de intento de homicidio. Fue suspendido de empleo y sueldo.
Maeso acudi¨® a los tribunales para reclamar el 75% de su salario, trienios, pagas extraordinarias y dem¨¢s complementos desde el 25 mayo de 2001. Entend¨ªa el anestesista que se le deb¨ªa aplicar la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, que prev¨¦ el pago de estas retribuciones, y no el Estatuto Jur¨ªdico del Personal M¨¦dico de la Seguridad Social que motiv¨® la suspensi¨®n. El fallo del TSJ recuerda a Maeso que entre 1998 y 2001 el anestesista no cuestion¨® el citado Estatuto, que permiti¨® que durante el periodo de suspensi¨®n provisional percibiese ¨ªntegramente sus retribuciones, a diferencia de cualquier funcionario p¨²blico. Y considera que no cabe comparar su situaci¨®n actual "con cualquier otra an¨¢loga de los funcionarios p¨²blicos".
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