?V¨ªctimas del urbanismo o club de intereses?
La ofensiva que hace meses protagonizan la asociaci¨®n Abusos Urban¨ªsticos No (AUN) y La Asociaci¨®n de Vecinos de Fabraquer (AVF) en contra de la LRAU y de la posibilidad de urbanizar unos terrenos en la partida de Fabraquer, en Sant Joan d'Alacant, est¨¢ alcanzando cotas que rayan en la temeridad, como la presentaci¨®n de una denuncia contra el alcalde por un supuesto acto delictivo relacionado con la pol¨ªtica salarial de los funcionarios, al no haber encontrado los denunciantes acto reprochable alguno en las decisiones administrativas adoptadas por el Ayuntamiento. ?Qu¨¦ pretenden en realidad estos grupos? ?Defenderse de abusos u obtener privilegios?
Sabemos que se han producido aplicaciones incorrectas de la LRAU, propiciadas por urbanizadores y permitidas por ayuntamientos que han producido da?os, (les reto a que demuestren un solo caso en Sant Joan). Podemos compartir algunas apreciaciones en relaci¨®n con la LRAU, como la necesidad de mejorar los procedimientos de informaci¨®n y notificaciones, especialmente a los extranjeros no residentes. Tambi¨¦n respecto a gastos no necesarios que a veces se ofrecen con cargo a los propietarios, o mejorar el derecho de realojo a los residentes cuyas viviendas queden afectadas. Pero el fin ¨²ltimo de AUN y AVF parece ir por otros derroteros, cual es: adquirir un estatus de "propietarios privilegiados e intocables".
Su insistencia en los argumentos victimistas parece haber seducido a algunas plumas de prestigio tanto en Alicante como en Valencia que dan p¨¢bulo, e incluso hacen suyas afirmaciones y frases que son simplemente falsas. Una de ellas es que representan a la mayor¨ªa, cuando la verdad es que durante la campa?a de recogida de firmas los meses de abril, mayo y junio apenas llegaron a 48 apoyos; de los cuales, s¨®lo 18 residen en Fabraquer entre los 209 censados y pertenecen a 13 propiedades de las 247 existentes. As¨ª pues, parece obvio que ni representan a la mayor¨ªa ni a la opini¨®n mayoritaria. Tampoco es verdad que el Ayuntamiento se niegue a reunirse con los afectados. Ninguna de estas asociaciones ha solicitado reuni¨®n alguna con el Ayuntamiento; sin embargo s¨ª se han celebrado, por iniciativa municipal, dos reuniones: los d¨ªas 29 de mayo, con AUN, a la que asisti¨® su vicepresidente, y el 17 de junio mediante convocatoria expresa del alcalde a todos aquellos que hab¨ªan presentado escritos de oposici¨®n al proyecto. A tal reuni¨®n asistieron todos los vecinos o propietarios de Fabraquer que se acercaron al Ayuntamiento. El presidente de la AVF, se?or N¨²?ez de Cela, se limit¨® a leer un art¨ªculo que publicar¨ªa la prensa al d¨ªa siguiente y a manifestar que no volver¨ªa a hablar con el Ayuntamiento.
Comentario aparte merece el informe de los eurodiputados enviados por la Comisi¨®n de Peticiones del Parlamento Europeo.Dicho informe hace un revoltijo entre agravios sufridos por algunos propietarios en aplicaci¨®n de la LRAU; acusaciones temerarias y, sobre todo, un ataque en toda regla a todo el derecho urban¨ªstico espa?ol desde hace siglo y medio. El mentado informe, elaborado a partir de la demanda de algunos grupos de propietarios, viene a recoger las quejas formuladas por estos y las imputaciones a la LRAU que manifestaron. Los comisionados europeos, ni contrastaron tales informaciones, ni se molestaron en requerir la opini¨®n de expertos en derecho urban¨ªstico espa?ol, ni tampoco en conocer la opini¨®n de aquellos entes p¨²blicos que, como el Ayuntamiento de Sant Joan, resultaban acusados. El resultado es una aseveraci¨®n acerca del desarrollo urban¨ªstico de la Comunidad Valenciana que causa sonrojo.
Pero este informe s¨ª apunta un claro objetivo: servir los intereses de los propietarios, ciudadanos extranjeros en su mayor parte, que, quiz¨¢s por ello, se consideran excluidos de las obligaciones que imponen las leyes de este pa¨ªs; los cuales aspiran a consolidar privilegios de "manos muertas", ocupando un territorio sin limitaci¨®n alguna y reteniendo el suelo en funci¨®n de su exclusivo inter¨¦s privado, pero que no dudar¨¢n en exigir a la Comunidad que les dote gratuitamente de los servicios y equipamientos que ellos no han contribuido a implantar.
El se?or Charles Svodoba, presidente de AUN, ha dejado suficientemente clara esta idea en el art¨ªculo publicado en EL PA?S el pasado 9 de septiembre, a partir de la cual, pretenden excluirse del cumplimiento de las obligaciones urban¨ªsticas que comporta el derecho a la propiedad en el marco jur¨ªdico espa?ol, que desde la Ley de Ensanche de1864 hasta nuestros d¨ªas, pasando por la Ley de Expropiaci¨®n Forzosa de 1879; Reglamento de Obras y Servicios y Bienes Municipales de 1924; Ley de Suelo de 1956 y la de 1975; la Constituci¨®n Espa?ola de 1978; as¨ª como las leyes que dimanan de ella, -como la LRAU- imponen unas condiciones al derecho a edificar, tales como ceder los terrenos para viales, equipamientos, zonas verdes y el pago de las obras de urbanizaci¨®n, as¨ª como la contribuci¨®n de parte de las plusval¨ªas obtenidas a la sociedad, contribuci¨®n ¨¦sta recogida ya en la citada Ley de Expropiaci¨®n Forzosa de 1879, y de una forma tan reciente como rotunda en la CE de 1978 en sus art¨ªculos 33.2 y 47, referidos respectivamente a la "funci¨®n social de la propiedad" y a la participaci¨®n de la sociedad en las plusval¨ªas urban¨ªsticas.
?C¨®mo cree el se?or Charles Svodoba que se obtienen los terrenos para construir calles, centros de salud, hospitales, centros escolares (incluidas la Escuela Europea de Alicante o el Liceo Franc¨¦s que se construye en El Campello), cementerios, parques y plazas p¨²blicas? ?C¨®mo cree que se obtienen estas dotaciones en sus pa¨ªses de origen? Debo recordarle que el principio de equidistribuci¨®n de cargas y beneficios que impera en el derecho urban¨ªstico espa?ol no es extra?o, en su finalidad, a los sistemas existentes en los pa¨ªses de nuestro entorno.
Cuando se desinforma de una manera tan descarada como lo ha hecho en el art¨ªculo citado anteriormente, cuando se alimenta el victimismo entre los propietarios porque han de cumplir con deberes urban¨ªsticos previstos en las leyes, tan elementales como el contribuir econ¨®micamente a las obras de urbanizaci¨®n que van a dotarles de servicios como agua potable, alcantarillado o alumbrado p¨²blico, se est¨¢ haciendo un flaco favor a las personas que siendo afectados por procesos urban¨ªsticos necesitan informaci¨®n veraz y no ser manipulados.
A pesar de toda la campa?a contra el derecho urban¨ªstico valenciano y espa?ol, y de las acusaciones vertidas contra las instituciones p¨²blicas, queda un dato incontrovertible: el Ayuntamiento de Sant Joan est¨¢ siendo escrupulosamente respetuoso con la legislaci¨®n urban¨ªstica vigente, interpret¨¢ndola y aplic¨¢ndola en el sentido que permita la mayor informaci¨®n y participaci¨®n p¨²blica de los afectados, y de los ciudadanos en general. As¨ª, en el expediente Fabraquer, el periodo legal de informaci¨®n p¨²blica de 20 d¨ªas se prolong¨® durante m¨¢s de 60. S¨®lo me queda esperar de aquellos que crean opini¨®n que procuren conocer la verdad de aquello de lo que opinan y hasta pontifican, no vaya a ser que con la encomiable intenci¨®n de defender a unos "propietarios desvalidos", contribuyan a hacer tabla rasa de los avances sociales que en nuestro derecho urban¨ªstico y en nuestra cultura se han ido consolidando con mucho esfuerzo a lo largo del tiempo.
Manuel Gim¨¦nez Albero es concejal de Urbanismo de Sant Joan d'Alacant
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